Buenas.
Trabajo en una empresa de limpieza a 4 horas al día 5 días = 20 horas a la semana.
Este mes me empezarán a aplicar una renteción del 4% de IRPF. ¿Por qué no me lo aplicaban hasta entonces?, fácil, porque según ellos:
"Es ilegal aplicar un porcentaje de retención a alguien que tenga un contrato a tiempo parcial"El día 1/3/2012 cogí una baja por CC y me dieron el alta el día 29/3/2012. Vamos,
29 días EXACTOS.Cito literalmente de mi convenio colectivo aun vigente antes de que la empresa se descuelgue del mismo:
Artículo 24. Incapacidad temporal.
(...)
3. En los supuestos de IT derivada de contingencias comunes se completará hasta el cien por cien de la retribución que por todos los conceptos salariales, excluido el Plus de Festivos y el Plus de Transporte, viniese percibiendo el trabajador. El complemento se abonará a partir del día 15 de baja y hasta los 18 meses.
Mi salario es:
SB - 423,49 (percepciones salariales)
Plus. tte. - 17,52 (percepciones NO salariales)
Neto - 406,89 € (ahora faltará la de este mes donde me aplicarán el 4% de IRPF)Y aparte me apartan en la paga extra (prorrateo) 105,87 €
Así que cobré durante los meses anteriores:
Nómina marzo:
332,49Nómina abril:
392,19Como resulta que ellos hacen las nóminas del 26 del mes anterior hasta el 25 del mes siguiente, pues tienen "descuadre", con lo cual
en las nóminas que me han entregado, aunque esté prorrateado (las sumas DAN EXACTAMENTE LO MISMO) me sale así:
Nómina marzo: 317,79
Nómina abril: 406,89
724,68
Sé que en las bajas por CC es así el cálculo:
De los días 1 al 3 - Nada
De los días 4 al 15 - 60% de la BR y lo paga la empresa.
De los días 16 al 20 - 60 de la BR y lo paga la SS
De los días 21 en adelante - 75% de la BR y lo paga la SS
Fuí a reclamar la cantidad pendiente cuya cantidad ascendió a 89,10 euros (74,40 euros que corresponderían a la nómina del mes de marzo y 14,70 corresponderían a la nómina del mes de abril) y me respondieron que APLICAN EL ARTÍCULO CORRESPONDIENTE DE FORMA CORRECTA.
RESUMIENDO: Que no solicité la cantidad correcta correspondienteAsí que os pediría el favor de a ver cual sería la cantidad que tendría que RECLAMAR de forma correcta porque aplicando el principio del convenio,
a mí me corresponde como compensación 14 días (día 15 de baja hasta el día 29)
y no como lo había entendido yo que me creía que tenía que estar de baja 15 días mínimo para poder cobrar el 100% de mi salario.
Si tenéis dudas, preguntad, sé que es lío pero lo he expuesto de la manera MÁS RESUMIDA Y CLARA POSIBLE.
Yo ya he hecho muchas cuentas y tengo la cabeza hecha un lío, no sé si calcularlo sobre el bruto o el neto, si incluyo el plus de transporte o no...
Muchas gracias.