Rescisión de contrato por mutuo acuerdo

Por diferentes motivos me encuentro en una situación incómoda en mi actual puesto de trabajo y quiero rescindir mi contrato. Por lo que he leído, si la rescisión de contrato es por mutuo acuerdo, dimisión o abandono no se tiende derecho a cobrar el paro (lo cual me parece perfecto: yo no quiero cobrar el paro, quiero trabajar en una empresa donde sea feliz y no tenga ataques de ansiedad cada semana). Pero mi duda es la siguiente: ¿esto significa que no puedo cobrar el paro inmediatamente después de dejar el trabajo o que ese periodo de tiempo no contará en un futuro en el cálculo de la prestación en caso que la necesite (después de trabajar en otras empresas)?

Si pensáis que es una frivolidad dejar un trabajo en los tiempos que corren, que soy un irresponsable o cosas por el estilo agradezco vuestra opinión pero podéis ahorrárosla.
El paro se acumula, aunque no lo disfrutes. Si vuelves a trabajar y te echan o no te renuevan, podrás aprovecharlo.
Gracias por la contestación. Ahora a echarle huevos y a hablar con mis jefes...
No hace falta echarle huevos, si te quieres ir presentas la baja con 15 dias de antelancion y fuera.

Si quieren que hablen ellos contigo.
¿Y por qué estás en malas condiciones con ansiedad?, si así es puedes ir perfectamente a que te traten, a lo mejor no es el trabajo y aunque lo dejes, la ansiedad te persigue.

Ponte en manos de especialistas, eso es lo primero que debes hacer (te lo digo porque yo también sufrí de eso) y que te curen.

Y sobre el trabajo, pues tienes que hablar con ellos, lo que quieres, se lo pides y ya está, les das una carta firmada y en 15 días te vas.

Saludos.
Titomalo escribió:¿Y por qué estás en malas condiciones con ansiedad?, si así es puedes ir perfectamente a que te traten, a lo mejor no es el trabajo y aunque lo dejes, la ansiedad te persigue.

Ponte en manos de especialistas, eso es lo primero que debes hacer (te lo digo porque yo también sufrí de eso) y que te curen.

Y sobre el trabajo, pues tienes que hablar con ellos, lo que quieres, se lo pides y ya está, les das una carta firmada y en 15 días te vas.

Saludos.

si que puede ser, en le trabajo donde yo estaba la situacion era insostenible y no solo era yo, sino todos los demas, fue irme y se me quitaron todos los males.

a dia de hoy ya no queda nadie de mis antiguos compañeros.

yo me fui porque era o irme o partirle la cabeza ami jefe y decidi no ir a la carcel, con eso lo digo todo.
jas1 escribió:
Titomalo escribió:¿Y por qué estás en malas condiciones con ansiedad?, si así es puedes ir perfectamente a que te traten, a lo mejor no es el trabajo y aunque lo dejes, la ansiedad te persigue.

Ponte en manos de especialistas, eso es lo primero que debes hacer (te lo digo porque yo también sufrí de eso) y que te curen.

Y sobre el trabajo, pues tienes que hablar con ellos, lo que quieres, se lo pides y ya está, les das una carta firmada y en 15 días te vas.

Saludos.

si que puede ser, en le trabajo donde yo estaba la situacion era insostenible y no solo era yo, sino todos los demas, fue irme y se me quitaron todos los males.

a dia de hoy ya no queda nadie de mis antiguos compañeros.

yo me fui porque era o irme o partirle la cabeza ami jefe y decidi no ir a la carcel, con eso lo digo todo.


Pero me refiero que puede ser algo crónico ya y aunque se vaya, le perdure y entonces será peor, porque aunque el estrés no sea algo físico y fácil de ver, jode muchísimo y es muy peligroso no tratarselo, aunque sea por culpa del trabajo o fuera de tu vida privada.

Lo digo porque yo estaba también así, me tire un año casi de baja en tratamiento y se me fue todo, canas, gane peso, no tenía ojeras.

Porque eso puede dejar secuelas.
Aviso, el paro no se acumula, o no se acumulaba el año pasado! Cuando tienes que cobrar la prestación, eliges la prestación de cualquiera de las empresas en las que hayas trabajado durante los últimos 6 años, pero sólo de una empresa.

Me explico mi caso. Llevaba 6 años en la empresa "A", y me echaron. Me dieron los dos años de paro. Al cabo de 4 meses, encuentro trabajo en la empresa "B". Me echan al cabo de 3 años. Cuando voy a pedir la prestación, me ofrecen dos opciones:
- Prestación de la empresa "A": 1 año y 8 meses, con lo que cobraba de prestación en aquella época.
- Prestación de la empresa "B": 1 año, con la prestación actual (unos 200€ más)
Pero en ningún caso me ofrecieron 2 años de paro. Por lo que no se acumula.

Dicho esto, me imagino que si te vas, olvídate de la prestación de esta empresa.

Si lo pensáis un poco, una vez que te vayas de esta empresa, te podrías ir a una ETT que te diese un trabajo de 3 días, y después cobrar los dos años de paro de la primera empresa.... algo que considero ilógico, no creéis??

