Bueno al parecer la Audiencia Nacional ha recobrado parte del sentido común, y ha revocado la decisión de un personaje que por increible que parezca, todabía sigue siendo juez.
http://www.elmundo.es
MADRID.- La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decidido procesar al etarra José Ignacio de Juana Chaos por pertenencia a banda armada y amenazas terroristas, lo que le impedirá salir de la cárcel en agosto, como estaba previsto.
Esta decisión se produce tras el auto del juez Pedraz, que dejaba la puerta abierta para que el terrorista, condenado por varios atentados con muertos, saliera de prisión en agosto.
La Sección Primera ha estimado las peticiones de la Fiscalía de los abogados de la Asociación de Víctimas del Terrorismo.
En una resolución notificada este jueves, la Audiencia Nacional revoca el auto de conclusión del sumario dictado por Pedraz y estima que "ha quedado justificada la existencia de delitos" imputados a De Juana en relación con dos artículos publicados en el diario 'Gara' en diciembre pasado, titulados 'El escudo' y 'Gallizo'.
La primera consecuencia del auto es que De Juana no será excarcelado el próximo 3 de agosto, fecha en la que cumpliría los casi 3.000 años de pena a los que fue condenado por su participación en distintos atentados, informa Efe.
Tras explicar que de lo que se trata es de "decidir si en las diligencias practicadas resultan elementos suficientes para considerar que existen indicios racionales de criminalidad, indicios que no fueron examinados por el instructor", la sala analiza el contenido de los artículos.
Contenido de los artículos
En ellas, De Juana se refiere a sí mismo como "preso político vasco" o miembro del MLNV, pero el tribunal estima que eso "no constituye indicio suficiente de criminalidad de un nuevo delito", si bien puede poner de manifiesto que el imputado "sigue compartiendo los postulados de la banda terrorista, e incluso que en su fuero interno continúa siendo partícipe o vinculado a ella".
La sala añade, sin embargo, que en 'El escudo' De Juana "considera como enemigo a todo aquel que no se encuentra integrado en el MLNV, y lo califica como totalitario y fascista, y así se refiere a los políticos corruptos, jueces prevaricadores, profesionales de la tortura".
Además, vierte expresiones como "sacad vuestras sucias manos de Euskal Herria. Sí, sacadlas, porque otro camino sólo implica más sufrimientos. O el futuro terminará demostrando, sin duda, que os quedasteis sin ellas".
Para el tribunal, "esta última afirmación tiene contenido intimidatorio y amenazante (...) dirigida a todas aquellas personas expresamente calificadas como el enemigo a lo largo de la carta".
En la segunda misiva -titulada 'Gallizo' en referencia a la directora general de Instituciones Penitenciarias, Mercedes Gallizo- De Juana se refiere a ésta y a los directores de seis cárceles, "a los que atribuye todo tipo de torturas y vejaciones".
"Con la publicación de estos datos, De Juana puede estar tratando de fijar objetivos para las acciones de ETA", señala el auto, que agrega que la publicación de la carta en un periódico "sirve, además de para hacer llegar estos datos a la dirección de la banda, para amedrentar y atemorizar a estas personas y a todo el colectivo que representan".
"Decisión unilateral"
La sala no valora un comunicado de ETA, aportado por la defensa de De Juana, en el que se decía que los funcionarios de prisiones habían dejado de ser objetivo de la banda, porque "se trata de una decisión unilateral de una banda terrorista que en cualquier momento puede cambiar".
De todo ello, afirman los magistrados, "se infiere que existe una renovada integración en ETA, al tratar de contribuir a sus fines con una intervención directa y material", lo que justifica la orden dada a Pedraz de que dicte el procesamiento de De Juana por los delitos de pertenencia a banda armada y amenazas terroristas.
Otras diligencias
Pero además de ordenarle que procese al preso etarra, el tribunal insta a Pedraz a practicar una serie de diligencias solicitadas por el fiscal, entre ellas la incorporación a la causa de la sentencia del Tribunal Supremo que ilegalizó a HB-EH-Batasuna y de un artículo de prensa en el que se aseguraba que De Juana celebró en prisión los asesinatos de Alberto Jiménez Becerril y Ascensión García Ortiz.
También le ordena que pida la sentencia que condenó por colaboración con banda armada a José Luis Muñoz González, quien presuntamente fue captado para ETA por De Juana durante su estancia en la cárcel.
El resto de las diligencias que deberán practicarse ahora consiste en la toma de declaración de los directores de centros penitenciarios mencionados por De Juana en sus cartas.
Una vez establecida la existencia de indicios de delito, la sala acuerda decretar la prisión provisional de De Juana al estimar que "existe un elevado riesgo, no sólo de que el imputado pueda sustraerse a la acción de la Justicia, para lo cual habría de contar con el apoyo de la organización, sino además de que cometa nuevos hechos delictivos".