Problema con mi hermana!

Resulta que hace unos meses que a mi hermana la llamaron para presentarse de suplente en unas eleciones(creo que de Cataluña).Pues la muy tonta no se presento y toda la familia pensaba que si. Y ahora ha venido un papel donde dice que tiene un juicio para el dia 23 de febrero. Alguien sabe si puede ir a la carcel o cuanto tendria que pagar¿¿ o algo que este en internet , de momento no he visto nada!! GRACIAS!
PD: No os metais con mi hermana [ginyo]
A la cárcel no va a ir por eso, desde luego, pero una multa sí que le va a caer.

De todas formas, como el hilo no es para meterse con tu hermana (;)) te muevo el hilo a Misce, a ver si por allí lo sabe alguien.
juicio contencioso-administrativo, una multa le pondran, nada de carcel

tenia que a ver ido o tener una muy buena excusa. La cantidad de la multa ahora mismo no la se
básicamente 14 dias de prsion y multa 540 €. Aunque en ese caso que pongo el link se substituye la entrada en prision con fines de semana de arresto domiciliario.

vaya marron.

http://www.lexureditorial.com/noticias/0603/13180454.htm

Adjuntos

Si tienes algun conocido/familiar que sea medico dile que te haga un justificante o algo. Presentando eso a lo mejor ya no le dicen nada, pero tampoco lo se eh :p
Pues me parece vergonzoso que te multen de ese modo por no ir a una mesa electoral, aun encima de suplente. ¿No debería ser voluntario?
MIKIXX escribió:básicamente 14 dias de prsion y multa 540 €. Aunque en ese caso que pongo el link se substituye la entrada en prision con fines de semana de arresto domiciliario.

vaya marron.

http://www.lexureditorial.com/noticias/0603/13180454.htm


hostia claro que yo estaba por el antiguo codigo penal. Pos vaya marron, no sabia que ahora metian carcel por esto, aunque si no tiene antecedentes y to este rollo no ira y se quedara en casa una temporada

cuantos años tiene tu hermana, por curiosidad.
La verdad que toda mi familia esta tiene trabajos relacionadps con la medicina, mi madrre y tias infermeras y mis primas y mi tio medicos... si ya se lo e dicho pero no se si se lo creeran , llamaran a medico a testificar?
Tiene 24 años...
konac escribió:
hostia claro que yo estaba por el antiguo codigo penal. Pos vaya marron, no sabia que ahora metian carcel por esto, aunque si no tiene antecedentes y to este rrollo no ira y se quedara en casa una temporada

cuantos años tiene tu hermana, por curiosidad


en la carcel entras, creo, con una pena minima de 2 años, no se seguro.


A ella le pondran, seguro, la multita y si hay suerte nada mas o en el peor de los casos l amulta y el arresto domiciliario.
foxier escribió:La verdad que toda mi familia esta tiene trabajos relacionadps con la medicina, mi madrre y tias infermeras y mis primas y mi tio medicos... si ya se lo e dicho pero no se si se lo creeran , llamaran a medico a testificar?


solo te digo una cosa :

no lo empeoreis [oki]
Pero era suplente la pena sera menor no¿
Heku escribió:Pues me parece vergonzoso que te multen de ese modo por no ir a una mesa electoral, aun encima de suplente. ¿No debería ser voluntario?

Eso pensaba yo hasta que me tocó vivirlo desde la mesa (por aquí conté la experiencia, me tocó de presidenta, yo tengo que estrenarme a lo grande, nada de suplencias ni menudencias varias).

Y la verdad es que bastantes irregularidades se ven como para encima dejar que los "voluntarios" sean los enviados de los partidos políticos. Entonces sí que no nos íbamos a fiar de los resultados electorales.
Ahora lo e leido 2 años de carcel! no me asusteis! [snif]
foxier escribió:Ahora lo e leido 2 años de carcel! no me asusteis! [snif]


no hombre no, eso lo he dicho yo porque creo que es el minimo con el que ingresas en carcel, peor tu hermana como mucho 14 dias, es decir, no entrará ni d ecoña a cumplirlos en carcel, como mucho multa ya arresto en casita.
LadyStarlight escribió:Eso pensaba yo hasta que me tocó vivirlo desde la mesa (por aquí conté la experiencia, me tocó de presidenta, yo tengo que estrenarme a lo grande, nada de suplencias ni menudencias varias).

