Sacar dinero desde una cuenta que no controlo mediante una domiciliacion bancaria

Buenas, os cuento:

Una persona de mi entorno que desapareció sin dejar rastro hace un tiempo dejó un par de cuentas con unos 1500€ cada una. Una está en Bankinter y otra en BBVA. Quiero disponer de ese dinero ya que de algun modo me pertenece, pero no sé como.

He pensado en domiciliar la cantidad que sea a esas cuentas, ya que cuando yo he pagado cosas por domiciliación me han pedido mi numero de cuenta y mis datos, nada mas.

El caso es que no tengo ni idea de cómo hacerlo, a ver si sabéis algo.

Saludos y gracias.
No es por nada pero lo que estas pensando en hacer roza bastante la ilegalidad, por no decir que pienso que es totalmente ilegal.
Si ese dinero esta en una cuenta en la q tu estas, con el DNI solo podrias sacarlo.

Si esa cuenta es d otra persona, sea d tu familia o qien sea, pero tu no estas en esa cuenta, no puedes sacarlo, si esa persona vive, le corresponde, y podria sacarlo cuando qisiera.
Eso, si mi memoria no se equivoca, se denomina "Apropiación Indebida", y, si sigo recordando bien, está penada hasta con la carcel.

Si se siguen los pasos apropiados, es posible recuperarlos legalmente mediante procedimientos jurídicos.

Si hicieses un cargo a dicha cuenta, sigo diciendote desde lo que recuerdo, además podrías ser acusado de un delito de ESTAFA, conque ten cuidado con lo que pienses hacer.

PD: De buen rollito, eh :-p
¿Done compraste los guantes?... los blancos, quiero decir xD
Vamos a ver...

Lo primero de todo, si he pensado en hacer esto seriamente es por que esa persona se marchó hace más de 10 años a un país que ni siquiera está en este continente, y no hemos tenido ninguna noticia de él en este tiempo. Puede que sea un acto ilegal, pero esta persona ya no va a tocar ese dinero en la vida (si es que aun la conserva). A los 20 años sin movimientos el banco tendrá derecho a quedarse con el dinero, y no quiero que esto pase. Ademas cada cierto tiempo llegan cartas con gastos de mantenimiento, que aunque sean simbólicos cada vez quitan más.

Gracias por vuestro interés.
TilT escribió:Vamos a ver...

Lo primero de todo, si he pensado en hacer esto seriamente es por que esa persona se marchó hace más de 10 años a un país que ni siquiera está en este continente, y no hemos tenido ninguna noticia de él en este tiempo. Puede que sea un acto ilegal, pero esta persona ya no va a tocar ese dinero en la vida (si es que aun la conserva). A los 20 años sin movimientos el banco tendrá derecho a quedarse con el dinero, y no quiero que esto pase. Ademas cada cierto tiempo llegan cartas con gastos de mantenimiento, que aunque sean simbólicos cada vez quitan más.

Gracias por vuestro interés.

si no quieres que el banco se quede con el dinero por eso que dices de los 20 años sin movimiento, cada 19 años ingresa un euro.

Para lo otro, yo de ti me pondria en contacto con un abogado a ver como puedes recuperar ese dinero si realmente tienes derecho a ello.
keo01 escribió:si no quieres que el banco se quede con el dinero por eso que dices de los 20 años sin movimiento, cada 19 años ingresa un euro.

Para lo otro, yo de ti me pondria en contacto con un abogado a ver como puedes recuperar ese dinero si realmente tienes derecho a ello.


Gracias por el consejo, tio.. pero no me serviría de nada mantenerlo si nunca en la eternidad va a poder ser usado, ¿entiendes?

Lo del abogado me lo he planteado seriamente, pero si hay algun método mas simple de recuperarlo que eso pues lo quiero intentar.
Pero sólo sabes el número de cuenta o sabes más cosas? Nombre del titular, Dni... Igual puedes pedir una tarjeta nueva o un duplicado y con esos datos sacar dinero... pero si sólo tienes la cuenta lo veo casi imposible.. Al menos hasta lo que sé..
Pero alguna noticia tendreis sobre su paradero no? esa persona tendrá DNI y cosas y podreis contactar con ella ... supongo vamos, xq si desapareció un buen día podria estar muerta, y si muere sus familiares tienen derecho a reclamar sus pertenencias.

Si no esta muerta y el dinero esta en esa cuenta pues es suyo... supongamos que esa persona es tu padre (supongamos) que un buen dia se piró a otro pais de otro continente y tiene en una cuenta a su nombre dinero que prometió daros algun dia cuando fueseis mayores de edad... habrá algun modo, mediante abogados o algo, de reclamarle ese dinero, pero de todos modos si esta en una cuenta a su nombre se supone que es suyo el dinero y lo que tiene contigo es un contrato verbal que no se hasta que punto puede tener validez...

Lo mejor es que te busques un abogado.

Salu2
TilT escribió:
Gracias por el consejo, tio.. pero no me serviría de nada mantenerlo si nunca en la eternidad va a poder ser usado, ¿entiendes?

Lo del abogado me lo he planteado seriamente, pero si hay algun método mas simple de recuperarlo que eso pues lo quiero intentar.


Pero es que es lo que te están diciendo.

SI NO QUIERES PROBLEMAS, hazlo legalmente, consulta a un abogado o a algún amigo abogado, o a alguien de tu banco.

SI QUIERES PROBLEMAS, hazlo de la forma que has pensado, búscate un amigo que tenga una tienda y haz un cargo, pero ya te comenté más arriba lo que te podría pasar LEGALMENTE y, lo mismo, si alguien te ayudase.

Y ojo, NO HABLO de que actue contra ti el titular de la cuenta, sino que puede actuar HASTA EL PROPIO BANCO.

Yo se ciertos modos de hacerlo, pero por lo que te he dicho anteriormente, no te los voy a decir, primero por que lo veo poco más que delictivo, y segundo, por que NO DOY CONSEJOS que ayuden a nadie a convertirse en un "delincuente" y tener ese cargo sobre mi conciencia.

Y, a aquellos que os pregunteis como se de esas cosas, os constesto de que trabajeis en un bufete de abogados siendo pasante, vereis como se aprende cosas, más inclusive que viendo CSI.

Saludos.

PD: A los 15 años, se puede iniciar el procedimiento administrativo para declarar a esa persona FALLECIDA, con lo cual, esas cuentas y demás pertenencias pasarán a poder de los familiares (PADRE/MADRE o HERMANOS/AS si los primeros hubieran o hubiesen fallecido).

Ahora bien, SI ESA PERSONA en algún momento de estos 15 años que se precisan RENUEVA SU DNI o hace constar su dirección actual EN ALGUNA EMBAJADA ESPAÑOLA, el expediente no se podría realizar, con lo que seguiría siendo el titular de esas cuentas.

Yo sólo te puedo aconsejar de que:

HAGAS LO QUE HAGAS, HAZLO LEGALMENTE...
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