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hal9000 escribió:Hola, tengo intención de instalar la calefacción central a gas natural del siguiente modo, yo instalo los radiadores y todo los tubos, la caldera llamo a un instalador autorizado a que me la monte para el tema de boletines y tal.
¿Es factible hacerlo así? o también los radiadores han de estar instalador por un instalador oficial?
alexfd escribió: por lo demás no me suena que haya ninguna normativa salvo, muy importante, la de la caldera, que además de que la instalación tiene cierta complejidad, el tema de absorción y expulsión de humos es tema de normativa muy muy estricto, tienes la normativa en la web de gas natural.
CARNÉ PROFESIONAL DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN EDIFICIOS
B) Programa
B.1. Prueba teórica:
Los conocimientos teóricos, tecnológicos y de reglamentación señalados en los apartados
A 3.1 y A 3.2 del Apéndice 3 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios
(RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, publicado en el “Boletín
Oficial del Estado” de 29 de agosto de 2007. En cuanto a reglamentación, se precisan
a continuación las normas exigibles:
— Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), parte dispositiva,
Anexo (Disposiciones Generales e Instrucciones Técnicas) y Apéndice 1, aprobados
por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, publicado en el “Boletín Oficial
del Estado” de 29 de agosto de 2007, con corrección de errores publicada en el
“Boletín Oficial del Estado” de 28 de febrero de 2008.
— Modificación del RITE aprobada por Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre
(artículo único y disposición transitoria única), publicado en el “Boletín Oficial
del Estado” de 11 de diciembre de 2009, con corrección de errores publicada
en el “Boletín Oficial del Estado” de 12 de febrero de 2010.
— Modificación del RITE aprobada por el artículo 2.o del Real Decreto 249/2010,
de 5 de marzo, por el que se adaptan determinadas disposiciones en materia de
energía y minas a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre
acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de 22 de
diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el
libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, publicado en el “Boletín
Oficial del Estado” de 18 de marzo de 2010, con corrección de errores en el “Boletín
Oficial del Estado” de 23 de abril de 2010.
— Para la debida aplicación de las Instrucciones Técnicas del RITE, las normas UNE
siguientes con sus Anexos:
UNE-EN ISO 7730-2006.
UNE-EN 12097-2007 (sustituye a la indicada en el Apéndice 2 del RITE).
UNE-EN V 12108-2002.
UNE-EN 14336-2005, en todo aquello que no contradiga al RITE y sus Instrucciones
Técnicas.
UNE 100100-2000.
UNE 100151-2004.
UNE 100155-2004.
UNE 100156-2004.
UNE 112076 IN-2004.
UNE 123001-2005, 1M-2006 y 1M/Erratum-2006.
UNE 100030 IN-2005.
UNE 100001-2001.
UNE 100152 IN-2004, relativa a soportes de tuberías, no incluida expresamente
en el RITE.
— Sección HS3 “Calidad del aire interior”, que desarrolla el Código Técnico de la
Edificación (CTE), aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, publicado
en el “Boletín Oficial del Estado” de 28 de marzo de 2006.
— Sección HE4 “Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria”, que desarrolla
el Código Técnico de la Edificación (CTE).
— Conocimientos relativos a agua caliente sanitaria incluidos en la Sección HS4
“Suministro de agua” del “Documento Básico HS Salubridad”, que desarrolla el
Código Técnico de la Edificación (CTE), aprobado por Real Decreto 314/2006,
de 17 de marzo, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 28 de marzo
de 2006, en los apartados siguientes:
Apartado 2.1.3 “Condiciones mínimas de suministro”.
Apartado 2.3 “Ahorro de agua”, punto 2.
Apartado 3.2.2 “Instalaciones de agua caliente sanitaria (ACS)”.
Apartado 3.4 “Separaciones respecto de otras instalaciones”.
Apartado 4.2.1 “Dimensionado de los tramos”.
Apartado 4.4 “Dimensionado de las redes de ACS”.
Apartado 5.2.1.2 “Pruebas particulares de las instalaciones de ACS”.
