2pac4ever escribió:Y yo me pregunto:
Si van a conducir como los mayores de edad, pero si cometen un delito contra la seguridad vial ¿les castigaran en base al Código Penal o según la Ley de Menores?
Salu2.
a un menor no le van a juzgar nunca como a un mayor, eso esta mas que claro, habria que cambiar un par de leyes organicas, cosa que no lo creo y menos para este caso.
Puyover escribió:Los que decís que qué ley se debería aplicar, si la del menor o el código penal directamente, me parece que va a ir por vía penal... pero pagando las consecuencias el acompañante.
Es decir, si confías en tu hijo como para dar prácticas de coche extra con tu propio coche y atropella él a un peatón o algo, las consecuencias te las llevas tu. Y lo veo lógico y normal, de esta forma me parece que pocos padres se van a arriesgar a que el hijo se la lié con el coche.
esto es una chorrada, la ley penal solo se aplica al responsable, no a su padre o hermano... otra cosa son los daños patrimoniales que si que los pagaria su tutor. solo faltaria que mi hijo mate a alguien y cumpla yo la condena

, solo pagaria la indemnizacion.
pd: es absurdo que se les considere menores en cuanto a ley penal, pero luego se les considere adultos para lo que les interesa, por mi haria como en estados unidos, un grupo de psicologos y tal, y segun lo que has hecho y tus caracteristicas, un codigo u otro... se iba a enterar el Cuco y toda esta peña... nada de internamientos absurdos que no sirven para nada en el 90% de los casos.