Si la placa ponía 80, es lo que hay. Que vayas por la izquierda en autovía sin adelantar es una infracción más (alegar eso es doblemente absurdo), y lo de adelantar no sirve, el límite es de 120.
Si hubieses ido a 88, 90, incluso 100, vale, pero a 115 poco puedes decir.
Te recomiendo el pronto pago, por mucho que te digan que puedes recurrir porque posiblemente el que instaló el radar llevaba una gorra de color rojo en día impar y su tío segundo escribe con la zurda... pero hablar es gratis y luego, y mas siendo DGT, toca pagar.
Lo de que si pagas antes no puede recurrir, es cierto, es una extorsión, pero quiere decir que finaliza la vía administrativa, es decir, no puedes recurrir a la DGT, pero si podrías a un juzgado (cosa menos recomendable aún, pero poder puedes)