Hacerse autónomo en España y trabajar en el extranjero

Buenas, espero que alguien por aquí pueda ayudarme a aclararme un poco o, al menos, sugerirme dónde encontrar un poco de ayuda.

Intentaré ser claro con lo que quiero (o creo que debo) hacer para que se entienda la situación.

Llevo 5 años en Varsovia, trabajando con contrato por obra y servicio. En verano trabajo en España, hasta ahora mediante la categoría "colaboración" con la universidad.
Sin embargo, este año la Universidad va a exigirme darme de alta para ser autónomo y así hacer el contrato.
La duda es ¿me hago autónomo y luego me doy de baja al terminar el trabajo (pasado el mes de agosto)? o ¿mejor no me doy de bajo y en Polonia facturo mi trabajo?
El caso es que no sé hasta qué punto es rentable mantener lo de autónomo en España si mi lugar de trabajo es Polonia. Desde luego aquí puede ser más "sencillo" porque no existe la barrera del idioma, pero no sé. El caso es que si mantengo mi alta como autónomo, la idea sería aglutinar en esa empresa todo lo que hago: clases, publicaciones, revista online...

¿Alguien tiene alguna idea? Por ahora sólo sé que Polonia está fuera de la zona IVA. Aunque no sé bien qué implica esto en la práctica.

Gracias a todos.
En Polonia claramente. A no ser que el sistema de autónomos de allí sea una monstruosidad peor que la de aquí. Para trabajar un mes en España sería tontería, no cuentas como residente y puedes trabajar como desplazado.
Perdona pero me gustaría preguntar una cosa más: lo de trabajar como desplazado me exime si me exigen o piden darme de alta como autónomo a la hora de contratarme?

Mil gracias por tu respuesta.
Yo solo se que de tenerte de trabajador a autónomo es un timo.
Vas a tener que pagar el IRPF e IVA. Vamos, un 50% de lo que ingreses, yo de tí los mandaría a donde amargan los pepinos, a no ser claro que puedas hacer eso de Polonia, pero ni idea de como es la fiscalidad allí.

Además, creo que es ilegal, pero no me hagas mucho caso.
VozdeLosMuertos escribió:Perdona pero me gustaría preguntar una cosa más: lo de trabajar como desplazado me exime si me exigen o piden darme de alta como autónomo a la hora de contratarme?

Mil gracias por tu respuesta.


Pues tampoco es que sea mi especialidad, pero si quieres más información, busca por directiva Bolkestein. O por fontanero polaco.

La versión inicial preveía que se aplicara la legislación del país de origen (en tu caso Polonia), pero fue bastante descafeinada y ahora se han de aplicar parte de la legislación local de los trabajadores y del consumidor. Pero por lo demás debería ser posible ser un autónomo polaco y facturar como autónomo desde allí (si las condiciones son mejores que en España, si es en España ya te digo yo de primera mano que es una puta mierda darse de alta para un mes para facturar). Pero no te aseguro que no haya otra burocracia del carajo ni en Polonia ni al ahora de declarar esa actividad transfronteriza. Supongo que encontrarás más información en un foro de españoles en Polonia, como spaniards o algo así.

Antes de que nadie salte con "pues que hagan un contrato de trabajo", las universidades, por ser públicas, deben hacer una oferta pública de empleo, con todo lo que dura el proceso dando promoción, que puedan presentarse candidatos... y para un mes. Una auténtica parida.
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