[Lande escribió:]Buenas pues resulta que por un lapsus no confirme el borrador que me llego a casa hara unas 2 o 3 semanas y me han comentado que el pazo era hasta el 31 de junio.
Puedo reclamar mis preciados 57€ de devolucion aun¿?
GRACIAS
Te voy a contestar de una tacada y luego matizo con cosas que te han dicho por ahí (que, por cierto, todas mal):
El plazo para presentar terminó el 30 de junio. Por tanto, ya estás fuera de plazo. Ello implica que si la presentas es una presentación extemporánea que lleva 100 euros de sanción (en realidad son 200 pero como no hay perjuicio para la Hacienda Pública porque te sale a devolver, se reduce a la mitad, es decir, 100 euros).
Si la presentas el proceso sancionador te lo van a abrir, puedes alegar lo que sea y, según la delegación, te van a joder o no. Precisamente estoy pendiente yo de 2 que presenté d eun cliente a ver qué pasa, porque un inspector me juró y perjuró que aquí una vez realizadas las alegaciones oportunas, cerraban el expediente y, por tanto, adiós a la sanción. Pero, la verdad, no me fío mucho.
Así que consulta en Hacienda antes porque te puedes encontrar que te digan algo tan simpático como:
- Devolución: 57
- Sanción: 57
- A devolver: 0
(He visto dos del año pasado así)
lydiasr escribió:Te llego antes del 30 de Junio? si no te llego antes ¿Tu rectificastes el borrador? pq mucha gente rectifica y les contestan despues del plazo y para ellos se pone otro plazo. Aunq no lo rectificaras y si te llego despues del 30 de Junio ve y les dices que te llego tarde, hasta vendra la fecha en el sello q pone correos, y q te den tu dinero q para eso es tuyo.
Ahora si te llego antes del 30 de junio como que ya no puedes hacer nada.
Aqui en Malaga por ejemplo es en el edificio de Hacienda, mira a ver en tu ciudad donde es o sino preguntale a tus padres que ellos tb la habran tenido que echar
Si eres de Jerez de la frontera esta es la direccion:
Oficina Tributaria de Jerez
Alameda Cristina , 11
CP: 11471, Jerez de la Frontera (Cádiz)
Teléfono: 956 03 32 00 / FAX: 956 03 32 22
Da igual cuando te llegue el borrador (o que no te llegue ya que hay que pedirlo, bien en la declaración dle año anterior bien por otros medios): el borrador es sólo una ayuda que Hacienda te envía pero que no te exime de absolutamente nada. Es decir: si no te llega y estás obligado a declarar, tienes que hacerlo igual; si los datos que vienen están mal y lo presentas tal cual te vienen, si te pillan te hacen pagar igual y, si corresponde con sanción, pues con sanción...
El borrador es eso: un borrador de declaración que Hacienda te envía con los datos que tiene para facilitarte la labor; pero tanto la obligación de declarar como la de declarar bien es tuya, no del borrador. De hecho, en la carta que viene con el borrador ya avisa de estas cosas.
wako escribió:Y curiosamente cuando sale a pagar el plazo es más largo que cuando sale a cobrar.
Eso, desde hace ¿4, 5 años? es falso: el plazo es el mismo para todo el mundo: hasta el 30 de junio. La única peculiaridad que hay ahora (y es lógica) es que si quieres domiciliar el primer plazo, tenías que presentarla hasta el 23 de junio para que Hacienda pudiera recibir la información y transmitirla a los bancos. Si la presentabas entre el 24-30 de junio, el primer plazo tenías que pagarlo sobre la marcha, bien en efectivo (que no significa ir con las pelas a Hacienda) bien mediante adeudo en cuenta (o sea, haciendo que te lo pagasen de un número de cuenta).
Espero haberos aclarado alguna cosilla