Además hay una casa que llama vicios ocultos: aquellos (llámalos como quieras: desperfectos, defectos, roturas...) que no estén a la vista, los desconozcas y, de haberlos conocido, no habrías adquirido la casa o hubieras pagado menos por ella. da igual que el vendedor los conociese o no.
En todo caso: tienes derecho a rescindir el contrato o a que se te rebaje el precio. Si el tío lo sabía y no te lo dijo, en caso de que rescindas el contrato, tienes derecho, además, a una indemnización por daños y perjuicios. Tienes seis meses de plazo para hacer lo que sea.
Lo que pasa es que, para todo esto, lo ideal son fotos, un vídeo... pruebas de cualquier tipo antes de ponerte a reparar, además del testimonio de quien lo repare que dirá en qué estado estaba cuando llegó para hacerlo.
Yo casi siempre recomiendo hacerlo con un abogado, sobre todo si estamos hablando de bastante dinero, porque:
1- Siempre llevará mejor las cosas, de forma que aseguras no meter la gamba sin querer.
2- El vendedor, si cuando hables tú con él pasa de ti o te da largas, al ver un abogado sabrá que la cosa va en serio y es más probable arreglarlo "por las buenas".
3- Es posible tener que llegar a juicio, porque el que vende una casa con defectos sin decirlo lo hace con toda su mala baba; con lo que llegado ese punto lo necesitarías igual y mejor que lo haya llevado desde el principio (ver punto 1).
Si te planteas lo del abogado pero te da palo por las pelas, un abogado, por ir a hablar con él, no te va a cobrar. Y lo que puedes hacer es preguntarle cuánto te cobrará, así ves si te compensa o no. Y no quedas mal porque quien pregunta cuánto le cuesta algo, es porque piensa pagarlo: el que no va a pagar no pregunta, porque le da igual que sean 100 ó 100.000
Edito: este tostón lo tienes en los arts. 1485 y ss. del Código Civil.