Bheisdak escribió: He leido que hay gente que les han multado por llevar navajas de menos de 11 centimetros (sin ser las multiusos).
suskie escribió:Bheisdak escribió: He leido que hay gente que les han multado por llevar navajas de menos de 11 centimetros (sin ser las multiusos).
Hombre... 11 cm es más que suficiente para degollar-destripar a cualquiera o clavársela en el corazón
medran_27 escribió:En la guantera de 7 cm 300 pavos, así de claro, eso le ha pasado a mi padre. No se como será si la llevas en el maletero.
amchacon escribió:medran_27 escribió:En la guantera de 7 cm 300 pavos, así de claro, eso le ha pasado a mi padre. No se como será si la llevas en el maletero.
Las navajas con filo inferior a 11 cm son ilegales...
jorcoval escribió:amchacon escribió:medran_27 escribió:En la guantera de 7 cm 300 pavos, así de claro, eso le ha pasado a mi padre. No se como será si la llevas en el maletero.
Las navajas con filo inferior a 11 cm son ilegales...
Dirás que son legales...
dichas navajas se pueden intervenir aún siendo legales y en teoría no llevan sanción ( la mera intervención, salvo que vaya otra conducta asociada a esa tenencia ) y en teoría se puede recuperar . Recuerdo un caso de un bate de base-ball que intervine y luego fue devuelto sin ninguna sanción ( aunque aquellos lo llevaban en el portabultos no para hacer deporte precisamente )
Señor Ventura escribió:¿Un destornillador tambien podría ser equisado?
Parece una bobería de pregunta, pero son cosas que puede llevar uno en el maletero perfectamente, y si por cosas muy mínimas te pueden sancionar, no se yo que pasaría con esto.
Señor Ventura escribió:¿Un destornillador tambien podría ser equisado?
Parece una bobería de pregunta, pero son cosas que puede llevar uno en el maletero perfectamente, y si por cosas muy mínimas te pueden sancionar, no se yo que pasaría con esto.
1.- Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:
a) Las armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización de modelo o prototipo.
b) Las armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.
c) Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.
d) Las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
e) Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
f) Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
g) Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
h) Las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los munchacos y xiriquetes, así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.
También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo.
Artículo 18.
[b]Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación.]Podrán proceder a la ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas
Akiles_X escribió:Leyendo el hilo de foropolica me ha entrado la duda, un puñal de submarinismo te lo requisarian? Obviamente si va suelto casi seguro, pero si va en su funda y con el resto del equipo de buceo?

eduy1985 escribió:...
Inferior a 11 cm de hoja y un solo filo, no deberia de ser un problema (no es ilegal).
BeRReKà escribió:Akiles_X escribió:Leyendo el hilo de foropolica me ha entrado la duda, un puñal de submarinismo te lo requisarian? Obviamente si va suelto casi seguro, pero si va en su funda y con el resto del equipo de buceo?
Depende de quien te lo vea y como te interprete, si el puñal tiene filo por los dos lados sí te lo deberian de requisar porqué tecnicamente es un arma prohibida, pero tambien pueden hacer la vista gorda si pareces majo y va con todo el equipo de buceo, los policias tambien son personas.
BeRReKà escribió:Yo si voy con todo el equipo de buceo no me preocuparia Akiles_X, me preocuparia si me paran de noche en una zona de ocio, y en el maletero está el puñal y nada más, eso sí me rallaria, pero de día y con todo, a menos que te pongas a vacilar al policia, dudo muchisimo que lo intervengan. Porqué vamos por poder pueden intervenirte hasta una targeta de credito si interpretan que tiene filo.
seiyaburgos escribió:El reglamento de armas cataloga de armas prohibidas:
1.- Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:
a) Las armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización de modelo o prototipo.
b) Las armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.
c) Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.
d) Las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
e) Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
f) Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
g) Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
h) Las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los munchacos y xiriquetes, así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo.
No obstante artículo 18 de la Ley 1/92 de protección de la seguridad ciudadana:Artículo 18.
