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PeN escribió:Joder, yo me puse parabolica pasando d la comunidad, hay como 15 parabolicas en el terrado.. xD
Si la pones dentro de tu terraza (si tienes) no pueden decirte nada.
PeN escribió:Ningun vecino tiene satelite? :S
asthar escribió:posiblemente esto vaya en cineol , posiblemente.
ryoga escribió:UNA PREGUNTA.... eso de 6€ digital+ como es? la cuota? la inscripcion o que?
que yo recuerde antes era casi 30€ al mes....
(es un poco offtopic sorry)
jita escribió:
eso es la cuota de alta. la cuota mensual depende del pack q cojas.
eso si la oferta de 6 euros me dijeron q acababa ayer, nos e si sera verdad. yo aunk no me lo han montado me lo mantienen.
weno a ver si me llaman, si hay solucion bien sino parabolica a la terraza y punto.
ademas creoq recordar q por la parabolica no te cobran.
jita escribió:
eso es la cuota de alta. la cuota mensual depende del pack q cojas.
eso si la oferta de 6 euros me dijeron q acababa ayer, nos e si sera verdad. yo aunk no me lo han montado me lo mantienen.
weno a ver si me llaman, si hay solucion bien sino parabolica a la terraza y punto.
ademas creoq recordar q por la parabolica no te cobran.
katxan escribió:Naranjas de la China, si la antena se coloca en una zona comunitaria, debe tener el permiso de la comunidad (ley de la propiedad horizontal dixit). Y si se coloca en una zona privada (una ventana propia o parte de la fachada que coincide con tu vivienda), también si está visible, ya que rompe con la estética general del edificio. Ocurre lo mismo con la instalación de toldos o de aires acondicionados, necesitan la conformidad de la junta de vecinos.
Hay excepciones:
1. Que otro vecino ya haya solicitado permiso para poner exactamente lo mismo y se le haya concedido. En ese caso, ese permiso es extensible a todos los vecinos, por lo que los siguientes no tendrían porqué pedirlo.
2. Que la instalación no sea visible desde la calle. Si lo pone en su terraza, oculta a la vista, no hay mayor problema.
Para todo lo demás, petición de permiso en las reuniones de vecinos correspondientes. A mí me parecen medidas muy lógicas, porque si cada uno hiciera lo que le sale del higo, muchas casas serían auténticos engendros, lo que no quita para que algunas veces haya vecinos tocapelotas que se opongan a cosas lógicas sólo por joder o porque son unos putos bordes. De todo hay en la viña del señor.
katxan escribió:Naranjas de la China, si la antena se coloca en una zona comunitaria, debe tener el permiso de la comunidad (ley de la propiedad horizontal dixit). Y si se coloca en una zona privada (una ventana propia o parte de la fachada que coincide con tu vivienda), también si está visible, ya que rompe con la estética general del edificio. Ocurre lo mismo con la instalación de toldos o de aires acondicionados, necesitan la conformidad de la junta de vecinos.
Hay excepciones:
1. Que otro vecino ya haya solicitado permiso para poner exactamente lo mismo y se le haya concedido. En ese caso, ese permiso es extensible a todos los vecinos, por lo que los siguientes no tendrían porqué pedirlo.
2. Que la instalación no sea visible desde la calle. Si lo pone en su terraza, oculta a la vista, no hay mayor problema.
Para todo lo demás, petición de permiso en las reuniones de vecinos correspondientes. A mí me parecen medidas muy lógicas, porque si cada uno hiciera lo que le sale del higo, muchas casas serían auténticos engendros, lo que no quita para que algunas veces haya vecinos tocapelotas que se opongan a cosas lógicas sólo por joder o porque son unos putos bordes. De todo hay en la viña del señor.
katxan escribió:A ver, a riesgo de parecer pedante, pesado e incluso prepotente, reitero que NO , la comunidad no tiene absolutamente ninguna obligación de aceptar la dichosa antena.
Y para ello me baso en la ley que regula todos estos asuntos, que no es otra que la LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL que me he tomado la molestia de releerme otra vez (a pesar del coñazo que es). Si alguien se aburre, puede leersela también y aclararse así de qué dice realmente la normativa al respecto. Y si quereis tenerlo aún más fácil y no comeros todo el tocho, podeis acudir al artículo 17 de dicha ley, punto 2º, donde se hace mención a las antenas de marras.
http://www.mundogar.com/ideas/reportaje.asp?FN=4&ID=1014http://www.mundogar.com/ideas/reportaje.asp?FN=4&ID=1014 escribió:Antenas parabólicas y servicios energéticos
Con respecto a la instalación de antenas parabólicas, gas y otros servicios energéticos que se consideran de uso opcional, la ley es más permisiva que la de 1960 y deja el camino libre a los vecinos. En principio, están obligados a pagar aquellos que hayan dado su visto bueno; si después un vecino quiere beneficiarse de la señal de la antena o los servicios energéticos, puede hacerlo previo desembolso de la parte proporcional que le corresponda por la instalación, más los intereses.
katxan escribió:A ver, a riesgo de parecer pedante, pesado e incluso prepotente, reitero que NO , la comunidad no tiene absolutamente ninguna obligación de aceptar la dichosa antena.
Y para ello me baso en la ley que regula todos estos asuntos, que no es otra que la LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL que me he tomado la molestia de releerme otra vez (a pesar del coñazo que es). Si alguien se aburre, puede leersela también y aclararse así de qué dice realmente la normativa al respecto. Y si quereis tenerlo aún más fácil y no comeros todo el tocho, podeis acudir al artículo 17 de dicha ley, punto 2º, donde se hace mención a las antenas de marras.
2ª. La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas, comunes o privativos, de aprovechamiento de la energía solar, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.
katxan escribió: En cualquier caso, la comunidad NO está obligada a poner una antena comunitaria como sugería Skacha aunque no la haya, dado que:
katxan escribió:Lo que comenta Zibergazte acerca de las antenas de radioaficionado no tiene porqué aplicarse a las antenas receptoras de televisión, son casos totalmente diferentes. Pero bueno, que sí, que tendreis razón, que se podrá colocar.
Zinnet escribió:Aver aver... yo donde trabajo instalamos parabolicas y tambien damos de alta en digital+. La instalacion de digital+ es totalmente gratuita, y entra, DE REGALO, una parabolica de 80cm, un LNB y 20 m de cable. Eso es lo que paga Digital + a mi empresa, más 1h me mano de obra (por eso es normal ver instalaciones de cualquier manera....) para que demos de alta a clientes. Ademas, una parabolica sirve para un único sintonizador, a no ser que el LNB tenga mas de una salida, cosa que dudo. Es más, para tener parabolica en digital + solo necesitas una de 60cm, y tener una terraza que te de para orientar hacia los 220º, hacia el Hispasat, ya que ahora los nuevos sintonizadores pasan a utilizar ese satelite, no como los antiguos, que usan el Astra, a 160º
Si tienes alguna duda, estoy aqui pa ayudar.
Salu2
katxan escribió:jita, no sé cómo te fías de lo que digamos cuatro mangarranes aquí. Pégale un telefonazo al administrador de tu comunidad y él te sacará de dudas con toda certeza en dos segundos, te dirá si ya teneis antena puesta o, en caso de que no la haya, si la puedes poner tú (o que te la pongan los de digital+, que para eso les pagas). A continuación, con la respuesta llamas a los de digital+ y les pones las pilas.
Ya está, no te líes con los eolianos, que solo conseguirás dolores de cabeza y más dudas.