Un saludo

PD: Por cada 6 meses trabajados, te tocan 2 meses de paro.
FreEkeR escribió:Aviso, el paro no se acumula, o no se acumulaba el año pasado! Cuando tienes que cobrar la prestación, eliges la prestación de cualquiera de las empresas en las que hayas trabajado durante los últimos 6 años, pero sólo de una empresa.

Me explico mi caso. Llevaba 6 años en la empresa "A", y me echaron. Me dieron los dos años de paro. Al cabo de 4 meses, encuentro trabajo en la empresa "B". Me echan al cabo de 3 años. Cuando voy a pedir la prestación, me ofrecen dos opciones:
- Prestación de la empresa "A": 1 año y 8 meses, con lo que cobraba de prestación en aquella época.
- Prestación de la empresa "B": 1 año, con la prestación actual (unos 200€ más)
Pero en ningún caso me ofrecieron 2 años de paro. Por lo que no se acumula.

Dicho esto, me imagino que si te vas, olvídate de la prestación de esta empresa.

Si lo pensáis un poco, una vez que te vayas de esta empresa, te podrías ir a una ETT que te diese un trabajo de 3 días, y después cobrar los dos años de paro de la primera empresa.... algo que considero ilógico, no creéis??

Un saludo

PD: Por cada 6 meses trabajados, te tocan 2 meses de paro.


Estás totalmente equivocado.

Se acumula todo el tiempo cotizado que tengas en los últimos seis años naturales a contar hasta el día en que te quedas en situación legal de desempleo, ya sea en una empresa, en dos o en cuatrocientos.

En tu caso, en el mismo momento en que se te concedió la primera prestación, se te puso el contador nuevamente a cero. Por eso, al tener tu trabajo "B" y volver a perderlo a los tres años, solamente tenías generado ese tiempo, lo que se corresponde con doce meses de prestación.

Pero como también tenías una prestación paralizada sin acabar de disfrutarla, se te dio la opción de escoger cuál de las dos querías finalmente.
Butters escribió:Estás totalmente equivocado.

Se acumula todo el tiempo cotizado que tengas en los últimos seis años naturales a contar hasta el día en que te quedas en situación legal de desempleo, ya sea en una empresa, en dos o en cuatrocientos.

En tu caso, en el mismo momento en que se te concedió la primera prestación, se te puso el contador nuevamente a cero. Por eso, al tener tu trabajo "B" y volver a perderlo a los tres años, solamente tenías generado ese tiempo, lo que se corresponde con doce meses de prestación.

Pero como también tenías una prestación paralizada sin acabar de disfrutarla, se te dio la opción de escoger cuál de las dos querías finalmente.


Entonces, me estás diciendo que es cierto lo que decía yo de la ETT?? ¬_¬

Si lo pensáis un poco, una vez que te vayas de esta empresa, te podrías ir a una ETT que te diese un trabajo de 3 días, y después cobrar los dos años de paro de la primera empresa.... algo que considero ilógico, no creéis??


Entonces es un poco tonto que no te den la prestación cuando te vas tu....

Siento la confusión
La primera premisa para poder acceder a cobrar el paro es estar en situación legal de desempleo, y para ello tienes que perder el empleo por causas totalmente ajenas a tu voluntad.

Con la Ley en la mano, si te vas voluntariamente de un trabajo en el que has estado años, y luego obtienes un puesto en una ETT por unos días, y se te termina este nuevo contrato, sí tendrías derecho a cobrar prestación.

En la práctica, te lo van a denegar, y tendrías que demostrar que no has intentado aprovecharte de la Ley. Es lo que tiene que ésta sea tan ambigua.

Volviendo al tema del hilo, la rescisión de contrato por mutuo acuerdo no existe, es lo mismo que decir que lo has dejado con tu novia por mutuo acuerdo, siempre es decisión de una de las dos partes.
Te comento:
Yo estaba igual pero igual que tu,agobios,ansiedad,stress,etc.
Llevaba 10 años currando para mi jefe,comence siendo un simple oficinista cobrando 1200 € luego fui comercial del mercado nacional,luego llevaba el nacional y portugal, y finalmente termine siendo jefe de ventas en nacional y exportacion.Me mandaron a francia a aprender frances pagado por la empresa a Niza y Paris,y estaba muy bien visto por mis jefes haciendo una facturacion anual de 3 mill de euros ( me promociono ya que estoy en paro XD )
pero no soportaba las formas y politica de la empresa y veia que mi interes en la empresa habia caido y habia perdido la ilusion por ir a trabajar inclusive ( se me olvido decir que hasta el nombre de la empresa lo puse yo. ( AGRUPPLANT, por si hay alguno del sector ).
Mis jefes no me dejaban irme pero hablando se entiende la gente.... Les dije que me despidieran,que no queria indemnizacion alguna ( 25.000 € ) porque el dinero no lo es todo....
Les explique mi situacion y asi lo hemos hecho y con las puertas abiertas para cuando quiera volver ( que espero que nunca). Estoy cobrando el paro y sin problemas.
Espero que te sirva mi rollo.
Saludos
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