Notificación de diligencia de embargo de bienes inmuebles

Soy uno de los 4 co-propietarios (3 hermanos y padre) de una vivienda que heredamos por la muerte de nuestra madre. Cada uno de los hijos dispone del 16% de la vivienda y el padre, el 50%. Nadie vive en esa vivienda salvo el hijo menor que no quiere vender porque entonces se queda sin lugar para vivir y prefiere vivir gratis y gastarse el dinero de su trabajo en alcohol y las drogas pertinentes que sea.

El caso es que los demás propietarios de esa vivienda hemos recibido una notificación de Hacienda donde se declaran embargados los bienes inmuebles correspondientes (en este caso, el piso) por no haber pagado en su momento una determinada deuda a nombre del hijo que vive en ese piso. Los demás hermanos no podemos ver la cantidad que es o de dónde sale ya que la notificación simplemente avisa de que "por una deuda se ha embargado el inmueble" (O sea, que ya ha tenido lugar).

Nos hemos puesto en contacto con el hermano responsable y se limita a mentir y a decir que no sabe de qué es. Yo sé que sí ha tenido deudas importantes con el banco pero simplemente responde que no sabe de qué es y que no ha recibido nunca ninguna carta. Lo que quiere decir que él no va a mover un dedo por nada, aún sabiendo desde hace años que tiene esa deuda o deudas.

Está claro que tiene una deuda y no ha querido pagarla, pero a mí no me da Hacienda ni información de la cantidad ni nada por si yo quisiera pagar esa deuda. Entonces estoy en una situación en la que, como el deudor no quiere hacer absolutamente nada, yo tampoco puedo hacer nada.

Hago tres preguntas aunque en parte es desahogo:

Hasta qué punto soy responsable de su deuda?
Hacienda embarga el piso entero o sólo su parte?
Si es sólo su parte, nos puede obligar a vender?

Saludos y perdón por el tocho
Solo pueden embargar su parte, la vuestra no, pero para vosotros casi mejor, si le embargan su parte tarde o temprano saldrá a subasta pública, la comprais vosotros y le podéis echar de casa
El embargo posiblemente se habrá anotado en el registro de la propiedad. Consultad el registro.
kitinota escribió:Solo pueden embargar su parte, la vuestra no,


veo que esto esta puesto y me voy.
@Kitinota @GXY

Entendido, embargan su parte, la nuestra no. Pero eso qué consecuencias tiene? Puede el nuevo propietario de ese 16% (Sea Hacienda o un banco) poner el piso entero en venta o subasta sin el consentimiento de los demás propietarios? Eso sí, yo no quiero el piso. Yo quiero que se venda como sea y hasta luego brother.

Si el piso sale a subasta, no lo voy a pagar para tener un ocupa en casa y que ese ocupa vea como sus actos (en este caso bastante graves) no tienen consecuencias. Él no se va a ir del piso hasta que le echen físicamente y lo negará todo siempre. Será la víctima.


@Quintiliano Gracias, me voy a informar.
@Patataslongui

A ver….si le embargan su parte, con ese 16% no se puede hacer nada, así que tranquilos….como te digo lo más probable es que lo embargue hacienda, y que o salga a subasta u os lo afrezcan a vosotros.

Nadie con un 16% de una propiedad puede hacer nada si los demás propietarios no están de acuerdo, así que por esa parte tranquilo, eso si, no esperéis echar a tu hermano de un día para otro, todo este proceso se puede dilatar años….
@kitinota Gracias por tu info.

Edito para preguntar.. cuando dices que lo más seguro es que salga a subasta, te refieres al 16% del inmueble?

Yo lo que quiero es vender el piso. Si esto provoca vender el piso de una vez (aunque sea perdiendo mucho dinero) pues que así sea mientras eso haga que no tenga nada que ver con él.

Entiendo que esto puede ser incluso algo bueno si así es más fácil vender la vivienda. El deudor nunca habría firmado la venta del piso voluntariamente ni pagarnos a los demás nuestra parte (por poco que le hubieramos pedido). Lo que ha venido suponiendo un doble inconveniente: que me quedaba sin mi parte del piso y además seguía siendo responsable de los pagos de comunidad, IBI o cualquier cosa legal que pueda pasar en ese domicilio.
Patataslongui escribió:@kitinota Gracias por tu info.

Edito para preguntar.. cuando dices que lo más seguro es que salga a subasta, te refieres al 16% del inmueble?

