Incluso en plena conduccion? colgado,digo
Entendiendo que una lona colgada formaría parte de la carga del vehículo, no hay problema siempre que se cumplan las normas fijadas en el artículo 14 del Real Decreto 1428/2003, pego aquí el contenido del mismo:
Artículo 14. Disposición de la carga.
1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:
Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.
Comprometer la estabilidad del vehículo.
Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.