En mi factura de 01 de Septiembre de 2011 me aparece el mismo enunciado con cambio de tarifas y mención al mismo Real Decreto.
Contrato: Tarifa Profesional 9 Fin de Semana + Internet en el Móvil Plus + Correo
Móvil: Samsung Galaxy S
Fecha contrato: 15-07-2010
Compromiso de permanencia: 24 meses
Apoyo económico: 472 eur.
Esto es lo que dice la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones al respecto:
http://www.usuariosteleco.es/Derechos/TelefoniaMovil/Paginas/Altasybajas.aspx"Mi operador de telefonía móvil me ha informado por escrito de que van a cambiar algunas condiciones de mi contrato, ¿es legal?" Respuesta: Los operadores de los servicios de telecomunicaciones pueden proponer modificaciones en las condiciones contractuales notificándolo al abonado con un mes de antelación. Dichas modificaciones sólo caben si están expresamente previstas en el contrato de abono. En la misma comunicación se informará, además, del derecho del usuario a darse de baja de forma anticipada y sin penalización alguna si no está de acuerdo con las nuevas condiciones.
Encontrado en algunos foros:
Carta de reclamación a Movistar:
http://www.gsmspain.com/foros/hp499971_pp20_p1_Operadores-Movistar_Carta-reclamacion-MoviStar-VULNERACION-424-2005-Primera-via-oficial.htmlHe ganado a Movistar:
http://www.gsmspain.com/foros/h518317_Operadores-Movistar_ganado-Movistar-DEVUELVEN-IMPORTE-PENALIZACION-rescindir-contrato.htmlSegún a mi entender y por lógica:
1. Si me informan en mi propia factura es porque afecta a mi contrato.
2. El cambio unilateral se trata precisamente de Tarifas… de Mail Movistar en (roaming), que me afectan.
A tener en cuenta:
1. Los compromisos de permanencia y las penalizaciones sólo son válidas si se pactaron expresamente y el usuario recibió una contraprestación a cambio.
2. El importe de la penalización debe ser proporcional al valor del teléfono móvil o beneficio obtenido como contraprestación así como al tiempo que reste por cumplir del compromiso de permanencia.
3. Las penalizaciones no son exigibles cuando el motivo de la baja o cambio de operador es el incumplimiento de la compañía operadora.
4. En caso de controversia reclame al operador y/o presente la correspondiente reclamación ante las Juntas Arbitrales de Consumo.