Y la verdad es que bastantes irregularidades se ven como para encima dejar que los "voluntarios" sean los enviados de los partidos políticos. Entonces sí que no nos íbamos a fiar de los resultados electorales.

ahi esta, esta es una forma de la participacion ciudadana en la dministracion, como la accion popular o ser miembro de un jurado.

es obligatorio, y en la documentacion que te mandan, creo que pone bien clarito que es obligatorio y en el caso de jurado remunerado.

hay que tener un poco de responsabilidades pero bueno, esto es facil decirlo ahora.

la verdad es que es una gran putada, pero es asi
Efectivamente, si la pena es menor a dos años de carcel, no se cumple.
Si es que es una cabezona de cuidado, toda la familia pensaba que habia ido( no estavamos ese dia) Y resulta que primero le mandan una carta y pensabamos que era que la llamaban a testificar porque le robaron, y me despierto y me dicen esto! que no se habia presentado... en fin que haga lo que quiera! cawento
Si la pena es menor de dos años, y no tienes antecedentes, es raro que vayas a la carcel.

El problema es que a partir de eso SI tienes antecedentes por lo que, en el caso de otra posible condena menor, si podrías pisarla, sobre todo si no eres famoso o político.

Saludos.
sinceramente yo creo que le meteran una multa y punto, por faltar a la mesa electoral dias o meses de carcel? estais flipando? si realmente es asi.... por faltar a una mesa electoral..... yo alquilaria un caza y mandaria a la mierda la moncloa.


no asusteis al chaval lo que tenga que ser será, tu tranqui colega que no sera pa tanto [oki]
Que diga que pertenece a ETA y asi no le hacen nada, igual le pagan y todo.

Ahora en serio, como mucho le pondran un multa y santas pascuas, un poco de cordura, los juicios no son como en la tele.

Si tienes un familiar medico haz como Almodovar en 2004, di que tienes Insomio transitorio y listo, por cierto que al dia siguiente dio una rueda de prensa tan fresco.
Joder y ademas le quedan antecedentes! si es que es TONTA!
konac escribió:es obligatorio, y en la documentacion que te mandan, creo que pone bien clarito que es obligatorio y en el caso de jurado remunerado.
Lo pone clarísimo, de hecho si no me falla la memoria pone la cuantía de la multa y lo del arresto.

Participar en una mesa también está remunerado, en concepto de dieta, a mí me dieron algo menos de 50 €.

Y no te puedes escapar fácilmente, y si quieres hacerlo tienes que solicitarlo antes, explicar la causa y esperar que la acepten. Si lo haces a posteriori, más te vale tener una buena excusa. Lo que no sé es qué hay que hacer en ese caso, si hay que presentar algún justificante antes de que te llamen a juicio.
foxier escribió:Joder y ademas le quedan antecedentes! si es que es TONTA!


En cuanto se paga la multa se puede pedir la cancelacion de los antecedentes.
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Que Follón!
MIKIXX escribió:
no hombre no, eso lo he dicho yo porque creo que es el minimo con el que ingresas en carcel, peor tu hermana como mucho 14 dias, es decir, no entrará ni d ecoña a cumplirlos en carcel, como mucho multa ya arresto en casita.


Entraría tal vez si tuviese antecedentes penales. Aun así estar en la condicional te priva de muchas cosas como salir del pais y pedir segun que cosas al estado en caso de necesidad (no sé cuales). Aun así sigue siendo una putada. Haberse presentado.



URTYK escribió:Los antecedentes tardan algun tiempo en caducar. Una vez caducados puedes hacer que los borren. No sé si eran 5 años.
Seguramente le fusilarán en el paredón por eso. ¡Pero qué chorras decís de antecedentes, se os va la pinza! Ha cometido una falta, no un delito, le meterán una multa y a correr.
A ver si ahora a los que se saltan un stop con el coche les van a meter en un campo de concentración. Coño, qué exagerados sois.
La cárcel no la va a pisar, pero la multa no se la quita ni el tato. Y añado, que le está bien empleado, por inconsciente.
Si aparte de la multa son lo abogados y otros... esto es un saca pasta ed cuidado... [snif]
>Tiene 24 años !!
Sólo un detalle, si la carta era certificada no hay remedio, pero si era por correo convencional (que lo dudo, pero bueno) pues no tuvo por qué recibirla...
Haber le enviaron una carta hace unas semanas y hoy se a presentado a juicio( pensando que era por un robo) y resulta que no que era porque no se habia presentado, y ahora no se si a perdido el juicio y le han dicho que tiene otro en febrero... Aun no se los detalles xq mi hermana esta trabajando y no a venido.. [noop] [noop]
Tu tranquilo que de carcel nada. Hay gente que ha cometido homicidios conduciendo sin carnet y andan zapateando por ahi...

