Duda laboral

A ver, expongo el caso.

Llevo cosa de un mes y medio trabajando como teleoperador en una empresa aqui en sevilla, el caso es que aunque el trabajo no esta tan mal (tampoco es ninguna maravilla) me resulta imposible compatibilizarlo con los estudios y quiero dejarlo cuanto antes. Mi problema es el siguiente:

A pesar de que en mi contrato no pone nada al respecto, algunos compañeros me han comentado que es obligatorio avisar con 15 dias de antelacion que se va a dejar de trabajar, esto tanto el trabajador como la empresa. Y la cosa es que yo quiero dejarlo casi que YA, y no estar 15 dias más.

Ya os digo, en mi contrato (que es de obra y servicio por si os ayuda) no pone nada de esos 15 dias, sin embargo en otro tipo de contratos que he tenido si ha estado reflejado.

Por lo tanto,¿que puedo hacer? lo dejo así sin mas un dia? ¿o me pueden meter un paquete por esto? ¿tengo por cojones que estar pringado 15 dias mas?

Pense en preguntar al del sindicato pero ufff.......tras conocerlo casi que es mi ultima opcion.

Muchas gracias por leer el toston y por vuestras respuestas. 1 saludo
Moradae escribió:Por lo tanto,¿que puedo hacer? lo dejo así sin mas un dia? ¿o me pueden meter un paquete por esto? ¿tengo por cojones que estar pringado 15 dias mas?

Que yo sepa, lo único que te pueden hacer es descontarte esos días del finiquito.
Creo que por ley si que debes dar los 15 días. Otra cosa es que hables con ellos y lleguéis a un acuerdo para poder irte ya. Igual no tienen sustituto y.....
Luego está la opción (la peor creo yo) de simplemente decirles que te vas, pero siempre te podrán putear...
Pienso que la mejor opción es hablar con ellos y explicarles tu caso Y si eso, pues exageras un poco. Que te han quedado todas...)
Pues si, la cosa es que me han quedado todas [buuuaaaa] y estoy terminando la carrera asi que......putada, pero bueno. Lo de comentarlo alli ufff......es una empresa conocida por la desconsideracion hacia el trabajador asi que.....casi que última opción.

Gente para sustituirme tendrán seguro, alli entra y sale gente casi que continuamente.

Otro compañero que croe que sabe bastante del tema me dijo lo mismo que wako, que lo único que ocurria es que me lo descontaban del finiquito, lo cual, no me importa.

Gracias por la ayuda.
Lo que pasa es que si no quieren, no tienen que darte los 15 días. Otra cosa es lo que te he comentado No van a ir a tu casa a sacarte de la cama y llevarte a currar. Normalmente se llega a ese acuerdo pq ellos saben que si pides el finiquito, esos 15 días no vas a currar, aunque estés en el lugar de trabajo.
Pues si gelete, puede que tengas razón y no me hagan currar esos 15 dias por narices, de todas formas si alguien pudiera "asegurarme" que legalmente lo puedo hacer, mejor.

Pero gracias por la información eh, lo más logico imagino que es llegar a un acuerdo.
Lo peor que se puede hacer es irse de un trabajo saliendo por la puerta de atrás. En el ámbito laboral SIEMPRE hay que quedar bien con la empresa. Que el futuro es muy largo y nunca se sabe qué puede pasar. imagínate tu que dentro de unos meses por el motivo que sea te interesa volver, o entrar en otro curro y te piden referencias, o se pone a currar un familiar tuyo.....
En fin que quedar bien no cuesta nada. ;)
GELETE, no es por nada, pero estás un poco perdido en este asunto, no hay ninguna obligación legal de currar esos quince días.

Moradae, como te ha dicho wako, si no haces a la empresa el preaviso de los quince días, pierdes el finiquito.
Además, no podrás cobrar el paro, aunque el desempleo que llevas acumulado no lo pierdes, sino que te lo guardan en el INEM hasta la siguiente vez qeu cumplas un contrato completo.

El finiquito no es otra cosa que el sueldo que llevas acumulado hasta el día de hoy pero que aún no has cobrado, es decir, la parte proporcional de la paga extra, lo correspondiente a los días de vacaciones que has generado a día de hoy y no has disfrutado, etc. Como estamos en febrero, tampoco será demasiado dinero aún.

El objetivo del preaviso con quince días de tiempo se establece para dar tiempo a la empresa a buscar un sustituto en el puesto y que la baja en el trabajo no sea traumática para la empresa. Exactamente igual ocurre al contrario: cuando es la empresa quien rompe el contrato, debe avisar al trabajador con un margen de mínimo quince días para que éste pueda buscarse otro trabajo.
Si alguno de los dos incumple este plazo, debe indemnizar al otro, en el caso de la empresa con unos baremos que hay establecidos y en el caso del trabajador (tu caso) con la pérdida de su finiquito, que queda en poder de la empresa.
katxan escribió:GMoradae, como te ha dicho wako, si no haces a la empresa el preaviso de los quince días, pierdes el finiquito.

