Publicidad engañosa en The Phone House (Mi experiencia)

Buenas,

En primer lugar, perdón si no es el subforo apropiado. Quería comentar una cosa que me ha sucedido hoy en una tienda de "The phone house", si alguien se ha encontrado o se encuentra en la misma situación, quizá podamos hacer algo más de fuerza.

Llevo tiempo buscando un móvil con Windows Phone, a principios de Octubre mi chico me comentó que en TPH vendían el HTC Titan a 349.-€, ya que era una oferta del mes. Al final hoy, me he decidido y he ido a la tienda a llevar un par de móviles viejos que tenía por casa y comprar el HTC Titan.

Bien, me dicen lo que me ofrecen por los viejos, me piden el DNI para rellenar los datos, y me dicen que existe un error en el catálogo, y que en realidad el precio oferta es a 549.-€. Creo que se me ha quedado una cara de tonta increíble.

Le he comentado al chico que eso es publicidad engañosa, y que ellos están vinculados a lo que se publicita en su catálogo, limitándose a contestarme que tenían una fotocopia de fe de erratas en el mostrador, y que con ello ya el cliente se daba por enterado del error. Les he informado que las cosas no funcionan así, y que me dieran la hoja de reclamaciones, ya que existe una Ley de Consumo que incumplen. Al principio sólo me daban la hoja de reclamaciones interna de TPH, pero finalmente me han dado la de Consumo. Viendo que la rellenaba, han hecho una llamada a la central, ante lo cual se han limitado nuevamente a decir "me indican que como está puesto en el mostrador, se vende a 549.-€".

Así pues, he presentado la hoja de reclamaciones y la he llevado a Consumo. Es vergonzoso encontrar comportamientos así, ya que ellos siguen ofertando productos en su catálogo, no incluyen información de errores en el catálogo, y encima viendo la hoja de errores, observo que en el mes de octubre ya llevan 15 errores.

En fin... si alguien más se ha encontrado con esto en TPH ya dirá.
karatfur está baneado del subforo por "faltas de respeto continuadas"
Pues deberían echar a la calle los redactores, siempre que he ido a un phone house siempre hay una cutre fotocopia con lo de "fe de erratas"

Que manera más deleznable y ruin de traer clientes al centro.
Lo mejor es que la oferta salió el 1 de octubre y a día de hoy siguen dando catálogos con esa misma oferta :o
Pues sigue con la reclamación porque te lo tienen que dar a ese precio aunque lo pongan en tienda lo del error...A mi me pasó igual con un juego hace unos años y me lo dieron al precio erróneo a pesar de anunciarlo en tienda como error.Saludos!
Que sepas que pudiste haber llamado a la policía cuando te dieron la hoja de reclamaciones interna de la propia tienda. Eso lo hacen para reírse de la gente en su puta cara.
Pues nada, guarda el panfleto y to la pesca y espera que te digan algo los de consumo donde presentaste la reclamación... ellos viven de eso, ponen algo a 300, cuando vas con todas tus ganas te dicen que es error y que vale realmente 350 y tu que ya lo tenias planeado acabas cediendo y 50€ más que se llevan despues de haberte atraido por no irte de vacío..
Lo mejor que hiciste. Espero que te den ese movil a ese precio y que además les caiga un buen puro.
Has hecho bien, ya que era un fallo que no daba lugar a mala fe ni nada por el estilo, yo una vez tuve que reclamar en un comercio por lo mismo, me soltaron "lo hemos publicado esta mañana en el pais, asi que no tenemos porque venderlo al precio del catalogo", tras mucho discutir, porque se negaba a darme hoja de reclamaciones diciendome que sino compraba algo no podía reclamar... rellené una hoja interna para quejarme de la empleada que me trato con mucha borderia y prepotencia, una hoja de reclamaciones para pedir que me lo vendieran al precio ofertado, y otra hoja de reclamaciones para hacer saber que se negaban a dar hojas de reclamaciones a sus clientes...

