dogma95 escribió:Se agarran a un clavo ardiendo con tal de retirar ayudas y penalizar, ocurre en todas las instituciones del estado.
minmaster escribió:dogma95 escribió:Se agarran a un clavo ardiendo con tal de retirar ayudas y penalizar, ocurre en todas las instituciones del estado.
Solo si eres currito, si eres una empresa grande te dan ayudas millonarias que luego no devuelves.
Esta es la política del PP, perseguir al parado, regalar millonadas a bancos y amiguitos.
dogma95 escribió:Solo esquilman al débil, mientras tanto nos toca mantener a todos los parásitos de este país, a esos no les tocan los privilegios.
Significa “estar parado”. La ley solo permite pedir el paro en situaciones muy concretas. Hay que encontrarse sin trabajo por alguna de estas razones: un despido (individual o colectivo), fin de un contrato temporal o en periodo de pruebas, suspensión temporal de empleo o reducción de la jornada en un expediente de regulación de empleo (ERE), por la muerte, jubilación o incapacidad del empresario, o incapacidad permanente total del trabajador para la profesión habitual.
Por ello, no están en situación legal de desempleo y por lo tanto no pueden solicitar esta primera modalidad (la prestación contributiva) ni los estudiantes que nunca han trabajado, ni el que se marcha de la empresa pidiendo una baja voluntaria, ni un ama de casa, ni un trabajador autónomo, ni quien trabaja sin contrato.
minmaster escribió:dogma95 escribió:Se agarran a un clavo ardiendo con tal de retirar ayudas y penalizar, ocurre en todas las instituciones del estado.
Solo si eres currito, si eres una empresa grande te dan ayudas millonarias que luego no devuelves.
Esta es la política del PP, perseguir al parado, regalar millonadas a bancos y amiguitos.
). En un momento dado la sobrina coge una caja de zapatos que se estaba probando y entra en el almacen, con tan mala suerte que justo entra un inspector de trabajo. Para hacerlo corto, le abren expediente a las dos. Una por trabajar cobrando del paro y a la otra por tener trabajadoras sin contrato (suspensión y devolución de la prestación y multa de 6000€ respectivamente). Tras protestar, presentar pruebas de ser "famiia" y mover mucho, consiguen que le quiten la multa y que la chavala no devuelva la prestación cobrada...pero la del mes en curso y sucesivos ni olerla. De suerte que le quedaban ya dias por cobrar y se le acababa.Z_Type escribió:Es como decis: debes 500 € eres un puto delincuente. Robas 4 millones y una palmadita en la espalda.
GXY escribió:esos dos casos no tienen ni pies ni cabeza (que no digo que no sean ciertos, sino que la administracion es un puro cachondeo).
suskie escribió:No me creo esta notícia ni harto de vino, a no ser que la "obra" en la que estaba ayudando a su yerno sea una promoción urbanística o un bloque de viviendas enterito.
Conozco muy bien como se mueven los inspectores de trabajo, sus jornadas, donde van de visita y donde no van y los dias que van. Y os aseguro que un inspector de trabajo no va a visitar una obra que esté haciendo un particular ni que lo lleven arrastrando.
Zokormazo escribió:suskie escribió:No me creo esta notícia ni harto de vino, a no ser que la "obra" en la que estaba ayudando a su yerno sea una promoción urbanística o un bloque de viviendas enterito.
Conozco muy bien como se mueven los inspectores de trabajo, sus jornadas, donde van de visita y donde no van y los dias que van. Y os aseguro que un inspector de trabajo no va a visitar una obra que esté haciendo un particular ni que lo lleven arrastrando.
+1.
Voto mas por ser un caso de economia sumergida que le han pillado y llora que lo que dice la noticia en si.
Pero bueno, no tenemos pruebas con la poca informacion que tenemos.
seaman escribió:
Que hijo puta el tío, cobrando 400 euros y cobrando quien sabe si 200 euros más en negro para poder comer y subsistir.
A la cárcel hombre.
Zokormazo escribió:suskie escribió:No me creo esta notícia ni harto de vino, a no ser que la "obra" en la que estaba ayudando a su yerno sea una promoción urbanística o un bloque de viviendas enterito.
Conozco muy bien como se mueven los inspectores de trabajo, sus jornadas, donde van de visita y donde no van y los dias que van. Y os aseguro que un inspector de trabajo no va a visitar una obra que esté haciendo un particular ni que lo lleven arrastrando.
+1.
Voto mas por ser un caso de economia sumergida que le han pillado y llora que lo que dice la noticia en si.