Si alguno de los dos incumple este plazo, debe indemnizar al otro, en el caso de la empresa con unos baremos que hay establecidos y en el caso del trabajador (tu caso) con la pérdida de su finiquito, que queda en poder de la empresa.

Solo para puntualizar que eso no es cierto. Si no das el preaviso necesario, para realizar la baja voluntaria de la empresa, SIEMPRE TIENES DERECHO A COBRAR TU FINIQUITO, per has de saber que pueden descontarte los días de falta de preaviso.
El finiquito no lo pierdes casi NUNCA y tienes derecho a reclamarlo antes de que pase 1 año de tu salida de la empresa. A partir de ese año, lo perderías.
gandarin escribió:Solo para puntualizar que eso no es cierto. Si no das el preaviso necesario, para realizar la baja voluntaria de la empresa, SIEMPRE TIENES DERECHO A COBRAR TU FINIQUITO, per has de saber que pueden descontarte los días de falta de preaviso.
El finiquito no lo pierdes casi NUNCA y tienes derecho a reclamarlo antes de que pase 1 año de tu salida de la empresa. A partir de ese año, lo perderías.


Aunque no tengo ni idea del tema, y no es por tocar los webos, pero el Sr Katxan, ahí donde lo ves, es toda una autoridad eoliana en temas de trabajo y tal. X-D
Si no me equivoco, solo hay que dar los 15 dias, cuando llevas un año en la empresa y al contrario lo mismo. Si llevas menos tiempo tienes que dar la parte proporcional del tiempo que lleves, y si no los das te los pueden descontar del finiquito.
Depende de lo que diga el convenio, y en caso de acuerdo en este punto según costumbre, y no creo que sea muy dificil para la empresa demostrar que existe costumbre de avisar 15 días antes, en todo caso lo peor que puede pasar es que te descuenten del finiquito esos 15 días.
Retroakira escribió:
Aunque no tengo ni idea del tema, y no es por tocar los webos, pero el Sr Katxan, ahí donde lo ves, es toda una autoridad eoliana en temas de trabajo y tal. X-D


Pues gracias por la defensa, y además modestamente suele ser cierto, pero en este caso concreto ahora mismo gandarin me ha dejado con la duda.

En cualquier caso, voy a consultarlo para asegurarme, pero creo que sé a qué se debe la confusión. Seguramente ambos tenemos en parte razón y lo que ocurra sea que el dinero a descontar sea el correspondiente a esos quince días, pero se descuente habitualmente del total del finiquito, ya que el finiquito incluye entre otras cosas el sueldo de ese mes hasta el día en que abandona el puesto de trabajo (en caso de que no haya trabajado el mes completo), la parte correspondiente a las vacaciones no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extras aún no cobradas y la parte proporcional de pluses y pagas (como la bolsa de transporte, etc. que correspondan según convenio y que aún no hayan sido cobrados).

Bueno, lo miraré y ya pondré algo definitivo.
katxan escribió:GELETE, no es por nada, pero estás un poco perdido en este asunto, no hay ninguna obligación legal de currar esos quince días.


El problema de Moradae es saber si tiene o no tiene que trabajar esos 15 días. Y por lo menos en el convenio de mi sector (cerámica), SI se tiene obligacion de hacerlos, es más, si eres mando intermedio el plazo de aviso es de un mes (establecido en el convenio). Otra cosa es que la empresa por el motivo que sea, te diga que no hagas los 15 días (pagándote el 100% del finiquito), o que quieras hacer vacaciones en esos 15 días, o que, si cqambias de curro, el nuevo contrato sea antes de 15 días (y te descontarán lo que sea del finiquito). Así, Señores, es como se hace en mi sector. Y como los convenios sectoriales se hacen en virtud del artículo nosecuantos del estatuto de los trabajadores, se entiende que es obligación legal. Esto no lo digo yo, lo dice el convenio.
En resumidas cuentas Si se tiene la obligación de currar esos 15 días, pero tienes mil formas de evitar currarlos.
Ya os comento, en otros sectores no se como se hará, en el mío es así.

Pd. No voy perdido en este asunto, voy perdido por la vida.... [fumando] [fumando] [fumando]
Buenas, no he podido contestar hasta ahora que he llegado a casa.
Ayer en el trabajo consulté con un chaval que esta en el sindicato y me dijo que lo que tenia que hacer es ir y firmar "la baja voluntaria" por lo que no tengo que estar 15 dias más trabajando pero pierdo el finiquito. Eso es al menos lo que me dijo el tio este.