Claro, me refiero a su parte, el resto del piso es vuestro y ahí nadie, hi hacienda, puede hacer nada.
Si a tú hermano le embargan su parte y sale a subasta, solo será su parte, ese 16%, y nadie va estar tan loco de comprar un 16% de un piso que no es suyo, así que lo mejor sería que compraseis vosotros esa parte y después hacer con el piso lo que os dé la gana.
Pero como te comento todo este proceso no es rápido, si estáis mal con tu hermano pueden pasar años hasta que todo esto se solucione
¿El karma está poniendo las cosas en su sitio?.

[flipa]

Me alegro por ti.
Patataslongui escribió:Entendido, embargan su parte, la nuestra no. Pero eso qué consecuencias tiene? Puede el nuevo propietario de ese 16% (Sea Hacienda o un banco) poner el piso entero en venta o subasta sin el consentimiento de los demás propietarios? Eso sí, yo no quiero el piso. Yo quiero que se venda como sea y hasta luego brother.

Si el piso sale a subasta, no lo voy a pagar para tener un ocupa en casa y que ese ocupa vea como sus actos (en este caso bastante graves) no tienen consecuencias. Él no se va a ir del piso hasta que le echen físicamente y lo negará todo siempre. Será la víctima.


el nuevo propietario puede poner en venta o subasta su parte. al final siempre se va a encontrar a ustedes el resto de propietarios delante.

el tema cuando se empezara a poner "interesante" sera cuando tu padre fallezca y entonces los hermanos heredeis el otro 50% del inmueble. entonces vais a tener cada uno un 33%, excepto el de la deuda... que puede que le embarguen el 1/6 de piso del fallecimiento del padre para pagar la deuda por la cual le embargan el 1/6 que ya tenia. (depende de la deuda).

no se hasta que punto podeis estar al corriente de esa deuda si el deudor no os pone al corriente. lo que si que te digo es que si no tiene oficio ni beneficio como para pagar y menos aun como para resolver la deuda pues tampoco lo va a tener para conservar su parte del piso.

y si, obviamente, si no tiene otro sitio a donde ir se va a agarrar ahi, y tiene todas las de ganar mientras ninguno de los demas propietarios quiera (mas bien necesite) el inmueble, o no se venda y en consecuencia lo vaya a ocupar y utilizar otra persona.

hablando de eso, tu quieres vender. y tu otro hermano que opina? quiere vender, en un futuro quiere el piso, o que?

porque si los dos (o los tres, contando padre) quereis vender pues lo suyo es que vendais, pero ya os aviso que vender un piso con esa carga es una faena, porque salvo que el ratio prestaciones/precio sea cojonudo o por situacion le vaya muy muy bien al adquirente, coger un piso donde hay un embargo colgado asi, es un marronaco.

de hecho la salida en caso de venta es que con el dinero de la venta pagueis vosotros la deuda, o parte del inmueble que haya adquirido un tercero. o bien al reves, adquiris la parte del inmueble que haya adquirido un tercero y luego vendeis, que es lo que indica @kitinota

yo conozco casos de estos que 2 decadas despues el piso seguia sin vender y el hermano que no queria vender seguia en el piso. [angelito]
@GXY Creo que el deudor tiene las de ganar porque su esfuerzo siempre ha sido cero. Con alargar su estancia ahí dentro, tan contento.

Yo y mi otro hermano pensamos igual (salir de la escritura de la vivienda como sea sin perjudicar a nuestro padre). Nuestro padre de momento no sabe nada hasta que no lo aclaremos porque ningún hermano tiene claro qué va a pasar. Tenemos que tener muy claro qué decirle a nuestro padre para que no le dé un disgusto que ya es mayor, y como poco lo va a pasar muy mal con el asunto. Si le menciono la palabra "embargo" se muere. La notificación no la va a recibir él en su vivienda, la recibirá o ha recibido en la vivienda donde está el deudor. Si la recibiera él ya le habría llamado para tranquilizarle.

Ni padre ni nadie más necesita ese piso. Es una carga desde hace más de 10 años. Los demás hermanos lo habríamos vendido hace tiempo. Nuestro padre no sé si querría firmar la venta, por no dejarle en la calle o que fuera a su casa a vivir con él. Vive en una segunda vivienda en otra comunidad.

Cuando nuestro padre fallezca, intentaré o bien rechazar mi parte o venderlo como parte de proindiviso (algo que ahora me estoy dando cuenta que existe).