Lo que si que se, es que si te quieres librar de la mesa, sal la noche de antes y pillate el pedal de tu vida, vas a la mesa ciego perdido y al momento te mandan a casa [jaja]
Yo fui de empalmada, era reserva, menos mal que no hice falta, me pude ir a casa a dormir la mona :Ð
ahora me ha salido una duda.. basta con ser mayor de edad para que te toque ir a una mesa electoral? sorry por el offtopic [bye]
Valnir escribió:ahora me ha salido una duda.. basta con ser mayor de edad para que te toque ir a una mesa electoral? sorry por el offtopic [bye]


Sí. Básicamente.
LLioncurt escribió:
Sí. Básicamente.


joer, vaya palo, tengo que ir buscando una escusa por si me toca algún día..
Valnir escribió:
joer, vaya palo, tengo que ir buscando una escusa por si me toca algún día..


También puedes ir ahorrando el dinero pa la multa. [sonrisa]
pues yo quiero que me toque, y cuanto más pronto mejor, que con 40 años 50 euros no significan nada, pero con 22 me vienen más bién!!

salu2
Hombre, qué quieres que te diga, si pagan 50€ a mí me parece una chufa, teniendo en cuenta que vas a estar pringao tol día y toda la tarde, y a saber a qué hora te dejan irte a tu casa.
Pues como me toque a mi, va ha ir quien yo me se.
No voy a votar, y voy tener que ir para que otros voten, jajajajaja.
Menuda democracia de mierda, ya podrian llamar para preguntarte si te interesa o no.
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LLioncurt escribió:Hombre, qué quieres que te diga, si pagan 50€ a mí me parece una chufa, teniendo en cuenta que vas a estar pringao tol día y toda la tarde, y a saber a qué hora te dejan irte a tu casa.

Yo he estado ya 3 o 4 veces como voluntario representando a un partido político y te digo que si te quedas hasta el final, no te largas hasta 1 hora u hora y media después de que se cierren las urnas. Siempre, siempre, siempre, al recontar, falta un voto. No se cómo pero siempre falta un voto, no falla. Al final se acaba encontrando (se contó mal) o algo así pero lo que es 1 hora entre que votan los vocales, que cuentas los votos, que los recuentas, que acabas el papeleo... y espérate que en la mesa no haya algún gilipollas que se agobia con el ruido de una mosca.

Yo no pienso volver de voluntario, la verdad. Estoy hasta el culo, que pringuen otros. Pero no me importaría mucho ir si me pagan porque al fin y al cabo, te pasas el día charlando y hasta te puedes dar rules por ahí cuando la gente está comiendo y esas cosas.

Y la verdad es que bastantes irregularidades se ven como para encima dejar que los "voluntarios" sean los enviados de los partidos políticos. Entonces sí que no nos íbamos a fiar de los resultados electorales.

Ninguna irregularidad he visto yo de las veces que he ido... aunque habrá de todo, claro.
[]_MoU_[] escribió:pues yo quiero que me toque, y cuanto más pronto mejor, que con 40 años 50 euros no significan nada, pero con 22 me vienen más bién!!


Si te toca no te borran de la lista. Vamos, que con suerte podrás ir a los 22, a los 23, a los 24... [666]
Nac_eol escribió:
Si te toca no te borran de la lista. Vamos, que con suerte podrás ir a los 22, a los 23, a los 24... [666]


Que se lo digan a un amigo mio, que fue cumplir los 18 y en 1 año pringó 2 veces... :Ð
Th3M[o]N escribió:Yo fui de empalmada, era reserva, menos mal que no hice falta, me pude ir a casa a dormir la mona :Ð


Jeje, a mi me paso lo mismo y llegue como dos horas tarde, pero como era suplente y el presidente de la mesa un colega del instituto por casualidad pues no cerro el acta de apertura hasta que llegue... [tadoramo] menos mal....