La verdad es que estoy un poco nervioso con el tema, ya que aun no me han ingresado la nomina de este mes y no quiero que por ir hoy a firmar la baja esta....se me pongan farrucos y no me paguen mañana, o me pongan alguna pega. Hoy es festivo en andalucia y supongo que por eso no he cobrado aun.......Pero no se no se....

Gracias sinceramente a todos por contestar.

Edito:Tambien como dato adicional decir que yo empecé a trabajar aqui el 22 de enero, por lo que con mes y algo trabajado....de finiquito poco supongo.

Edito2: Increible, acabo de hablar con la empresa y las opciones son:
1)trabajar por cojones 15 dias mas
2) me descuentan 15 dias de sueldo ya trabajados.

Alucinante, esto es legal? estoy informandome en paginas de sindicatos y tal y no veo nada de esto.
Bueno, pues finalmente es como decía gandarin y era yo el errado, te descuentan el equivalente a los días que no has preavisado, es decir, si avisas por ejemplo diez días antes de irte, te descuentan 5 días de sueldo, si avisas con 9 días de antelación, 6, etc. etc.

Esos descuentos los efectúan en el momento de liquidarte tu cuenta, es decir, cuando te pagan el finiquito, de ahí la confusión que había tenido yo y que es bastante corriente, por lo que he visto. Realmente no te quedas sin finiquito, sino que te descuentan los días que no has preavisado de esa cantidad, por lo que la misma variará bastante dependiendo de tu sueldo y de cuántos días del preaviso te hayas saltado.

Ahora sí, espero que haya quedado aclarado. También vuelvo a recordar que cuando es el trabajador quien rompe el contrato, no tiene derecho a cobrar el desempleo, aunque no lo pierde, sino que se le queda acumulado hasta la siguiente vez que cumpla un contrato completo, momento en el cual sí podrá acceder al paro que tuviera generado hasta entonces.
Katxan, y dado que es un trabajo al que no tengo intencion de volver, y por otro lado, me resulta imposible trabajar esos 15 dias....Estoy por dejarlo por las malas(que me despidan) se que es una mala opción por el hecho de no poder volver y por las referencias....pero al menos si "ellos" me despiden no me van a quitar los 15 dias de sueldo verdad??

Se que la culpa ha sido mia por no informarme bien en su momento...pero quiero llegar a una solucion que me perjudique lo menos posible

Gracias
Si firmas baja voluntaria no cobras paro, supongo que lo sabes.
lo se wako, gracias. No es esto una prioridad para mi ahora.
Yo no soy ninguna autoridad, pero creo que hay otra cosa más que se os ha escapado: los días de vacaciones que tengas acumulados.

Es decir, si por ejemplo llevas currando seis meses y tienes 15 días de vacaciones acumulados, tú llegas y dices "que mañana no vengo" y no pasa nada, cobras los días trabajados y ya está. Es como si esos días que te deben te los tomas a partir de mañana hasta los 15 días más que tenías de obligación con la empresa.

Al menos es así como yo lo tenía entendido, en mi empresa se hacía así, se tenían en cuenta los días de preaviso más los días de vacaciones y si sumaban 15 o más no debías nada a la empresa.
Gracias por la informacion, el problema es que solo llevo un mes y 7 dias de trabajo, asi que de vacaciones creo que me corresponde 1 dia o 2. Al final he decidido pasar, que me despidan, lo de cobrar el paro no me interesa y desde luego no tengo pensando volver a trabajar ahí.....será por trabajos basura.....
Salu2
Una pregunta de paso...

Si te vas el dia 4 de marzo por ejemplo avisando el dia 1 de marzo,
¿le debes 11 dias de trabajo a la empresa? ¿o de donde te lo descuentan?
dharma escribió:Una pregunta de paso...

Si te vas el dia 4 de marzo por ejemplo avisando el dia 1 de marzo,
¿le debes 11 dias de trabajo a la empresa? ¿o de donde te lo descuentan?

La única manera de irse, sin preavisar con los 15 días o un mes, en función de lo establecido en Convenio, es irse dentro del período de prueba. En ese caso, ninguna de las dos partes tiene la obligación de continuar con la relación laboral, pues ambas se están probando mutuamente.
En cuanto a tu pregunta, si ya has pasado el período de prueba, es como dices. Si tienes que dar un preaviso de 11 días y preavisas con 4 días de antelación, te penalizarán descontándote 11 días de tu salario. Te lo descuentan de tu liquidación final: salario pendiente + vacaciones + partes proporcionales de pagas - descuentos de irpf y seguridad social - falta de preaviso.
Por eso, nunca pierdes el finiquito. Otra cosa es que pueda salir en negativo, por ejemplo, porque te vayas el día 3 y hayas cobrado la nómina el día 1: en ese caso, puede salir negativo, como digo.
LadyStarlight escribió:Yo no soy ninguna autoridad, pero creo que hay otra cosa más que se os ha escapado: los días de vacaciones que tengas acumulados.

