Sobre días de vacaciones y la empresa

Veamos, tengo una duda.

Resulta que me han dicho que tengo 2 días de vacaciones de 06 que me han sobrado, y que me los tengo que coger en febrero.

Les he dicho que quería el 16-17 (creo) que es viernes y sábado, y me han dicho que no, por que en ese caso el domingo (que aunque no se trabaja) me contaría, y me contarían como 3 días de vacaciones.

En principio hoy lo he hablado a toda prisa por que era la hora de irme, y he quedado en el 15-16 (jueves-viernes) pero a mi realmente me gustaría el 16-17, así que mañana hablaré con ellos para que me expliquen realmente por que no puedo cogerme viernes sábado y a ver por que razón me cuentan el domingo también.

En mi contrato pone que el servicio se prestará de lunes a domingo y blablabla, pero es eso, si yo el domingo no quiero cogerlo como vacaciones, el domingo se libra por que el curro no abre, es que no entiendo nada XD.

A vosotros os han pasado cosas así o es solo cosa mía?
Eso es porque los días de vacaciones los debes de tener naturales en vez de laborables.
En definitiva, que al hacer los días naturales pues te cuenta desde que empiezas las vacaciones hasta que vuelves al trabajo, en tu caso serían tres días (Viernes, Sábado y Domingo), y si por ejemplo el Lunes fuera festivo te contarían 4 días...

Desconozco como será tu contrato, ni tu convenio, pero a grandes rasgos al ser naturales tienes más días que si son laborables, por ejemplo en la mayoría de casos son 30 días naturales o 22 laborables (el sábado no cuenta como laborable en esos casos), y debes hacer todos los días de vacaciones de una forma o de otra.

Para el resto mejor que le eches un ojo a tu convenio y a tu contrato ^^


Ho!
Tengo el contrato delante y pone eso de 30 días naturales por año, menuda mierda XD

O sea que en semana santa (que es cuando me quería coger los días de este año) me los coja me voy a gastar la mitad de los días en tener vacaciones los días de fiesta? XD

Menuda full XD
Mira cuantos días laborables te marcan por convenio, y habla con tus jefes para ver si, para las vacaciones de este año, puedes cogerlos así en vez de naturales. Hay gente que lo prefiere de una manera y gente que lo prefiere de otra.


Ho!
en mi caso son 22 dias laborables y la verdad, es un chollo, 6 semanas completas me han salido el año que ha terminado.

PD: respecto a tu dudad, segun dices tu contrato dice de lunes a domingo, por tanto el domingo tb cuenta como que harias fiesta, aunque por esa regla de 3, cada domingo seria un dia de fiesta no? [tomaaa] [tomaaa]
Olvídate de lo de días naturales o laborales de vacaciones que te marca la ley o tu contrato, no tienen la más mínima utilidad, ya que legalmente son 30 días naturales al año ó 22 laborales, pero seguro que tú y cualquiera tenemos muchas más vacaciones. ¿Cómo se explica ésto? Pues muy fácil.
En tu contrato ó convenio vendrán cuántas horas - o en su defecto días- anuales debes trabajar. Imaginemos que son 220 días (por decir algo) hasta los 365 días del año, nos sale sale que hay 145 días que no trabajas. De esos 145 días la ley dice que 30 son de vacaciones. Pero el resto no trabajas, ¿no son vacaciones también? No tienen esa consideración a efectos administrativos. Si entre navidades, semana santa, puentes, vacaciones de verano, etc. (por mencionar las fechas más habituales donde se suele tener vacaciones) acumulas más de 30 días de vacaciones... para la seguridad social solo has cogido 30 días de vacaciones, el resto de días tienen la condición de días NO LABORABLES.