UN saludo.
Valnir escribió:ahora me ha salido una duda.. basta con ser mayor de edad para que te toque ir a una mesa electoral? sorry por el offtopic [bye]


Creo que también tienes que tener la EGB (o como se llame ahora, yo es que ya soy un poco viejo). Si eres un analfabeto crónico, ya tienes excusa.
Ya que habláis del tema aquí, me gustaría haceros unas preguntas:
¿El que trabaja en estos oficios de recontar votos (es que no sé cómo se llaman exactamente) tiene que hablar? Porque si es así, ¿yo, que soy sordo puedo renunciar a esto, alegando que hablo malamente y no puedo oír?.

Y lo mismo, en el caso de los vocalistas, ¿podría renunciar a esto alegando que soy sordo?
Tr4ncos escribió:Y lo mismo, en el caso de los vocalistas, ¿podría renunciar a esto alegando que soy sordo?


Tr4ncos, vocales en todo caso. Aun no les ha dado porque los componentes de las mesas se dediquen a hacer unos bolos después del recuento, pero todo se andará. :D

A ver que amplio el tema con algo útil.
Según la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, Capítulo III, Sección II, Artículo 27, Parrafo 3:
"
Los designados Presidente y Vocal de las Mesas electorales disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resuelve sin ulterior recurso en el plazo de cinco días y comunica, en su caso, la sustitución producida al primer suplente. En todo caso, se considera causa justificada el concurrir la condición de inelegible de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley."

No he sido capaz de encontrar estos motivos por los que se considera a un candidato como "inelegible", lo siento. Pero vamos, que se puede recurrir el tema en un plazo de siete días y en cinco te han de dar una contestación. Si encuentro los motivos de marras ya te los pasaré.

Por otro lado añado un par de cosillas que se han comentado en el hilo:
"2. El Presidente y los Vocales de cada Mesa son designados por sorteo público entre la totalidad de las personas censadas en la Sección correspondiente, que sean menores de sesenta y cinco años y que sepan leer y escribir. El Presidente deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente."

Sólo el Presidente ha de tener estudios. El resto de la mesa basta con que sepa leer y escribir. Y para el que se lo esté pensando, dudo que no sepan ya como diferenciar a un analfabeto de alguien que no lo es.

Y para los currelas:
"Artículo 28. 1. Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados Presidentes o Vocales de las Mesas Electorales tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si es laboral. En todo caso, tienen derecho a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior."

Al día siguiente no hay que madrugar.

Todo esto y más lo podeis encontrar aquí:
http://www.mir.es/DGPI/Normativa/Normativa_Estatal/Procedimiento_Electoral/lo05-1985.html

Quieeetos parados que he encontrado las causas de ineligibilidad. Artículo 6 en la misma ley:

Artículo 6. 1. Son elegibles los españoles mayores de edad, que poseyendo la cualidad de elector, no se encuentren incursos en alguna de las siguientes causas de inelegibilidad:

a) Los miembros de la Familia Real Española incluídos en el Registro Civil que regula el Real Decreto 2917/1981, de 27 de noviembre, así como sus cónyuges.

b) Los Presidentes del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo, del Consejo de Estado, del Tribunal de Cuentas, y del Consejo a que hace referencia el artículo 131.2 de la Constitución.

c) Los Magistrados del Tribunal Constitucional, los Vocales del Consejo General del Poder Judicial, los Consejeros Permanentes del Consejo de Estado y los Consejeros del Tribunal de Cuentas.

d) El Defensor del Pueblo y sus Adjuntos.

e) El Fiscal General de Estado.

f) Los Subsecretarios, Secretarios generales, Directores generales de los Departamentos Ministeriales y los equiparados a ellos; en particular los Directores de los Departamentos del Gabinete de la Presidencia del Gobierno y los Directores de los Gabinetes de los Ministros y de los Secretarios de Estado.

g) Los Jefes de Misión acreditados, con carácter de residentes, ante un Estado extranjero u organismo internacional.

h) Los Magistrados, Jueces y Fiscales que se hallen en situación de activo.

i) Los militares profesionales y de complemento y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía, en activo.

j) Los Presidentes, Vocales y Secretarios de las Juntas Electorales.

k) Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, los Gobernadores y Subgobernadores Civiles y las autoridades similares con distinta competencia territorial.

l) El Director general de RTVE y los Directores de las Sociedades de este Ente Público.

m) Los Presidentes, Directores y cargos asimilados de las entidades estatales autónomas con competencia en todo el territorio nacional, así como los Delegados del Gobierno en las mismas.

n) Los Presidentes y Directores generales de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social con competencia en todo el territorio nacional.

