jorcoval escribió:Quieto parao.
Si lo haces sin conocimiento de Hacienda, el que recibe el dinero tiene que pagar impuestos (Donaciones)
Así que también teneis que pasar por Hacienda y rellenar el modelo pertinente. Adjuntar a él el contrato en el que figure la cantidad, plazos, tipo de interés (si lo tiene) etc.
En Comunidad Valenciana es el 600 (y está exento de pago), en otras ni idea.
Sí, sé que no he resuelto tu duda, pero al menos ...
vpc1988 escribió:Y siento por "secuestrar" el hilo, pero, lo he comentado alguna vez, y, soy super tajante con esto, es decir, sea quien sea y sea la situacion que sea:
EL DINERO NO SE DEJA
Puedo asegurarte que desde que soy tajante con esa frase, vivo mucho mejor. Y la sigo a rajatabla. Y gente que me ha pedido dinero, les he dicho que no, y a dia de hoy tan amigos.
Yo puedo invitarte a comer, o hasta en situacion limite ir contigo al supermercado, pagar yo la compra y llenar la nevera (esto lo he hecho), pero dejar dinero, NUNCA.
BeRz escribió:No sé cuanto le vas a dejar pero, ¿porque no te acercas a un contable o alguien que pueda hacerlo de la manera pertinente y legal de manera correcta?
Buscando en google: https://www.consultingdms.com/como-pres ... do-el-rey/
fonsiyu escribió:Sobre tu duda y sin saber si tiene validez lo que quieres hacer, yo no me fiaria de un papel simple firmado por ambos.
wannda escribió:Para algo que es gratis hacerlo legal y bien te quieres complicar la vida. Haces un contrato de préstamo (hay mil modelos en internet, coges uno y lo modificas a tu gusto ) y se liquida el impuesto de transmisiones patrimoniales que te sale 0€ a pagar (En mi CCAA si no me falla la memoria rellene el modelo 600 online y luego tuve que llevararlo en papel junto con el contrato para que me lo sellaran) y lo haces todo bien. El notario no es necesario en absoluto.
Quintiliano escribió:No es necesario ir a un notario, pero de todos modos, si la cantidad es elevada, sí sería bueno, porque en el caso de desavenencias personales, la prueba de que el contrato existe es importante y una escritura ante notario se considera indubitada.
Si es un préstamo ponle algo de interés aunque sea muy bajo para no perder dinero. Ya no digo ganar, sino no perder.
adrian85 escribió:Quintiliano escribió:No es necesario ir a un notario, pero de todos modos, si la cantidad es elevada, sí sería bueno, porque en el caso de desavenencias personales, la prueba de que el contrato existe es importante y una escritura ante notario se considera indubitada.
Si es un préstamo ponle algo de interés aunque sea muy bajo para no perder dinero. Ya no digo ganar, sino no perder.
Con un amigo lo que hice alguna vez para evitar esto era que si yo le dejaba por ejemplo 100€ él me tenía que dejar algo de más valor como fianza para en caso de que no me pagara lo pudiera vender. Por ejemplo me llegó a dejar un portátil el cual estuve usando mientras y valía más de 100€.
Galicha escribió:Yo la ultima de estas que viví con un cuñado bastante vago, jeta y fantasma que tengo (suelen ir de la mano) que me dice que necesita 6.000 euros y le digo: mira pideselos al banco o al cofidis de turno, que yo pago por ti los intereses y te sale gratis pero yo el dinero no te lo puedo prestar, el tio se pilló un rebote que no veas. Conclusion: no tenia idea de devolvermelos sino no se tenia por que haber molestado.
adrian85 escribió:Galicha escribió:Yo la ultima de estas que viví con un cuñado bastante vago, jeta y fantasma que tengo (suelen ir de la mano) que me dice que necesita 6.000 euros y le digo: mira pideselos al banco o al cofidis de turno, que yo pago por ti los intereses y te sale gratis pero yo el dinero no te lo puedo prestar, el tio se pilló un rebote que no veas. Conclusion: no tenia idea de devolvermelos sino no se tenia por que haber molestado.
