Hola a todos. Acabo de leer en el mundo el nuevo reglamento de telecomunicaciones que ha aprobado el consejo de ministros.
NUEVO REGLAMENTO DE TELECOMUNICACIONES
Tras 15 días de la petición de baja, las operadoras no podrán cobrar al cliente
El Gobierno obliga a las operadoras a indemnizar automáticamente cortes de servicio
AGENCIAS
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MADRID.- Quizás darse de baja en los servicios de telecomunicaciones vaya a ser más fácil. El Gobierno ha aprobado un reglamento que establece que los usuarios podrán rescindir su contrato en cualquier momento -con 15 días de preaviso-. Además, pasados otros quince días desde la formalización de dicha solicitud, las compañías no podrán cobrar ninguna cantidad por servicios prestados.
Derecho a indemnizaciones
El Gobierno pretende evitar la situación de indefensión que denuncian miles de clientes ante la dificultad de tramitar las bajas en los servivios.
A partir de ahora los clientes tendrán derecho a exigir una indemnización si la compañía no ofrece los niveles de calidad comprometidos y a una indemnización automática por la interrupción temporal del servicio telefónico disponible al público.
En caso de incumplimiento de contrato, el usuario no deberá solicitar la rescisión con una antelación de quince días, sino que ésta se producirá en el momento en que presente la reclamación.
Atención al cliente
El Reglamento, que recoge una regulación detallada y pormenorizada en lo relativo a los derechos de los usuarios finales, establece la obligación para los operadores de disponer de un servicio especializado de atención al cliente, que se relacionará directamente con la Administración.
En este sentido, la dirección postal y electrónica, los teléfonos y la página web deberán constar en los contratos suscritos con los usuarios, a lo que se añade que el número de atención a cliente en ningún caso podrá tener un coste superior al servicio telefónico.
Con esta limitación, el Gobierno quiere evitar que las compañías utilicen números de tarificación adicional para prestar el servicio de atención al cliente.
También para Internet
El Reglamento permite a los usuarios presentar reclamaciones ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información no sólo por servicios de telefonía sino en general de comunicaciones electrónicas, incluyendo así los servicios de acceso a Internet.
Además, amplía el plazo de presentación de reclamaciones ante dicho organismo de uno a tres meses, a contar desde la respuesta de la compañía o de la finalización del plazo del que dispone la operadora para responder, que es de un mes. Por otra parte, las reclamaciones podrán presentarse por vía telemática, utilizando firma electrónica. [...]
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Por lo que yo entiendo si, y de esta dorma se acaba el chantaje de tener que estar atado 1 año a un isp. Esto es importantisimo para gente que no le va el servicio como quiere, o que simplemente necesiten banda ancha durante solo un tiempo.
Por otra parte espero que asi tambien se acabe con la historia de darse de baja y que te sigan cobrando hasta que les salga de las narices