cstrife escribió:Soy herederos forzosos y como tal, os corresponde la legítima
redscare escribió:En líneas generales, la herencia tiene 3 partes: La legítima, el tercio de mejora, y el tercio de libre disposición.
Tu parte de la legítima, 1/12 ya que soy 4 hermanos, no te la quita ni Dios. Solo un juez te la puede quitar y en España para que eso pase has tenido que intentar asesinar a tu padre o algo igualmente grave.
El tercio de mejora lo puede repartir tu padre en el testamento como crea conveniente ENTRE SUS HEREDEROS. Si no hay testamento o no especifica nada en el mismo, se reparte a partes iguales, como la legítima.
Con el tercio de libre disposición puede hacer lo que le salga del rabo.
También se puede hacer repartición de parte o toda la herencia antes del fallecimiento.
Lógicamente si hay cosas por ahí que no constan en ningún lado (joyas, efectivo bajo el colchón, etc) os pueden hacer la cama fácilmente, así que ojo.
NOTA: No soy abogado ni curro en nada parecido. Solo que últimamente he tenido un par de fallecimientos en la familia y es cuando me he enterado de estas cosas. Así que no tomes esta información como 100% fiable porque no lo es en absoluto
dark_hunter escribió:No, hay tres tercios, uno es la legítima que es obligatoria que te la de (dividida a partes iguales entre todos los hermanos, claro), otro tercio de mejora que puede distribuirlo como quiera entre sus herederos y otro tercio con el que puede hacer lo que quiera.
Por supuesto, siempre puedes rechazar la herencia si ves que hay más deudas que beneficio.
papisulo escribió:redscare escribió:En líneas generales, la herencia tiene 3 partes: La legítima, el tercio de mejora, y el tercio de libre disposición.
Tu parte de la legítima, 1/12 ya que soy 4 hermanos, no te la quita ni Dios. Solo un juez te la puede quitar y en España para que eso pase has tenido que intentar asesinar a tu padre o algo igualmente grave.
El tercio de mejora lo puede repartir tu padre en el testamento como crea conveniente ENTRE SUS HEREDEROS. Si no hay testamento o no especifica nada en el mismo, se reparte a partes iguales, como la legítima.
Con el tercio de libre disposición puede hacer lo que le salga del rabo.
También se puede hacer repartición de parte o toda la herencia antes del fallecimiento.
Lógicamente si hay cosas por ahí que no constan en ningún lado (joyas, efectivo bajo el colchón, etc) os pueden hacer la cama fácilmente, así que ojo.
NOTA: No soy abogado ni curro en nada parecido. Solo que últimamente he tenido un par de fallecimientos en la familia y es cuando me he enterado de estas cosas. Así que no tomes esta información como 100% fiable porque no lo es en absoluto
no entiendo nada de todo esto me suena todo a chino..
entonces si hay tercio en el testamento no hay legitima?
lo entiendo asi ..saludos y gracias por responder a todos
NaN escribió:cstrife escribió:Soy herederos forzosos y como tal, os corresponde la legítima
si y putadon el estacazo que hay que pagar a hacienda, me parece increible la mordida que pegan con las herencias, un bien que ya ha pagado impuestos en su dia.
Deschamps escribió:A ver.. mientras no muera puede hacer lo que le rote con sus bienes. Es posible que no vayan a firmar "herencias". Igual les ha vendido el piso. O lo ha regalado a la parroquia... Es suyo después de todo.
dark_hunter escribió:Deschamps escribió:A ver.. mientras no muera puede hacer lo que le rote con sus bienes. Es posible que no vayan a firmar "herencias". Igual les ha vendido el piso. O lo ha regalado a la parroquia... Es suyo después de todo.
Creo que no es legal, porque es una forma muy sencilla de evitar el impuesto de sucesiones.
dark_hunter escribió:Deschamps escribió:A ver.. mientras no muera puede hacer lo que le rote con sus bienes. Es posible que no vayan a firmar "herencias". Igual les ha vendido el piso. O lo ha regalado a la parroquia... Es suyo después de todo.
Creo que no es legal, porque es una forma muy sencilla de evitar el impuesto de sucesiones.
redscare escribió:En líneas generales, la herencia tiene 3 partes: La legítima, el tercio de mejora, y el tercio de libre disposición.
Tu parte de la legítima, 1/12 ya que soy 4 hermanos, no te la quita ni Dios. Solo un juez te la puede quitar y en España para que eso pase has tenido que intentar asesinar a tu padre o algo igualmente grave.
El tercio de mejora lo puede repartir tu padre en el testamento como crea conveniente ENTRE SUS HEREDEROS. Si no hay testamento o no especifica nada en el mismo, se reparte a partes iguales, como la legítima.
Con el tercio de libre disposición puede hacer lo que le salga del rabo.
También se puede hacer repartición de parte o toda la herencia antes del fallecimiento.
Lógicamente si hay cosas por ahí que no constan en ningún lado (joyas, efectivo bajo el colchón, etc) os pueden hacer la cama fácilmente, así que ojo.
NOTA: No soy abogado ni curro en nada parecido. Solo que últimamente he tenido un par de fallecimientos en la familia y es cuando me he enterado de estas cosas. Así que no tomes esta información como 100% fiable porque no lo es en absoluto
Wilson W escribió:Pero todo esto ... qué tiempo lleva? Porque el otro día un colega me comentó que llevan cinco años para tener lo que les pertoca.
Veo un poco lioso todo lo que habéis comentado
Cisne escribió:No se donde vives pero si es en Navarra si que puedes quedarte sin herencia, si es en cualquier otra comunidad autónoma SIEMPRE tendrás derecho a una parte de la herencia
Akiles_X escribió:Y ahroa mi pregunta: Puedo renunciar a parte o la totalidad de mi herencia? o me la tengo que comer por huevos?
Akiles_X escribió:Y ahroa mi pregunta: Puedo renunciar a parte o la totalidad de mi herencia? o me la tengo que comer por huevos?