ñ) El Director de la Oficina del Censo Electoral.

o) El Gobernador y Subgobernador del Banco de España y los Presidentes y Directores del Instituto de Crédito Oficial y de las demás entidades oficiales de crédito.

p) El Presidente, los Consejeros y el Secretario General del Consejo General de Seguridad Nuclear.


Que majos ellos. Como se han guardado todos de no pringar. "Eh! Eh! Vigila que yo no quiero pringar! Apúntame a mi cuñado también".

Sigo:
2. Son inelegibles: (modificado por la Ley Orgánica 1/2003, de 10 de marzo)

a) Los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena.

b) Los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo en los términos previstos en la legislación penal.

3. Durante su mandato no serán elegibles por las circunscripciones electorales comprendidas en todo o en parte en el ámbito territorial de su jurisdicción:

a) Quien ejerza la función de mayor nivel de cada Ministerio en las distintas demarcaciones territoriales de ámbito inferior al estatal.

b) Los Presidentes, Directores y cargos asimilados de Entidades Autónomas de competencia territorial limitada, así como los Delegados del Gobierno en las mismas.

c) Los Delegados territoriales de RTVE y los Directores de las Entidades de Radiotelevisión dependientes de las Comunidades Autónomas.

d) Los Presidentes y Directores de los órganos periféricos de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social.

e) Los Secretarios generales de las Delegaciones del Gobierno y de los Gobiernos Civiles.

f) Los Delegados provinciales de la oficina del Censo Electoral.

Artículo 7. 1. La calificación de inelegible procederá respecto de quienes incurran en alguna de las causas mencionadas en el artículo anterior, el mismo día de la presentación de su candidatura, o en cualquier momento posterior hasta la celebración de las elecciones.

2. No obstante lo dispuesto en el párrafo primero del artículo anterior, los que aspiren a ser proclamados candidatos y no figuren incluidos en las listas del censo electoral, podrán serlo, siempre que con la solicitud acrediten de modo fehaciente que reúnen todas las condiciones exigidas para ello.

3. Los Magistrados, Jueces y Fiscales, así como los militares profesionales y de complemento y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policías, en activo, que deseen presentarse a las elecciones, deberán solicitar el pase a la situación administrativa que corresponda.

4. Los Magistrados, Jueces, Fiscales, miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policías en activo tendrán derecho, en todo caso, a reserva de puesto o plaza y de destino, en las condiciones que determinen las normas específicas de aplicación. De ser elegidos, la situación administrativa que les corresponda podrá mantenerse, a voluntad de los interesados, una vez terminado su mandato, hasta la constitución de la nueva Asamblea parlamentaria o Corporación Local.


O sea, como puedes ver en ley no hay nada que implique que la sordera sea causa de "ilegibilidad" (me ha mola'o el palabro). Tendrías que confiar en la buena voluntad de la Junta Electoral.
bartews3 está baneado por "Clones"
Nac_eol escribió:Tendrías que confiar en la buena voluntad de la Junta Electoral.

Los de la Junta electoral pueden ser unos perras de mucho cuidado como se pongan en plan estricto... que cuando fue el referendum por la constitución europea a una de las vocales se le murió no se que familiar a las 2 horas de comenzar la sesión y los de la junta le decían (por telefono) que no podía irse o le metían una multa o que se yo y no me acuerdo por qué, no contactaban con la suplente para avisarla. Al final entre todos los que había en la sala convencieron a la tía para que se fuera (claro, a la tía le daba miedo las represalias por irse) y que le dieran por saco a la junta electora y luego pues si que se pudo contactar con la suplente. Pero vamos, que vaya tela...
i) Los militares profesionales y de complemento y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía, en activo.


¡JA!
A mí me sigue quedando la duda de qué pasa si el mismo día de las elecciones surge algún problema, como enfermedad, y no te puedes presentar.

