@ Sr.Rubio si vas a abandonar la empresa actual, yo pediría por escrito la cantidad que te adeudan, de hacer caso omiso, vete a tu sindicato si es que estas afiliado a alguno (cosa que siempre recomiendo aunque sean unos manguis también, pero para estos menesteres bien vienen) y que te muevan la reclamación de cantidades, ojo que sólo podrás reclamar lo del un año atrás desde que realizas la reclamación, el resto prescribe, por eso suelen callar las muy marranas, jajajaja, saludos y palante, que tengas suerte.
PD, y si, puedes reclamar aunque hayas pasado posteriormente por otras siete empresas, siempre y cuando el tiempo no haya prescrito la deuda, la clave es el tiempo que transcurre.