Es decir, si por ejemplo llevas currando seis meses y tienes 15 días de vacaciones acumulados, tú llegas y dices "que mañana no vengo" y no pasa nada, cobras los días trabajados y ya está. Es como si esos días que te deben te los tomas a partir de mañana hasta los 15 días más que tenías de obligación con la empresa.

Al menos es así como yo lo tenía entendido, en mi empresa se hacía así, se tenían en cuenta los días de preaviso más los días de vacaciones y si sumaban 15 o más no debías nada a la empresa.


Es que esto que dices es ni más ni menos que lo que ya se ha dicho: se ajusta lo que la empresa te debe (el finiquito, que no son solo las vacaciones no disfrutadas, y que te las debe pagar, sino más conceptos) a lo que tú le debes a la empresa por no preavisar a tiempo. Se hace la resta y lo que salga es lo que hay.
Si la empresa te debe a tí quince días de vacaciones y tú a ella quince días por pirarte sin avisar, evidentemente una cosa compensa la otra y la empresa te tendría que pagar el resto de conceptos (parte proporcional de pagas extras, pluses, bolsas y demás).


Moradae, si llevas currando poco más de un mes es probable que aún estés en periodo de prueba (pueden llegar a durar hasta 6 meses). Entérate en tu trabajo de este extremo, porque en tal caso, como ya te ha indicado Gandarin, estarías en tu perfecto derecho de dar el contrato por concluído sin tener que dar más explicaciones ni estar sujeto a las normas del preaviso.

cita de la web de un sindicato que me cae como el culo y que por tanto no pienso nombrar escribió:¿Qué es el periodo de prueba?





Es el tiempo concertado por el trabajador y el empresario durante el cual, cualquiera de ellos puede dar por finalizada la relación laboral sin preaviso, sin necesidad de alegar ninguna causa y sin derecho a indemnización.

Tiene como finalidad, en el caso del empresario, comprobar si el trabajador está o no capacitado para desarrollar el trabajo para el que ha sido contratado, y en el caso del trabajador, permite conocer las condiciones en las que se va a desarrollar su trabajo.

Si el trabajador ya ha desempeñado con anterioridad (en esa misma empresa) las mismas funciones para las que se le contrata nuevamente, se entenderá suprimido el periodo de prueba. También se considerará suprimido si no se establece expresamente este periodo en el contrato.

La duración máxima del periodo de prueba depende del convenio colectivo aplicable al sector o empresa concreta y de la categoría profesional del trabajador. Así, para los trabajadores contratados por su calidad de técnicos o titulados, se establecerá un plazo de prueba máximo de 6 meses y de 2 meses para el resto de los trabajadores. En las empresas de menos de 25 trabajadores, el periodo de prueba no podrá exceder de 3 meses para los que no sean técnicos o titulados. Aunque sí puede pactarse la supresión del periodo de prueba o el establecimiento de periodos inferiores a los fijados legalmente, sin embargo, no podrá establecerse en el contrato un periodo de prueba por tiempo superior a los establecidos en el convenio colectivo.


En cualquier caso, si no te encuentras ya en periodo de prueba, antes de empezar a hacer putadas a la empresa intentaría hablar con tu superior para buscar una salida a buenas y sin que tuvieras que costear esos días que no has avisado, si le explicas bien tu situación, muchas veces las empresas son comprensivas con esas cosas y siempre es mejor arreglar los problemas hablando que haciendo el cabrón (porque puestos a putearse, también cabe la posibilidad de que no te despidan y se dediquen a hacerte la vida imposible ellos a tí).
Mi periodo de prueba termino hace 8 dias.
El dinero de esos 15 dias si lo hiciese por las buenas me lo descontarian enviandome una nomina en negativo, con lo que contraeria una deuda con la empresa, que si no la pagase podria entrar en juicios e historias.

El tema de putear a la empresa no lo veo tan grave. 3 dias de faltas injustificadas=despido y adios muy buenas.

Ya intenté hablar con un superior y por las buenas no habia forma de irme YA sin que me quitaran 15 dias de salario, que encima de que pagan poco eso ya seria.... vamos.......la hostia....

Gracias por la ayuda! a ver si termina esto de una vez y me dejan en paz.
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