Buenas,
Ante todo decirte que ni soy abogado, ni entiendo muxo de leyes ni nada... pero por lo menos te dejo mi opinion ke a lo mejor te sirve.
Cuando tu compras una kasa "a tu nombre" te konviertes en Propietario, con las kualidades de Uso, Disfrute y Disposicion.
Si te kasas y no haceis separacion de bienes (a no ser que vivas en cataluña [y en navarra KREO] donde en su derecho foral, la separacion de bienes esta implicita en el matrimonio) tu conyuge y tu pasais a tener una "sociedad de bienes gananciales" y si ella pudiera demostrar que ha ayudado con los gastos que ocasionaba la propiedad podria exigirla.
Si teneis un hijo y por X motivos tu o ella solicitais el divorcio, es muy posible que la sentencia le de la custodia a ella, y si es lactante seguro.
Si tu le cedieras el usufructo de la vivienda a tus padres, estos tendrian el USO y el Disfrute y ciertamente podriar percibir rentas de la vivienda, pero al ser la disposicion de la kasa tuya (poder para enajenarla,donarla...) nose si podrian cederla a tu Ex.
Ya te digo que lo mejor eske te pases por un despaxo y ke pidas asesoramiento de como hacerlo bien.
Si tu y tus padres no teneis problemas, que la pongan a su nombre y realizais un "arrendamiento ficticio" asi no habria posibilidad de meterle mano a la kasa

Un saludo y no te fies de mi!!! jajaja