Gracias por vuestros aportes.
entonces no hagais venta hasta que vuestro padre fallezca, o gestionar con el que os de poderes al respecto, pero vamos, no creo que haya mucha prisa.

pero tened en cuenta que el deudor va a heredar otro 1/6 (1/3 de 50%) del piso igual que los otros dos herederos, y eso complicara aun mas cualquier operacion con el piso.

vender tu parte... si, claro, lo puedes hacer. si encuentras alguien dispuesto a comprar 1/3 de un piso con carga / embargo...
GXY escribió:entonces no hagais venta hasta que vuestro padre fallezca, o gestionar con el que os de poderes al respecto, pero vamos, no creo que haya mucha prisa.

pero tened en cuenta que el deudor va a heredar otro 1/6 (1/3 de 50%) del piso igual que los otros dos herederos, y eso complicara aun mas cualquier operacion con el piso.

vender tu parte... si, claro, lo puedes hacer. si encuentras alguien dispuesto a comprar 1/3 de un piso con carga / embargo...


Esto no tiene porque ser así, si por ejemplo la parte del hermano sale a subasta después de haber sido embargada y la compran ellos, ya pueden vender el piso, y si su padre se gasta el dinero o hace con él lo que quiera el otro hermano no hereda nada.
El problema es que hay tantas posibilidades….que es difícil saber qué puede pasar
La opción de @kitinota es la más viable. Vender antes de que herede otro 1/6 cuando fallezca el padre.
Ahora mismo una posibilidad es, si todo esto se va aclarando, vender el piso como dice @kitinota, al no necesitar la firma de mi hermano y antes de que fallezca mi padre para que no herede otro 1/6 del piso y volvamos a la casilla de salida.

Dependería en parte de que quisiera firmar mi padre la venta.
kitinota escribió:Esto no tiene porque ser así, si por ejemplo la parte del hermano sale a subasta después de haber sido embargada y la compran ellos, ya pueden vender el piso, y si su padre se gasta el dinero o hace con él lo que quiera el otro hermano no hereda nada.
El problema es que hay tantas posibilidades….que es difícil saber qué puede pasar


puestos a eso es mucho mas probable negociar y alcanzar un acuerdo con el hermano antes de subasta y de que se meta otro por medio con mas dinero.

por poner un posible caso.
GXY escribió:
kitinota escribió:Esto no tiene porque ser así, si por ejemplo la parte del hermano sale a subasta después de haber sido embargada y la compran ellos, ya pueden vender el piso, y si su padre se gasta el dinero o hace con él lo que quiera el otro hermano no hereda nada.
El problema es que hay tantas posibilidades….que es difícil saber qué puede pasar


puestos a eso es mucho mas probable negociar y alcanzar un acuerdo con el hermano antes de subasta y de que se meta otro por medio con mas dinero.

por poner un posible caso.


El deudor no va a hacer nada. Yo le he propuesto alternativas a lo largo de años y no ha querido escucharme. Como pagar mensualmente algo tipo alquiler pero quedándose el piso llegado a una cantidad bastante más baja que la de mercado. Deja de escuchar al oír que nosotros queremos dinero de él o que se encargue de las facturas. "No haberte ido" (emanciparme) o "puedes volver cuando quieras" ha dicho alguna vez.
si vendeis por un X tal que el no tenga que aportar nada e incluso le caigan un par de miles a lo mejor es mas receptivo. [angelito]

(contando con que dicho X sea suficiente para saldar la deuda y comprar su otra posible 1/6 parte)

como ya dije al principio del hilo enrocandose tiene todas las de ganar si es la unica vivienda de la que dispone. y si ha tenido la precaucion de empadronarse en ella, mas aun.
En el caso de que vuestro padre fallezca antes de que se pueda vender por via normal, hay empresas que se dedican a comprar % de viviendas y que fuerzan a los otro propietarios (estén o no viviendo en el piso) a venderles su parte por un precio por debajo de mercado, siempre y cuando la operación total resulte a beneficio.

Ya se encargan ellos de hacerle la vida imposible con triquiñuelas legales y demás, hasta que consiguen su objetivo.

Es decir que si compráis el 16 y pico % de el embargo, tendréis entre los 2 hermanos, el 50% y luego otro 32% más al fallecer.

Vuestro hermano deudor tendrá que luchar con el 16% vs el 84% y si vendéis ese porcentaje tan alto a buen precio a una empresa de estas, en 1 mes tenéis el problema resuelto y a vuestro hermano en la calle.


Sé perfectamente lo que es tener un familiar garrapata y os compadezco, de verdad.
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