O qué pasa si estás en el extranjero, ya sea trabajando o por estudios.
Heku escribió:Sólo un detalle, si la carta era certificada no hay remedio, pero si era por correo convencional (que lo dudo, pero bueno) pues no tuvo por qué recibirla...

A mí vino un policía personalmente a dármela (imaginaos el susto, menos mal que me dijo a qué venía, porque verte un policía en tu puerta nunca es porque te ha tocado la lotería), así que dudo mucho que se lo notificaran por correo ordinaro.

En cuanto a las irregularidades, de entrada puedo decir que los interventores eran unos mangoneadores de mucho cuidado. En teoría ellos no pueden tocar los votos, los votos los cuenta el presidente. Pero en mi mesa querían acabar pronto, así que todo el mundo se puso a contar. Hasta ahí vale, pero me puse en plan serio y pedí un recuento, les dije que quería revisar que todos los votos del montón del PSOE eran efectivamente del PSOE, y los del PP eran del PP. Así que le di el montón del PSOE a la interventora del PP y viceversa, para que no se "traspapelara" ninguno.

Pero si yo me hubiera puesto en plan pasota, allí cuelan el recuento que les hubiera dado la gana, porque lo hacen todo deprisa en plan prestidigitador. Ah, y conforme iban contando los votos querían tirarlos a la basura, y yo les dije que nones, que si luego faltaba uno iba a ser más complicado recontarlos.

Vaya, que quiero pensar que eran unos chapuceros, pero desde luego me pareció un proceso que es fácilmente manipulable si los que están allí fueran voluntarios de partidos políticos.
LadyStarlight escribió:A mí me sigue quedando la duda de qué pasa si el mismo día de las elecciones surge algún problema, como enfermedad, y no te puedes presentar.


Según dice:
4. La Junta designa, en tal caso, libremente, a las personas que habrán de constituir la Mesa Electoral, pudiendo incluso ordenar que forme parte de ella alguno de los electores que se encuentre presente en el local. En todo caso, la Junta informa al Ministerio Fiscal de lo sucedido para el esclarecimiento de la posible responsabilidad penal de los miembros de la Mesa o de sus suplentes que no comparecieron.


Por lo que supongo que en caso de enfermedad un médico forense tendrá que certificar la incapacidad para acudir. Y en todo caso será el fiscal o el juez quien decidirá si el motivo para faltar era jusitficado. Esto son suposiciones mías, pero tampoco he encontrado nada específico.

LadyStarlight escribió:O qué pasa si estás en el extranjero, ya sea trabajando o por estudios.


Si marchas al extranjero tienes que dar parte al consulado en cuestión.Enlace original

INSCRÍBASE EN EL CONSULADO si su estancia, aunque temporal, se prolongará durante algún tiempo, para poder ser localizado en caso de urgencia y facilitar la asistencia consular.
(...)
Españoles residentes en el extranjero

Los españoles que residen de forma permanente en el extranjero deben inscribirse en el Registro de Matrícula de residentes del Consulado de la demarcación consular en que se encuentren. Esta inscripción supone también la inscripción de los mayores de edad en el CERA, que es el censo de los españoles residentes en el extranjero, lo que les permitirá participar en todas las elecciones que se celebran en España.

Para los españoles residentes en el extranjero, tanto el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a través de sus Consejerías en el extranjero, como el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de los Consulados, tienen distintos programas de ayudas de las que le informarán en cuanto a requisitos y modalidades en las respectivas oficinas.

Los españoles que, además de nuestra nacionalidad, ostentan la del país en el extranjero donde residen, deben tener en cuenta que el Consulado de España puede estar limitado en cuanto a realizar determinadas actuaciones de protección ante las autoridades locales, por considerarles éstas no como extranjeros sino como ciudadanos del país.


Ellos ya cuentan con que no estás en el lugar donde se realiza el sorteo y ya se entra en la consideración de quien entra en sorteo:
2. El Presidente y los Vocales de cada Mesa son designados por sorteo público entre la totalidad de las personas censadas en la Sección correspondiente, que sean menores de sesenta y cinco años y que sepan leer y escribir. El Presidente deberá tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente.


O sea que si alguien marcha de Erasmus o a trabajar se puede encontrar con un problema si no cumple el trámite de advertir al consulado correspondiente.
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