Pero bueno, no tenemos pruebas con la poca informacion que tenemos.
pitt escribió:Entonces si tengo 2 hijos estoy cobrando una ayuda de 400 euros y ningun "EMPRESARIO" me da trabajo ,a menos que sea sin asegurar , deberia de conformarme y vivir con 400 euros yo , mi mujer y mis 2 hijos?
O quizas denunciar al empresario con lo cual asi el ministerio de trabajo podria cobrarle una buena multa aunque el que yo me quede sin trabajo y sin cobrar les traiga sin cuidado ?
Vaya ascazo mas grande que me esta dando todo ya....
Gurlukovich escribió:pitt escribió:Entonces si tengo 2 hijos estoy cobrando una ayuda de 400 euros y ningun "EMPRESARIO" me da trabajo ,a menos que sea sin asegurar , deberia de conformarme y vivir con 400 euros yo , mi mujer y mis 2 hijos?
O quizas denunciar al empresario con lo cual asi el ministerio de trabajo podria cobrarle una buena multa aunque el que yo me quede sin trabajo y sin cobrar les traiga sin cuidado ?
Vaya ascazo mas grande que me esta dando todo ya....
Es exactamente lo que la ley dice que has de hacer, si cobras esa paga no puedes trabajar porque es una ayuda para gente sin trabajo. Idiota lex sed lex.
Zokormazo escribió:Gurlukovich escribió:pitt escribió:Entonces si tengo 2 hijos estoy cobrando una ayuda de 400 euros y ningun "EMPRESARIO" me da trabajo ,a menos que sea sin asegurar , deberia de conformarme y vivir con 400 euros yo , mi mujer y mis 2 hijos?
O quizas denunciar al empresario con lo cual asi el ministerio de trabajo podria cobrarle una buena multa aunque el que yo me quede sin trabajo y sin cobrar les traiga sin cuidado ?
Vaya ascazo mas grande que me esta dando todo ya....
Es exactamente lo que la ley dice que has de hacer, si cobras esa paga no puedes trabajar porque es una ayuda para gente sin trabajo. Idiota lex sed lex.
Bueno, algo algo puedes cobrar y seguir cobrando las prestaciones. El umbral suele ser porcentual del SMI. Si no llegas al 50% del SMI puedes cobrar y cosas por el estilo. Habria que mirar las condiciones exactas de la prestacion.
Ademas no suele ser el unico requisito. Tampoco puedes tener patrimonio por encima de X cantidad (exceptuando la vivienda habitual y sus anejos, garage etc).
En cuanto a la denuncia, cuidado porque es un arma de doble filo. Por un lado esta el tema de como demuestras que estas trabajando en negro para el a no ser que que te pillen in fraganti. Y por otro, al igual que el esta incurriendo en fraude por no tenerte en alta, tu estarias incurriendo en un fraude a la prestacion, lo cual es delito sea la cantidad que sea y para empezar te cancelarian la prestacion al igual que al señor de la noticia.
Zokormazo escribió:Lo demuestras si estas tu alli claro, porque si van y tu no estas porque no quieres perder la prestacion... Por eso decia que o te pillan infraganti o como demuestras, y que si te pillan infraganti es un arma de doble filo, ya que quien incurre en delito si o si es quien defrauda a la prestacion. El empresario falta administrativa y multa, a no ser que llegue a defraudar 100000 € (creo que eran) no es delito por su parte.
suskie escribió:Zokormazo escribió:Lo demuestras si estas tu alli claro, porque si van y tu no estas porque no quieres perder la prestacion... Por eso decia que o te pillan infraganti o como demuestras, y que si te pillan infraganti es un arma de doble filo, ya que quien incurre en delito si o si es quien defrauda a la prestacion. El empresario falta administrativa y multa, a no ser que llegue a defraudar 100000 € (creo que eran) no es delito por su parte.
La sanción para el desempleado no es la pérdida de la prestación, sinó la extinción de la prestación. Eso siginifica que ha de devolverla íntegramente desde el principio, no desde que le pillan trabajando en negro.
Delito de fraude de prestaciones de la Seguridad Social
Por primera vez, se tipifican de forma específica los fraudes cometidos para la obtención de prestaciones de Seguridad Social (jubilación, maternidad, incapacidad temporal), que en los casos de fraudes de menos de 50.000 euros pueden ser castigados con penas de seis meses a tres años de cárcel.
Con la idea de castigar especialmente a las empresas ficticias creadas específicamente para obtener o facilitar estas prestaciones, se crea un tipo agravado de delito cuando el fraude supera los 50.000 euros. Las penas en estos casos oscilan entre los 2 y los 6 años de prisión y multa.