En 2 semanas, tenía una carta en casa del comercio diciendo que me podia pasar a por el producto al precio de catalogo...
CrazyJapan escribió:Has hecho bien, ya que era un fallo que no daba lugar a mala fe ni nada por el estilo, yo una vez tuve que reclamar en un comercio por lo mismo, me soltaron "lo hemos publicado esta mañana en el pais, asi que no tenemos porque venderlo al precio del catalogo", tras mucho discutir, porque se negaba a darme hoja de reclamaciones diciendome que sino compraba algo no podía reclamar... rellené una hoja interna para quejarme de la empleada que me trato con mucha borderia y prepotencia, una hoja de reclamaciones para pedir que me lo vendieran al precio ofertado, y otra hoja de reclamaciones para hacer saber que se negaban a dar hojas de reclamaciones a sus clientes...

En 2 semanas, tenía una carta en casa del comercio diciendo que me podia pasar a por el producto al precio de catalogo...


En Madrid no lo se, pero en Catalunya esa práctica no solo es ilegal, si no que es una gilipollez. Actualmente se pueden presentar las reclamaciones telematicamente sin necesidad de haberla cumplimentado en el establecimiento.
Ya os contaré como va el tema... Mañana iré a otro TPH a ver...
No es por nada, pero si el establecimiento informa del error antes de que el consumidor entre en el establecimiento o en la entrada de este (o sea, un cartel CLARO y CONCISO en la puerta) me parece que no tiene nada que reclarmar ya que nadie te obliga a entrar si ya ves la correción. Otra cosa es que reclamaras porque la nota en el aparador es imposible de ver (demasiada publicidad y la errata queda escondida o algo así)

Es igual de válido que si volvieran a enviar la publicidad con el precio bien puesto informando que la publicidad anterior pasa a ser inválida, es una corrección previa a tu contacto con el "dependiente/cajero" así que no vas a conseguir nada.

Si os llegara la publicidad nueva a casa encontraríais normal ir a quejarse porque la primera no tenía bien el precio? Si no os parece normal tampoco lo es si hay una nota clara en el aparador.
Utilizando el catalogo con los precios erroneos te hacen ir al establecimiento que es de lo que se trata, unva vez ayi, aun que te informen del error, ya te han creado una necesida y unas expectativas que tal vez resolveras en la tienda, es una maniobra mas de marketing, apuesto a que todo estaba estudiado y hecho a conciencia.
Lo veo clarisimo.
Silent Bob escribió:No es por nada, pero si el establecimiento informa del error antes de que el consumidor entre en el establecimiento o en la entrada de este (o sea, un cartel CLARO y CONCISO en la puerta) me parece que no tiene nada que reclarmar ya que nadie te obliga a entrar si ya ves la correción. Otra cosa es que reclamaras porque la nota en el aparador es imposible de ver (demasiada publicidad y la errata queda escondida o algo así)

Es igual de válido que si volvieran a enviar la publicidad con el precio bien puesto informando que la publicidad anterior pasa a ser inválida, es una corrección previa a tu contacto con el "dependiente/cajero" así que no vas a conseguir nada.

Si os llegara la publicidad nueva a casa encontraríais normal ir a quejarse porque la primera no tenía bien el precio? Si no os parece normal tampoco lo es si hay una nota clara en el aparador.

Eso no es así, porque la chica igual ha pedido un tiempo en su trabajo para ir a esa tienda porque no tiene otra cercana, para comprar un móvil que necesita, y gastando tiempo y dinero.

La manera correcta de corregir algo así no se cual es, pero lo que no puedes es poner en un catálogo de Carrefour que vendes neveras a 200€ y luego, una vez has ido allí con la fragoneta, gastando tu tiempo (que no es gratis) y la gasolina, que te planten un cartel en la puerta de "ay, lo siento, es que me equivoqué"
También creo que deben retirar todos los catálogos erróneos ya que si desde el 1 de Octubre los siguen mandado con el error, solo para atraer el cliente a la tienda :S.

