que hacer en este caso?local con posible embargo

hola tengo una duda ya que donde trabajo no saben como proceder para tener una decision rapido,ya que se van pasando la pelota de unos a otros y no le dan una respuesta...

resulta que buscando habitacion o trastero ,como actualmente nos espian…las siguientes veces me aparecían anuncios locales para alquilar...la cosa es que uno de esos locales que me aparecia es donde trabajo....

pregunte en el trabajo y ellos no estaban enterados de nada...

por lo visto hicieron 3 años de contrato a una supuesta dueña del local..pero tiene toda la pinta que se lo han quitado o esta embargado...solo nos quedan unos meses para cumplir el contrato...

aqui esta la duda de si hay que seguir pagando a la antigua propietaria o ponernos en contacto con el nuevo dueño (servihabitat) para hacer un nuevo contrato....lo que no quieren es que acabe el contrato y alguno de los dos reclamen algo que no les pertenece...

se a llamado a sevihabitat y tras pasarse el muerto de unos a otros sin saber darnos una respuesta..una de las operadoras nos a dicho que ellos solo estan para el tema de alquileres y no saben que se debe hacer....

lo que no quieren es seguir pagando a la antigua dueña del local y cualquier dia nos echen por no ser suyo ya,ya sea antes de tiempo o al acabar el contrato sin dar tiempo a buscar otro local...

alguien a estado en una situacion similar y sabe a quien debemos dirigirnos para no ir dando palos de ciego???

la antigua propietaria nos dice que el local es de ella y que ella no tiene que ponerse en contacto con servihabitat que eso no es problema suyo...y en varias paginas de internet aparece la foto del local y que esta en venta..y segun servihabitat a no ser que el encargado de hacer las fotos se halla equivocado al hacer la foto del local ellos son los dueños...

en el anuncio pones venta de local sin llaves...

y uno de los operadores de servihabitat nos dijo que no le constaba que el local estuviera en alquiler...

necesitamos encontrar realmente al propietario del local y saber a quien tenemos que pagar o si hay que negociar un contrato nuevo en caso de que sea de la inmobiliaria...

Resumiendo,local comercial en alquiler,supuesto embargo y nuevo propietario del local y no se sabe a quien e depagar ahora...y con quien hablar para hacer un nuevo contrato cuando este acabe..
Yendo al registro de la propiedad y pidiendo una nota simple.

https://www.idealista.com/news/inmobili ... pendientes
Enderaka escribió:Yendo al registro de la propiedad y pidiendo una nota simple.

https://www.idealista.com/news/inmobili ... pendientes

pero en estos casos de embargos muchas veces esta a nombre el antiguo propiertario creo
pedrinxerez escribió:
Enderaka escribió:Yendo al registro de la propiedad y pidiendo una nota simple.

https://www.idealista.com/news/inmobili ... pendientes

pero en estos casos de embargos muchas veces esta a nombre el antiguo propiertario creo


Tendría que salir que tiene un embargo entonces.
pedrinxerez escribió:
Enderaka escribió:Yendo al registro de la propiedad y pidiendo una nota simple.

https://www.idealista.com/news/inmobili ... pendientes

pero en estos casos de embargos muchas veces esta a nombre el antiguo propiertario creo

El registro tiene que estar actualizado. Vamos no ir a inscribir un embargo es de una negligencia increíble más que nada porque el registro da fe de la realidad jurídica y la prelación de créditos va por orden de anotación registral
¿Estás seguro de que ese alquiler que te sale en internet, es "real"? ¿No será un "fake"?

Hay una forma de proteger el contrato de alquiler. Inscribiéndolo en el Registro de la Propiedad.

Así se producirá la protección registral del arrendatario. ¿Por qué? Porque lo que consta en el Registro da fe pública, de modo que si alguien pretende arrendar el mismo local a otra persona, no podrá, porque prevalece el contrato registrado en el Registro.

Artículo 34 de la Ley Hipotecaria:

Artículo 34.

El tercero que de buena fe adquiera a título oneroso algún derecho de persona que en el Registro aparezca con facultades para transmitirlo, será mantenido en su adquisición, una vez que haya inscrito su derecho, aunque después se anule o resuelva el del otorgante por virtud de causas que no consten en el mismo Registro.

La buena fe del tercero se presume siempre mientras no se pruebe que conocía la inexactitud del Registro.

Los adquirentes a título gratuito no gozarán de más protección registral que la que tuviere su causante o transferente.


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1946-2453



Es más: si venden el local, o aunque se lo regalen a alguien, el nuevo propietario tiene que asumir la vigencia del alquiler si está registrado en el Registro de la Propiedad.

De todos modos, aquí hay otra cosa y es que el propietario del local os debió comunicar el cambio de titularidad, si lo vendió. ¿No será que ha fallecido y se han hecho cargo los herederos?

Deberíais intentar localizar a la persona con la que se firmó el contrato de arrendamiento (y a quien se le sigue pagando) para aclarar la situación.
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