Una novación de hipoteca es simplemente una modificación de alguna o algunas de sus cláusulas, ya sea lo que tú pretendes (la carencia de capital), como la ampliación del plazo, cambio de los intereses, etc etc.
En tu caso, la inclusión de un periodo de carencia da capital, implica eso, que dejas de pagar al banco durante los meses que pactes la parte proporcional de tu cuota que afecta a la amortización, pero ojo, que sigues pagando intereses. Si hace muchos años que andas pagando, lo más normal es que ya pagues más amortización que intereses, pero convendría que lo consultaras antes, no sea que todo el coñazo te suponga descontar menos dinero del que crees.
El "precio" que cobra el Banco para esa operación, la comisión, vamos, depende de lo que pactaras en su día con ellos, pero lo normal es que te cobren un 0,5% o 1% del capital pendiente de amortizar. Lo que tú dices, vamos.
Pero lo que sí es seguro es que los gastos de notario y registro (que los hay) también tendrás que pagarlos de tu bolsillo. No sé el notario, pero en el Registro el precio depende de lo que te falte por pagar de la hipoteca, pero no suele ser mucho (trabajo en un Registro de la Propiedad).
Mi consejo es que si puedes evitarlo, no contrates una gestoría para llevar todo el papeleo, pues no es tan dificil y eso que te ahorras. Los pasos son:
1) Ir al banco, aportar los papeles que te digan y pactar las nuevas condiciones.
2) Firmar ante notario, junto con el banco, la escritura de novación. El importe del notario lo desconozco, pero no creo que suba mucho.
3) Con la escritura firmada ante notario, acudir a tu delegación de Hacienda correspondiente para liquidar el documento. Para las novaciones de hipoteca, el impuesto es cero, pero aún así en Hacienda te lo tienen que sellar porque si no, no se puede inscribir en el Registro.
4) Con la escritura firmada y liquidada ante Hacienda, llevarla al Registro.
Suerte!