Una duda sobre politica...

Alguien me comento, que cuando un ministro deja su cargo, bien sea por incompetencia o por cambio de partido o lo que sea, se queda su jornal vitalicio, osea hasta que palme o se jubile, si esto es cierto, ¿ que pasara de aqui a diez años? si un ministro cobra unos 60.000 euritos, y en cada legislacion cambian de 4 a 10 veces los ministros en unos 10 años no abra suficiente dinero como para pagar a todos ¿no?.... nose es algo que me esta rayando hace unos dias que tampoco se si es así exactamente.
AKOSSO escribió:Alguien me comento, que cuando un ministro deja su cargo, bien sea por incompetencia o por cambio de partido o lo que sea, se queda su jornal vitalicio, osea hasta que palme o se jubile, si esto es cierto, ¿ que pasara de aqui a diez años? si un ministro cobra unos 60.000 euritos, y en cada legislacion cambian de 4 a 10 veces los ministros en unos 10 años no abra suficiente dinero como para pagar a todos ¿no?.... nose es algo que me esta rayando hace unos dias que tampoco se si es así exactamente.



Un diputado tiene la MAXIMA pensión si esta al menos 8 años en las cortes,no necesita los 35 como el resto de españoles..si un ministro o vicepresidente deja su cargo sigue cobrando durante 3 años más,más el sueldo de diputado (o senador)....ten en cuenta que en eso todos los politicos se ponen de acuerdo,es su sueldo,y roban como quieren...
AKOSSO escribió:Alguien me comento, que cuando un ministro deja su cargo, bien sea por incompetencia o por cambio de partido o lo que sea, se queda su jornal vitalicio, osea hasta que palme o se jubile, si esto es cierto, ¿ que pasara de aqui a diez años? si un ministro cobra unos 60.000 euritos, y en cada legislacion cambian de 4 a 10 veces los ministros en unos 10 años no abra suficiente dinero como para pagar a todos ¿no?.... nose es algo que me esta rayando hace unos dias que tampoco se si es así exactamente.


Además de la paguita íntegra que se han asegurado como te comentan, en el caso de los cargos con incompatibilidades del Estado; punto 1 Artículo 1º de la Ley de Incompatibilidades:

1. A los efectos de esta Ley, se consideran altos cargos los miembros del
Gobierno y Secretarios de Estado y todos aquellos titulares de puestos de libre
designación por aquel que, por implicar especial confianza o responsabilidad,
sean clasificados por Ley como tales.
2. En cualquier caso se entenderán comprendidos en el número anterior los
siguientes:
a) Los Jefes de misión acreditados, con carácter de residentes, ante un Estado
extranjero u Organismo internacional.
b) Los Subsecretarios, Secretarios generales, Directores generales de los
Departamentos ministeriales y los equiparados a ellos.
c) Los miembros del Gabinete de la Presidencia del Gobierno y los Directores de
los Gabinetes de los Ministros y de los Secretarios de Estado.
d) Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, Gobernadores y
Subgobernadores civiles y Delegados del Gobierno en las islas y en Ceuta y
Melilla.
e) El Director general del ente público RTVE y el Presidente, Consejeros y
Secretario general del Consejo de Seguridad Nuclear.
f) Los Delegados del Gobierno en los entes mencionados en el apartado tercero de
este artículo, en los puertos autónomos, Confederaciones Hidrográficas,
Sociedades concesionarias de autopistas de peaje y COPLACO.
g) El Gobernador y Subgobernador del Banco de España, los Presidentes y
Directores generales del Instituto de Crédito Oficial y demás Entidades
oficiales de crédito.
h) El Presidente del Tribunal de Defensa de la Competencia.
i) Los Presidentes, Directores generalas y asimilados de las Entidades estatales
autónomas.
j) Los Presidentes y Directores generales de las Entidades gestoras y servicios
comunes de la Seguridad Social.

Pues ya dependiendo del tiempo en el que no puedan desarrollar actividades consideradas incompatibles con su ocupación anterior, hay que indemnizarlos. A todos ellos.
Y ya te imaginarás que no con poco.....
Pero ésto, sólo para cargos del Estado.
Además, cada Comunidad Autónoma, tiene sus propias leyes de incompatibilidades para sus propios cargos.

Lógico que cuando se votan este tipo de medidas, no haya partidos políticos. Sólo políticos.
-Yo de mayó quiedo cé aztronauta!
-Niño, de momento lo que eres es TONTO *colleja*

Y no quereis sumar al sueldo de un ministro los sueldos de hijos, hermanos, amigos, enchufes en general, que no estarían donde están de no conocer a un ministro.
Si estas en lo cierto. El trabajo del futuro es llegar a ser diputado o senador.
creo k ese sueldo solo lo cobra un politico.....vamos lo k nos deijo la de sociales xD
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