Te piden algunos 2000€ y 20 años después te devuelven 2000€ cuando eso no vale ni la mitad de cuando se los dejaste.
A alguno no está mal decirles: oye que cada año que pasa si tuviera este dinero invertido o un simple plazo fijo igual me estaría dando un 3% anual que eso para 2000€ son 60€ al año * 10 años que llevas sin devolvérmelo estoy perdiendo 600€ por tu puñetera culpa.
Encima te dan 2000€ justos no te creas que 2000€ y un café. Esto no lo tiene en cuenta nadie pero fíjate que 60€ al año menos da una piedra.
Bananaroja escribió:A mi me dejaron 4000€ y lo bloqueé del WhatsApp
Y hablo de un amigo bueno de años, no de un colega. banderas20 escribió:Yo mismo ya dejé dinero en una ocasión a un buen amigo, sin reconocimiento. Y me lo devolvió sin malos rollos y genial.
Pero con los años, si lo vuelvo a hacer prefiero hacerlo "bien", para tranquilidad de él y mía.
GXY escribió:yo he prestado y me han prestado. y se han mantenido las amistades, y se han resuelto las deudas.
en mi opinion el papel no te protege de nada @banderas20 . si crees que con un papelito firmado si no te devuelve el dinero vas a poder ir a un juzgado, reclamar la cantidad y asi forzar el pago... the answer is no.
lo que entra en este asunto es la confianza.
Suicyco escribió:No sé que amistades tenéis, no habrá más de 10 personas a las que les dejaría o he dejado dinero, hasta la fecha me ha tocado 2 veces y en ambas se han desvivido por devolvérmelo, cobrar además intereses por estos préstamos a un amigo me parece de rata de alcantarilla
banderas20 escribió:Suicyco escribió:No sé que amistades tenéis, no habrá más de 10 personas a las que les dejaría o he dejado dinero, hasta la fecha me ha tocado 2 veces y en ambas se han desvivido por devolvérmelo, cobrar además intereses por estos préstamos a un amigo me parece de rata de alcantarilla
Hay de todo. Yo, como he dicho, ya le dejé a un amigo y le faltó tiempo para devolvérmelo.
Lo de los intereses me parece muy usurero...y para eso ya están Cofidis y compañía....
La equivalencia de capitales es un concepto muy poco arraigado en la mentalidad popular. Por ejemplo, supongamos que a una persona le llega el recibo de una hipoteca por importe de 615€ y no está en condiciones de pagárselo. Entonces recurre a un pariente B, que le presta el dinero y, viéndolo apurado, le dice que no es necesario que se lo devuelva. Sin embargo, "A", replica todo digno, que de ningún modo, que se lo devolverá lo antes posible, y lo hace.
En otra ocasión, "A" necesita 6.000€ y se los pide prestados a B con el compromiso de devolvérselos dentro de dos años. B se los deja sacándolos de un banco que le ofrece un interés del 5% (efectivo anual). Si B no le hubiera dejado el dinero, al cabo de dos años tendría en el banco 6.615€, pero la opinión general es que sería una grosería propia de un usurero reclamar a A los 615€ de intereses.
Probablemente, A considerará que ha saldado su deuda si al cabo de 2 años devuelve el capitán prestado, y si B exigiera los 615€ consideraría que se está aprovechando de él, haciendo perder 615€ a B por pedirle el préstamo.
La paradoja es que A no está dispuesto a aceptar una "limosna" de B de 615€ y, al mismo tiempo, considera que B debe perdonarle los 615€ que pierde por prestarle dinero.
El fondo del asunto es que A, como el común de los mortales, piensa que 6.000€ son equivalentes dentro de dos años y que lo de pedir intereses es una forma de lucro. Pero desde el momento en que un banco ofrece intereses a B, no pagarle intereses no es impedir que gane dinero, sino hacerle perder dinero.
Lo que sería abusivo por parte de B sería cobrarle a A unos intereses superiores a los que le da su banco.