— Real Decreto 1428/1992, de 27 de diciembre, por el que se dictan las disposiciones
de aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 90/396
CEE sobre aparatos de gas, incluidos sus Anexos I y III, publicado en el “Boletín
Oficial del Estado” de 5 de diciembre de 1992, con rectificaciones en “Boletín Oficial
del Estado” de 23 de enero de 1993 y “Boletín Oficial del Estado” de 27 de enero
de 1993.
— Real Decreto 275/1995, de 24 de febrero, relativo a los requisitos de rendimiento
para las calderas nuevas de agua cliente alimentadas con combustibles líquidos o
gaseosos, incluidos sus Anexos, excepto los VI, VII y VIII (“Boletín Oficial del
Estado” de 27 de marzo de 1995, con rectificación en “Boletín Oficial del Estado”
de 26 de mayo de 1995), modificado por la disposición final primera del Real Decreto
1369/2007, de 19 de octubre, relativo al establecimiento de requisitos de diseño
ecológico aplicables a los productos que utilizan energía, publicado en el
“Boletín Oficial del Estado” de 23 de octubre de 2007.
— Conocimientos sobre medidas preventivas contra la propagación de la legionella,
en lo relativo a materia de seguridad industrial, en concreto el Real Decreto
865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios
para la prevención y control de la legionelosis, artículos 1,2,3,4,5,6 y 7 y
Anexos III, parte general y apartado A y 4, parte general y apartado A (“Boletín
Oficial del Estado” de 18 de julio de 2003).
— Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas, aprobado por Real Decreto
138/2011, de 4 de febrero (publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 8
de marzo de 2011, con corrección de errores en el “Boletín Oficial del Estado”
de 28 de julio de 2011): Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 8, 9, apartados 2 y 3, 10, apartados
14, 12, 14, 15, 20, apartado 3, primer párrafo.
— Instrucciones Técnicas Complementarias IF siguientes aprobadas asimismo por el
citado Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero: 01, 02 excepto apéndice 2, 03 incluido
diagrama, 04, 06 incluido apéndice, 08, 09, 13 y 18.
— Reglamento (CE) número 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16
de septiembre de 2009 sobre las sustancias que agotan la capa de ozono, en lo que
se refiere a la aplicación del RITE, publicado en el “Diario Oficial de la Unión
Europea” de 31 de octubre de 2009.
— Reglamento (CE) número 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17
de mayo de 2006 sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero, publicado
en el “Diario Oficial de la Unión Europea” de 14 de junio de 2006.
— Conocimientos sobre las certificaciones de profesionales para la manipulación de
gases fluorados, en el ámbito de actividad de esta cualificación profesional: Capítulo
II “Certificaciones de profesionales” y Anexo I “Certificaciones personales”
(apartados 1 y 2) del Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula
la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los
mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan, publicado
en el “Boletín Oficial del Estado” de 25 de junio de 2010, con corrección de errores
en el “Boletín Oficial del Estado” de 31 de agosto de 2010.
— Directiva 2009/142/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de noviembre
de 2009, sobre los aparatos de gas (versión codificada), publicada en el “Diario
Oficial de la Unión Europea” de 16 de diciembre de 2009.
— Orden 9343/2003, de 1 de octubre, del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica,
por la que se establece el procedimiento para el registro, puesta en servicio
e inspección de instalaciones térmicas no industriales en los edificios, conforme
a lo establecido en el Decreto 38/2002 de 28 de febrero, publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 18 de octubre de 2003, modificada
por la Orden 688/2008, de 29 de febrero, de la Consejería de Economía y
Consumo, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 18 de marzo de 2008.
— Nociones sobre reglamentos vigentes respecto a la seguridad y defensa del medio
ambiente que puedan afectar a estas instalaciones y a las instalaciones de protección
en caso de incendio.
— Nociones sobre reglamentos y condiciones de seguridad que regulan la utilización
y las instalaciones de los distintos tipos de combustibles.
— Nociones sobre reglamentos en lo concerniente a seguridad de instalaciones y aparatos
a presión y a las instalaciones eléctricas aplicables a estas materias.