Problemas con un piso (mas bien con los caseros :@)...

Hola a tod@s


Tengo un problema con un piso: lo quiero abandonar pero la casera me obliga a meter a otro en mi lugar. Yo avise con tiempo antes de irme pero no por escrito, error mio porque me tiene pillado.

Con esto no puedo abandonar el piso sin tener una denuncia, asi pues pregunto si hay alguna forma de abandonarlo. Yo en un trabajo se que si lo dices con 14 dias no te pueden poner pegas pero en un piso... He visto la ley y dice que avisando con 30 dias por escrito no se puede decir nada. En el contrato no pone nada de que si lo abandonas tienes que buscar a otro, de hecho no pone nada por escrito.
Entonces que hago???

Me gustaria alguna opinion "imparcial" y a ser posible de experiencia propia.

Muchas gracias :)
Según tengo entendido, si firmas un contrato durante un año y te piras antes, te tienen cogido por donde más duele y da igual que avises, solo que no pasa nada porque normalmente se busca a otro en tu lugar.

No sabía lo de los 30 días, pero bueno, supongo que hay contratos y contratos.

Siento no ser de mucha ayuda [reojillo]
Unos denuncian por no irte de la casa y otros por irte antes de tiempo. En qué mundo vivo por Dios ¬_¬

Lamento no poder ayudarte tampoco :-?
si el contrato no pone nada y la ley dice eso, dejale un papel escrito (ante notario, claro, para no jugarte que te puedan denunciar) y vete al mes
que pone el CONTRATO ? es a lo que tienes que ceñirte.

si el contrato pone avisar con 30 dias y por escrito.... pues es lo que tienes que hacer, si quieres acabar a buenas, claro.

si te da igual, te mudas, dejas de pagar, y que salga el sol por antequera.

informate con un abogado por si hubiera clausulas abusivas. Habia una pagina web tipo foro donde se respondian preguntas, pero no recuerdo ahora con precision cual era.

saludos cordiales.
Veamos.. si se lo digiste, aunque no fuese por escrito, estas teniendo un contrato verbal, que en cuestiones legales es tan valido como uno escrito, y por lo tanto sera tu palabra contra la suya, ya que tampoco tiene documentos donde digan que NO se lo has comunicado.

Dejame que consulte con un amigo abogado a ver que dice el....
GXY escribió:que pone el CONTRATO ? es a lo que tienes que ceñirte.

si el contrato pone avisar con 30 dias y por escrito.... pues es lo que tienes que hacer, si quieres acabar a buenas, claro.

si te da igual, te mudas, dejas de pagar, y que salga el sol por antequera.

informate con un abogado por si hubiera clausulas abusivas. Habia una pagina web tipo foro donde se respondian preguntas, pero no recuerdo ahora con precision cual era.

saludos cordiales.


en el contrato no pone nada de que si me voy en otro momento que tengo que hacer :S

el tema es que ella dice que no, que si no meto a otro no me puedo ir porque me denuncia,es que eso no lo veo de recibo, en un curro si te vas, avisas con 14 dias y a tomar por culo. En un piso deberia de ser igual. A ver si alguien sabe esto...
"ella dice"... ella es, parafraseando a corpa, una sorbelapos... el tema es que si te vas ella se queda con el culo al aire y te presiona para que eso no ocurra. Lo de la denuncia es una sobrada, eso, si llega a tribunales, tu con el contrato en la mano donde no pone "nada" la demanda en el tribunal no dura ni 15 minutos... aunque como topando con tribunales depende mucho mas dd los abogados de cada parte que de quien lleve realmente la razon... es mejor que alguien que sepa de leyes le eche un vistacito a tu contrato... para curarte en salud mas que nada.

Lo que si que te digo es que no hay NADA en ninguna ley que te obligue a ti a buscar otro inquilino para un piso que abandonas... eso en todo caso es un "favor" que le haces a la propietaria.

ciñete al contrato. Si el contrato dice algo, lo sigues, si no dice nada, avisas con 15~30 dias de antelacion (da igual que sea oralmente o por escrito), dejas el piso IMPECABLE, o al menos, igual de impecable que lo encontraste (importante para reclamar la fianza) y tiras millas.

Tambien puedes avisar que te estas yendo mientras te vas (XD) y darle un plazo de 30 dias para que te reabone la fianza, yo eso lo hice en una ocasion y funciono, pero no funciona siempre.

a jandemor: en teoria si, el contrato verbal tiene la misma validez, en la practica 2 COJONES, pq si cualquiera de los dos donde dice digo dice diego, no hay nada fisico que respalde a nadie, con lo cual se suele llevar el gato al agua el propietario, o el que tenga el abogado mas grande, cosa que el 95% de las veces lo tiene el propietario.

saludos cordiales.
Yo he alquilado y me han alquilado, y la gente se ah ido cuando le ha dado la gana, el copntrato pone un año, pero si se van antes te avisan con algo de antelacion (algunos ni eso) y punto, vasmo es lo primero de oigo q te tengas q quedra por narices X tiempo y mas aun q tengas q buscar tu a alguien para su piso.
Cuando yo estuve alquilado, avise tiempo antes y me fui y aunque no le hizo mucha gracia tuvo q tragar, adeams de q la relacion con mi casera no era muy idilica q digasmos.

Si es por el tema de la fianza, y sabes de q pie cojea se le dice claramente, no te pago este mes y te quedas con la fianza (esto no es muy legal, pero a mi me lo han hecho y bueno es lo q hay pq no puedes ir a echarlo del piso, y si luego no pagan pues ya hay q ver si merece la pena meterte de juicios), que le sentara mal , pero tu le dices q has avisado con tiempo de antelacion y q te vas, tendras q pasar un mal trago hasta q te vayas pero creo q es lo mejor.
si el contrato esta pasado por la camara de la propiedad si tienes un problema ya que al pasarlo por la camara de la propiedad el apartamento es tuyo por el tiempo de alquiler y tienes que afrontar los gastos de alquiler y mantenimiento.

ahora bien como no es obligatorio pasar los contratos por la camara de la propiedad mientras sean apartamentos para usar como vivienda habitual, por lo general no lo hacen los caseros ni nadie en general ya que para ello hay que dar dos meses de fianza en la camara de la propieda y eso recae sobre el arrendatario.

bueno lo que quiero decir que si no esta pasado por la camara de la propiedad que dudo que lo este... te puedes ir cuando te de la gana, ya que el cotrato es un cotrato de alquiler privado y no obliga legalmente ha que este hay pagando ya que legalmente no es tuya la responsabilidad de pagar el alquiler... no te digo que no te puedan demandar... demandar te pueden demandar por mal de ojos si quieren... pero la demanda lo veo totalmente inutil.

vamos te lo digo desde la experiencia y que mi pluriempleo es de hacer contrato y pasarlos o no por la camara de la propiedad ...
ammm... ahora se de donde sale lo de los dos meses de fianza que aparecen de vez en cuando por ahi... gracias ryoga

(si, "cosa del arrendatario"...se pide otro mes mas al inquilino y tirando millas que es gerundio).

saludos cordiales.
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