[b]Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación.]Podrán proceder a la ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas
Es decir si le pillas un cuchillo de grandes dimensiones a un carnicero un miércoles a las 11 de la mañana o un palo de golf a un padre de familia un domingo con útiles de jugar al golf o un bate de beisbol lo dejas, pero si le pillas ese mismo instrumento a un pintas con antecedentes a las 3 de la mañana en una zona de copas y que no haya nada que justifique su presencia queda intervenida si o si.
seiyaburgos escribió:Es decir si le pillas un cuchillo de grandes dimensiones a un carnicero un miércoles a las 11 de la mañana o un palo de golf a un padre de familia un domingo con útiles de jugar al golf o un bate de beisbol lo dejas, pero si le pillas ese mismo instrumento a un pintas con antecedentes a las 3 de la mañana en una zona de copas y que no haya nada que justifique su presencia queda intervenida si o si.
nikiforo escribió:seiyaburgos escribió:Es decir si le pillas un cuchillo de grandes dimensiones a un carnicero un miércoles a las 11 de la mañana o un palo de golf a un padre de familia un domingo con útiles de jugar al golf o un bate de beisbol lo dejas, pero si le pillas ese mismo instrumento a un pintas con antecedentes a las 3 de la mañana en una zona de copas y que no haya nada que justifique su presencia queda intervenida si o si.
Y si va elegantemente vestido no?
bitman escribió:Coño aprovecho ya el hilo para preguntar.
¿Conocéis alguna navaja de este estilo que incorpore un minicuchillo-minitenedor-minicuchara? me da igual si también incluye una navaja, me vendría bien...
Gracias,
ByEs
jorcoval escribió:bitman escribió:Coño aprovecho ya el hilo para preguntar.
¿Conocéis alguna navaja de este estilo que incorpore un minicuchillo-minitenedor-minicuchara? me da igual si también incluye una navaja, me vendría bien...
Gracias,
ByEs
Rollo http://m.ebay.es/itm?itemId=171390680360
Bheisdak escribió:Volviendo al tema del hilo:
Parece que hay una ley que segun las circunstancias y situación cada agente interpreta como le puede dar la gana.![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
Un poco de risa la verdad.
Bheisdak escribió:Volviendo al tema del hilo:
Parece que hay una ley que segun las circunstancias y situación cada agente interpreta como le puede dar la gana.![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
Un poco de risa la verdad.
Bheisdak escribió:Volviendo al tema del hilo:
Parece que hay una ley que segun las circunstancias y situación cada agente interpreta como le puede dar la gana.![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
Un poco de risa la verdad.
amchacon escribió:Bheisdak escribió:Volviendo al tema del hilo:
Parece que hay una ley que segun las circunstancias y situación cada agente interpreta como le puede dar la gana.![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
![]()
Un poco de risa la verdad.
Y no es la unica ley.
Por ejemplo: "No se podrá detener por faltas salvo que el reo no tenga domicilio conocido y no dese fianza suficiente al agente".
Con "fianza" se refiere a "confianza".
seiyaburgos escribió:nikiforo escribió:seiyaburgos escribió:Es decir si le pillas un cuchillo de grandes dimensiones a un carnicero un miércoles a las 11 de la mañana o un palo de golf a un padre de familia un domingo con útiles de jugar al golf o un bate de beisbol lo dejas, pero si le pillas ese mismo instrumento a un pintas con antecedentes a las 3 de la mañana en una zona de copas y que no haya nada que justifique su presencia queda intervenida si o si.
Y si va elegantemente vestido no?
Era una manera de hablar, ya puede ir con traje y corbata que si anda en la fabrik en el parking a las 4 de la mañana que ya se sabe lo que toca.
A todo le teneis que sacar punta.
Si lo sé y no eres el único que habla asi pero es que queda tan pobre.. a veces da la sensacion que llevar el peinado y la ropa de carromero te puede ahorrar problemas con la policia. Y me dirás que no[/quote]