O sea yo puedo hacer varios catálogos donde digo que vendo ruedas a 1€ y una vez dentro del cartel con la de fe de erratas ya valen 200€ pero el catálogo lo sigo enviando con el error.
Silent Bob escribió:No es por nada, pero si el establecimiento informa del error antes de que el consumidor entre en el establecimiento o en la entrada de este (o sea, un cartel CLARO y CONCISO en la puerta) me parece que no tiene nada que reclarmar ya que nadie te obliga a entrar si ya ves la correción. Otra cosa es que reclamaras porque la nota en el aparador es imposible de ver (demasiada publicidad y la errata queda escondida o algo así)

Es igual de válido que si volvieran a enviar la publicidad con el precio bien puesto informando que la publicidad anterior pasa a ser inválida, es una corrección previa a tu contacto con el "dependiente/cajero" así que no vas a conseguir nada.

Si os llegara la publicidad nueva a casa encontraríais normal ir a quejarse porque la primera no tenía bien el precio? Si no os parece normal tampoco lo es si hay una nota clara en el aparador.


Pero es que el establecimiento en cuestión publicó ese catalogo el 1 de octubre y el martes lo seguía distribuyendo. Fuimos a la tienda, le enseñé el móvil y le gustó. Lo miramos en el catalogo y estaba a 349€. En el stand no marcaba precio así que ni se nos pasó por la cabeza pensar que eso era un "error tipográfico". Creo que 25 días es tiempo más que suficiente para retirar todos los catalogos posibles y remplazarlos por unos corregidos.

La ley es muy clara al respecto y no da la razón a las empresas que hacen este tipo de prácticas (muy típicas entre grandes cadenas).
Sensenick escribió:Eso no es así, porque la chica igual ha pedido un tiempo en su trabajo para ir a esa tienda porque no tiene otra cercana, para comprar un móvil que necesita, y gastando tiempo y dinero.

La manera correcta de corregir algo así no se cual es, pero lo que no puedes es poner en un catálogo de Carrefour que vendes neveras a 200€ y luego, una vez has ido allí con la fragoneta, gastando tu tiempo (que no es gratis) y la gasolina, que te planten un cartel en la puerta de "ay, lo siento, es que me equivoqué"

Esto es ley o es lo que tu crees que debería ser? Porque yo no he puesto lo que creo que debería ser, yo he puesto lo que me suena de haber leído en otros casos por el estilo.

Sintiéndolo mucho las opiniones que podamos tener nosotros, para este caso, sirven para una mierda, cosa que no quiere decir que tu opinión sea tan válida como lógica (es mas, yo estoy contigo, eso debería ser así, por "moralidad"). Pero tampoco puedes pretender que legalmente una publicidad sea causante de tus problemas de trabajo o de cabreos familiares...
Silent Bob escribió:Esto es ley o es lo que tu crees que debería ser? Porque yo no he puesto lo que creo que debería ser, yo he puesto lo que me suena de haber leído en otros casos por el estilo.

Sintiéndolo mucho las opiniones que podamos tener nosotros, para este caso, sirven para una mierda, cosa que no quiere decir que tu opinión sea tan válida como lógica (es mas, yo estoy contigo, eso debería ser así, por "moralidad"). Pero tampoco puedes pretender que legalmente una publicidad sea causante de tus problemas de trabajo o de cabreos familiares...


Ella es abogada, así que digo yo que sabrá de que habla... [+risas]
melkhior escribió:Ella es abogada, así que digo yo que sabrá de que habla... [+risas]


La verdad, o lo ha utilizado físicamente en un caso real o si habla de oidas me fio tanto como de cualquier otro forero. El "abogado" de mi trabajo dice que la línea contínua en las carreteras de 1 carril por banda es solo para coches, que él puede adelantar cuando quiera con la moto, que no se le aplica (y así le he visto hacerlo mas de una vez). Y también que siempre tienes que circular con las largas a no ser que alguien se te queje, que no debes ir con las de cruce "solamente porque puedas molestar al que hay delante", que eso es una gilipollez que me he inventado yo (sus lo juro, desde Zaragoza a San Sebastián lo tuve que aguantar con esa gilipollez todo el viaje nocturno, lo llego a saber y le meto un somnífero en la comida para que me dejara conducir a gusto, joder que pelmazo)

Y no es por faltar, que si, que es un caso único (joder si lo es XD), pero a falta de referencias... mejor ni me lo creo ni me lo dejo de creer, simplemente no me decanto por nada XD
Silent Bob escribió:
melkhior escribió:Ella es abogada, así que digo yo que sabrá de que habla... [+risas]


