WAKAWAKA escribió:Cierto no tuveen cuenta que tiene descendientes. El usufructo viudal es de un tercio, no del 50%.
No, no, no es un tercio, es un tercio de la parte de mejora (y esta parte, a su vez, es un tercio del total de la herencia). Es decir, el usufructo es una novena parte del total.
Otra cosa es que ya, del testamento que haya, la parte de libre disposición se le haya querido dejar a la viuda.
sancho18 escribió:¿Cómo se determina sobre qué bienes se constituye el usufructo de la viuda?
¿Es posible siempre darle un dinero a la viuda a cambio de su usufructo? Creo qe hay un artículo del Codigo civil que habla de eso.
Estas cosas sólo tienen dos caminos: O de mutuo acuerdo o por vía judicial. Es decir, o bien llegáis a un acuerdo con vuestra madre sobre la parte en usufructo de ella o qué parte queréis darle* y que ella también esté de acuerdo o si no que lo determine un juez.
*El usufructo no es "obligatorio". Es decir, al igual que la viuda tiene derecho a ese tercio de mejora, también vosotros tenéis derecho a pedir ese usufructo si vuestra situación fuese precaria y vuestra madre no lo necesitase. Y sin olvidar que no deja de ser en usufructo.
Otra cosa más, sé que mi padre tenía también algunos terrenos (almendros, creo) en términos municipales de algunos pueblos pequeños (con poco valor catastral). El problema es que no sé donde estan esos terrenos.
Si tu padre no dejó escrito dónde estaban, o bien le puedes preguntar a tu madre o en la oficina de Averiguación Patrimonial. En este último sitio es el juez quien debe dar orden de ello.
Estoy dandome cuenta que lo mejor sería contratar a un abogado y presentarme un día a casa de mi hermano y madre para que nos dejn ver el testamento y nos digan cuáles son mis propiedades. También les diríamos claramente que mi propósito es vender todos los bienes que tengo en copropiedad con mi hermano.
Para el testamento no hace falta que te presentes con un abogado, tú tienes derecho a ver ese testamento, y ese testamento tiene que estar en una notaría, porque habréis dado fe de quiénes sois los herederos. Solicita un duplicado y no te van a poner ningún impedimento para dártelo.