baja voluntaria

resulta que empece a trabajar hace 4 dias en el carrefour de vendedor, total que me llamaron ayer de otra empresa que me habian seleccionado para trabajar de ingeniero y debo empezar este lunes debido a que me tienen que realizar una formacion. Esta claro que esto segundo es mucho mas importante que el primer trabajo. La cosa esta en que ayer fui a hablar con la de recursos humanos y me dice que legalmente se lo tenia que decir 15 dias antes. ¿Pasa algo si me voy antes de esos 15 dias?

gracias!!!
1º Pregunta si estás en periodo de prueba de 21 días (o los que sean). Si lo estás, puedes hacer corte de mangas y sayonara. No hay ninguna obligación para seguir

2º Si no: Hablar de buen rollo con el jefe. Él no tiene ningún motivo xa joderte. Si llevas 4 días, para estar 15 días más sólo, no creo que sea tan cabrón como para no dejarte ir.

3º Si aún así no te dejan irte, entérate de que obligación tienes con la empresa en caso de irte. Lo mismo haya una penalización económica prefijada (como la cláusula de rescisión de los jugadores de fútbol). Si no la hay, sería incumplimiento de contrato y te podrían llevar a los tribunales,
Bueno yo hace poco pille la baja voluntaria dando los 15 dias de antelacion, si no los daba me quitaban 15 dias de sueldo.

Saludos!
Yo miraria en el contrato a ver que convenio tienes y a ver que te supondria rescindir el contrato sin los 15 dias antes...

hombre, por lógica si ellos pueden echarte durante el periodo de prueba y no tienen que darte ni un duro, pues al reves tampoco...

De todas formas, yo intentaria arreglarlo de buen rollo con el jefe y sino mirar el convenio y si te supone mucha tela, hablar con el nuevo jefe y explicarselo...
la verdad es que en la nueva empresa no quiero llegar poniendo excusas... mas que nada porque es como si me hubiera encontrado un baul con oro y es una de las oportunidades que no puedo dejar escapar.
si llevas 4 dias trabajando estas en periodo de prueba fijo... y tanto la empresa como tu podeis rescindir el contrato cuando os salga de la...

salu2

pero mira en el contrato lo del periodo de prueba, aunque creo que es 1 mes minimo
no me dieron copia del contrato...
magnet escribió:no me dieron copia del contrato...


sera porque lo tendran que llevar a la SS, pero es obligatorio que te den una copia... de todas formas



"Sobre el periodo de prueba:

Su establecimiento es optativo y de acordarlo, se deberá reflejar por escrito en el contrato.

Su duración máxima se establecerá en los Convenios Colectivos, y en su defecto la duración no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, o de dos meses para el resto de los trabajadores.

Durante el período de prueba, el trabajador tendrá los mismos derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, como si fuera de plantilla.

Durante este período se podrá rescindir la relación laboral por voluntad de cualquiera de las partes, sin alegar causa alguna y sin preaviso, salvo pacto en contrario.

El período de prueba se computa a efectos de antigüedad.

La situación de incapacidad temporal que afecte al trabajador durante el período de prueba interrumpirá el cómputo del mismo, siempre que se produzca acuerdo entre ambas partes.

En las empresas con menos de 25 trabajadores, el período de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados.

No se podrá establecer período de prueba cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación."


no creo que una empresa como carrefour no ponga el periodo de prueba en su contrato.... asi que yo pediria la copia si se ponen tontos con lo de los 15 dias de aviso

igual te sabra decir mejor Katxan... que controla de estos temas..

salu2
Como te dicen todo depende del periodo de prueba que creo que es minimo 15 dias, en ese tiempo tanto te pueden tirar como tu irte sin dar explicaciones.
X cierto, que sepas que si te vas con la baja voluntaria estando aún de pruebas, igualmente te tienen que pagar lo que has trabajado (faltaría más).
Cierto. Si estás en periodo de prueba te puedes ir cuando t de la gana. Normalmente el periodo de prueba es de 15 días mínimo, hasta los 2 meses máximo.

Y por supuesto te han de pagar esos 4 días currados.
Me parece q se puede ir sin dar los 15 siempre y cuando no lleve un año o mas en la empresa.

Un saludo
Lo de los 15 dias es digamos una colchon que tienen ellos para que no les dejes tirados, pero vamos, te lo puedes saltar a la torera. Si cobras por horas, el perioddo de prueba suele ser de 85 horas efectivas de trabajo aproximadamente. Si firmastes tu contrato hace unos 7-10 dias ya les han dado tiempo a que se los delvoviera el inem sellados, asi que ya deben tener tu copia seguro, pidela y vete de alli como alma que se la lleva el diablo [beer]
gracias por las contestaciones, acabo de llegar de trabajar el ultimo dia ya que he pedido la baja voluntaria y al principio me pusieron problemas por el tema de los 15 dias pero al final me la han dado. La copia del contrato me han dicho que no me la han dado porque esta en la SS. ¿¿Cuando recoja el finiquito tengo que pedir el contrato por si acaso??
Finiquito na nai has pedido baja voluntaria,no cumples el contrato.

tu pide tu contrato y para otros casos no firmes finiquitos etc hasta que no lo leas todo,por tus dias que te los paguen y olvidate.
¡Madre mía, cuantos follones teneis la mayoría en la cabeza con respecto a vuestros derechos y deberes en el curro!

A ver, tan sencillo como ésto: tú de un curro te puedes ir cuando te dé la realísima gana. Ni periodo de pruebas, ni puñetas, si tú no quieres currar en un sitio, te piras y punto, como si se lo dices a tu jefe dos segundos antes de hacerlo, estás en tu derecho, nadie puede obligarte a quedarte trabajando en un sitio X tiempo si tú no quieres.

Ahora bien, el asunto de los 15 días. Como suele ser una putada para el empresario dejarlo colgado así sin más, sin darle tiempo a buscar un relevo al que se va, la ley establece que se ha de avisar con un mínimo de quince días. En caso de que eso no se respete, se considera incumplimiento de contrato y el trabajador debe indemnizar al empresario. ¿Cómo? Con el finiquito, que lo pierde si no respeta el aviso con quince días de antelación. Si llevas poco tiempo en la empresa o te vas en enero, ese finiquito será una cantidad ridícula, en otro caso, puede significar una cantidad apreciable de dinero.
Es lo mismo que cuando un empresario despide a un trabajador; está rompiendo el contrato unilateralmente y debe indemnizar al empleado. Pues esto es el mismo caso, pero al revés. Legalmente no te corresponde finiquito. Ahora bien, igual se enrollan y te lo dan, pero que conste que no tienes derecho a él, así que no vayas reclamándolo en plan Farrukito X-D

Respecto al contrato, ya se ha roto desde el momento que has dejado de ir a trabajar. No necesitarás una copia del contrato para nada, pero sí es conveniente que guardes la última nómina que te den, donde podrás comprobar si te han pagado todos los días que has trabajado y si han cotizado por tí a la seguridad social esos días.

Consejo para todo el mundo: guardad siempre las nóminas . Todas. Da igual que se os acumulen durante años, son el único justificante con el que contais para justificar lo que os han pagado o dejado de pagar, los días que habeis estado de baja y los días que habeis cotizado a la seguridad social. Hay mucha costumbre -mala costumbre- de mirarla por encima y tirarla a la basura. De eso nada, os comprais una carpeta o un block de anillas y las guardais todas bien ordenadas.
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