Bueno, vale, pero, ¿todo ésto en qué me afecta? ¿A efectos prácticos, en qué me influye que un día sea de vacaciones o no laboral? Pues, salvo que te quedes embarazado y estés de baja maternal, absolutamente para nada (menciono lo de la baja maternal porque en este caso la seguridad social tiene en cuenta los días que ella considera de vacaciones para calcular las percepciones que debe recibir la mujer de baja). También se tiene en cuenta para la percepción del paro, en caso de un expediente de regulación de empleo. En el resto de casos, os la pela.

Bien, en el tema que nos ocupa, a tí te deben dos días del 2006. Para empezar, tu empresa ya se está propasando, porque tiene la obligación legal de liquidar a sus empleados los días que les debe antes del 1 de enero (tiene que cerrar el año). No se pueden acumular días de un año para otro, los días que las empresan deben a sus empleados y no los devuelve durante el mismo año, tiene que abonarlos al trabajador con dinero al cierre del año.
Claro, todo esto que comento yo es la teoría y lo que dice la ley, luego soy yo el primero que sé que en la práctica todo esto no vale un cagarro.
Lo que debes hacer es mirar en tu contrato, o si tienes convenio propio en el convenio, cuántas horas al año debes trabajar. Luego, lo tienes muy fácil, las conviertes en días, miras tu calendario laboral y ves si coinciden. Si no tienes calendario laboral para todo el 2007 (algo muy habitual), tampoco es demasiado problema. Si te quieren contar el domingo también como vacaciones, tú coges el día 31 de diciembre de este año, miras todos los días que has currado, los que pone en tu contrato y ves si coinciden.
En el 2007 tendrás que trabajar dos días menos de los que te obliga tu contrato (por los dos que tienes acumulados de 2006). Si ves que no coinciden, te la quieren meter doblada.
Si la empresa quiere comunicar ese domingo como vacacional a la seguridad social, muy bien, que lo haga, a tí te da lo mismo que en la seguridad social ese día cuente como vacacional o como no laborable. Eso sí, que luego no pretendan quitarte un día en vacaciones, LA COSA NO ES ASÍ, y eso tienes que dejárselo bien claro.

Resumiendo, que a mí me salen ladrillos con una facilidad pasmosa: a efectos prácticos, no os tiene que preocupar lo más mínimo si un día es festivo, vacacional o no laborable, sino el total de días que habeis currado al finalizar el año.
Claro que hay muchas empresas, sobre todo pequeñas, que se pasan todo esto por el forro, que hacen meter un montón de horas extras a sus empleados sin pagarlas, o que ni siquiera conceden los mínimos descansos que marca la ley, pero como lo que se ha pedido aquí es información sobre cuáles son los derechos, yo los digo, las normas laborales son muy claras. Que luego sea difícil obligar al empresario a respetar esos derechos es otra cosa, desgraciadamente muchas veces está jodida la cosa.
katxan escribió:LADRILLO


Como bien dices te salen ladrillos en cuanto te pones a explicar, por que la verdad es que la ley laboral es un rollo de cuidado, pero te ha faltado preguntarle al compañero si su trabajo es fijo/indefinido o es temporal,porque cambia mucho si es una cosa u otra, asi que estas fijo/indefinido o estas de contrato?
Mmm, de momento estoy en periodo de prueba, por lo que no quiero problemas y tragaré con lo que haga falta XD.

En principio mi contrato es por obra o servicio determinado.

Luego llamaré a la empresa por que sinceramente, yo no tenía intención de cogerme ningún día, y si me los pagan pues mejor, total, para pasármelos tirados en casa prefiero ir a currar y que me paguen lo que me correspondería, que el dinero me viene mejor que nada XD.
Lo que dice katxan es la pura verdad, que por desgracia no se aplica.

Em mi empresa si que lo aplicamos, tantas horas al año y lo que sobre días libres, por lo que al final de la pelicula tenemos un monton de vacaciones: 30 días en Verano, 15 días en Navidad, 2-3 días en Pascua, varios puentes....

Si todos los trabajadores exigieramos nuestros derechos habría menos paro por que muchas empresas tendrían que contratar más personal.

Un saludo.
8 respuestas