La verdad, o lo ha utilizado físicamente en un caso real o si habla de oidas me fio tanto como de cualquier otro forero. El "abogado" de mi trabajo dice que la línea contínua en las carreteras de 1 carril por banda es solo para coches, que él puede adelantar cuando quiera con la moto, que no se le aplica (y así le he visto hacerlo mas de una vez). Y también que siempre tienes que circular con las largas a no ser que alguien se te queje, que no debes ir con las de cruce "solamente porque puedas molestar al que hay delante", que eso es una gilipollez que me he inventado yo (sus lo juro, desde Zaragoza a San Sebastián lo tuve que aguantar con esa gilipollez todo el viaje nocturno, lo llego a saber y le meto un somnífero en la comida para que me dejara conducir a gusto, joder que pelmazo)

Y no es por faltar, que si, que es un caso único (joder si lo es XD), pero a falta de referencias... mejor ni me lo creo ni me lo dejo de creer, simplemente no me decanto por nada XD


El tio ese de tu trabajo es un imbécil. Deja que lo coja uno de los verdes, que verás como le ponen el ojete
fakemaria escribió:El tio ese de tu trabajo es un imbécil. Deja que lo coja uno de los verdes, que verás como le ponen el ojete

De eso no he dudado en ningún momento desde que lo conocí [buuuaaaa]
Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña (pongo la normativa catalana porque es la que tengo a mano y en este caso es la aplicable):
Artículo 123-7. Integración contractual de la oferta, la promoción y la publicidad.
1. La oferta, promoción y publicidad de los bienes o servicios debe ajustarse a su naturaleza, características, utilidad o finalidad y a las condiciones jurídicas o económicas de la contratación.
2. Las personas consumidoras pueden exigir el contenido de la oferta, promoción o publicidad, las prestaciones propias de cada bien o servicio, las condiciones jurídicas o económicas y las garantías ofrecidas, aunque no figuren expresamente en el contrato o en el documento o comprobante recibido. Estos aspectos deben tenerse en cuenta en la determinación del principio de conformidad con el contrato.
3. Los contratos con las personas consumidoras deben integrarse de acuerdo con el principio de la buena fe objetiva, incluso en el caso de omisión de la información precontractual relevante.

4. No obstante lo establecido por el apartado 3, si el contrato contiene cláusulas más beneficiosas para la persona consumidora, estas deben prevalecer sobre el contenido de la oferta, promoción o publicidad.


Artículo 126-1. Promoción, publicidad e información.
1. La promoción de los bienes y servicios destinados a las personas consumidoras debe ser concebida y llevada a cabo de modo que no pueda engañar o inducir a engaño sobre sus características o condiciones.
2. La publicidad debe hacerse de acuerdo con los principios de suficiencia, objetividad, veracidad y autenticidad, y no puede, sea cual sea el soporte utilizado, inducir a error o a falsas expectativas a sus destinatarios.
3. La información que figura en los envases, embalajes y etiquetas de los productos debe ser veraz y suficiente.


De momento, ya me han informado que pasa a la Agencia Catalana de Consumo (mail recibido esta mañana), ya que seguramente se acordará iniciar investigación por seguir teniendo a disposición del público los catálogos.

En cuanto a lo que comentabais, la "fe de erratas" a la que ellos hacen referencia, estaba en una punta del mostrador, no visible. Los catálogos estaban fuera de la tienda, y en la puerta no existía ninguna fe de erratas. Ayer aún estaban fuera, ya que fuimos a otro TPH a adquirir el terminal (con la consecuente hoja de reclamaciones tras insistir al comercial para que me diera la oficial) y seguía la oferta, y en esa la fe de erratas estaba totalmente escondida por panfletos. La cuestión está en que ellos están captando clientes con ofertas que salen en su catálogo, no se adjunta al catálogo la fe de erratas y es cuando vas a pagar que encuentras el "error". Y este mes, ya van 15 errores según su fe de erratas, y teniendo en cuenta que dicen que la fe de erratas es del día 14 de Octubre, yo me pregunto... ¿Y por qué con 15 errores no quitaron sus catálogos?

En fin... ya os iré informando.
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