Esto cuenta para discapacidad, minusvalía o pensión?

Diabético Tipo 1. Diabetes Mellitus. Páncreas casi anulado del todo, de por vida. Inyectándose insulina y similares de por vida.

Más: Infarto agudo de miocardio. Casi muere. Ya no le palpita, de por vida, la parte superior del corazón. Atrofiadas las tres arterias, de por vida. Varias enfermedades asociadas en círculo con esto. Tomando muchos medicamentos, que se preveen como cuidados de por vida. Incluyendo el Sintrom e inyecciones anticoagulantes.

Se produjo un grave debut diabético y éste, al parecer, causó el salvaje infarto, en cadena. Una explosión de problemas varios, no sólo esos dos. Diversas enfermedades asociadas.

Viendo cómo están las cosas... Esto daría para algún tipo de ayuda o quizá para un reconocimiento de minusvalía parcial?

Quién o quiénes podrían evaluar eso?

Por lo general nos viene más fácil acercarnos al hospital (ahora vivimos al lado) que al centro de salud (durante esta breve temporada lo tendremos bastante lejos).

Tengo más datos anotados, si alguien los desea se los escribo todos (son una larga lista de problemas y dolencias) por privado. Muchas gracias.
Buenas @El Mariachi Samurai te recomiendo ir a tu centro de salud hay un trabajador/a social.Pide cita.
Te dara una informacion mas detallada.Tendras que aportar informes etc...
Yo creo que almenos la parcial si la cobrara.
Todo los informes medicos son evaluado por un tribunal medico,Cuantos mas informes mejor.
Un saludo
si, pero quien determina eso es un tribunal medico.

lo primero es ir a los especialistas cardiaco y endocrino, y hacer que redacten respectivos informes indicando que la situacion existente condiciona la vida de la persona, tanto para el aspecto laboral como para cualquier otro de la vida diaria.

con minusvalia certificada >33% ya se puede solicitar pension, y si es superior a 67%, incapacidad laboral permanente.

el proceso medico y administrativo lleva 1-2 años.
GXY escribió:si, pero quien determina eso es un tribunal medico.

lo primero es ir a los especialistas cardiaco y endocrino, y hacer que redacten respectivos informes indicando que la situacion existente condiciona la vida de la persona, tanto para el aspecto laboral como para cualquier otro de la vida diaria.

con minusvalia certificada >33% ya se puede solicitar pension, y si es superior a 67%, incapacidad laboral permanente.

el proceso medico y administrativo lleva 1-2 años.

Con un 33% no puedes salvo alguna incapacidad laboral permanente.
GXY escribió:@cañadulce

pension != jubilacion

https://www.campmanyabogados.com/blog/d ... ad/pension
Un certificado de discapacidad menor al 33% no conlleva ninguna prestación económica, ni beneficios fiscales o sociales. No existe, por tanto, pensión por discapacidad del 33 por ciento.

Un saludo
pues lo que yo he dicho:

GXY escribió:
con minusvalia certificada >33% ya se puede solicitar pension, y si es superior a 67%, incapacidad laboral permanente.


pension -> necesario >33%

jubilacion -> necesario >67% (incapacidad laboral permanente)

de nuevo, pension y jubilacion no son sinonimos. puede haber pension sin jubilacion.

en este caso, @El Mariachi Samurai yo diria que si se dan los requisitos para una jubilacion anticipada por incapacidad laboral permanente, que devendria en la correspondiente pension, pero son necesarios varios informes medicos que reflejen dicha incapacidad derivada de la situacion medica, lo tiene que determinar un tribunal medico, y es un proceso que demora mas de un año (y eso antes del covid, que ha alargado y complicado todos los tramites).

mi consejo es ir buscando los informes y orientacion especializada desde ya.
GXY escribió:pues lo que yo he dicho:

GXY escribió:
con minusvalia certificada >33% ya se puede solicitar pension, y si es superior a 67%, incapacidad laboral permanente.


pension -> necesario >33%

jubilacion -> necesario >67% (incapacidad laboral permanente)

de nuevo, pension y jubilacion no son sinonimos. puede haber pension sin jubilacion.

en este caso, @El Mariachi Samurai yo diria que si se dan los requisitos para una jubilacion anticipada por incapacidad laboral permanente, que devendria en la correspondiente pension, pero son necesarios varios informes medicos que reflejen dicha incapacidad derivada de la situacion medica, lo tiene que determinar un tribunal medico, y es un proceso que demora mas de un año (y eso antes del covid, que ha alargado y complicado todos los tramites).

mi consejo es ir buscando los informes y orientacion especializada desde ya.

Segun su caso si,cobrara
Pero con el 33% o 34% no cobras nada te lo digo yo....Salvo te quiten un riñon y no puedas trabajar.
Lo del tribunal medico actualmente no te creas que tardan mas de un año... No recepcionan visitas y todo es gestionado via administrativa.No te presentas como antes de manera presencial.

Saludos
@cañadulce @GXY Muchas gracias a ambos. He anotado el proceso y llevaré yo mismo al centro de salud para hablar con la trabajadora social. Acabo de ver su nombre y el fono de pedir cita. Llamaré mañana mismo.No sabía que era con ella con quien habría que hablar.

Tendremos que acudir dos familiares a la revisión con cardio y endo dentro de un mes, así que ya me encargo yo mismo de llevar anotaciones y petición para los especialistas.

Muchas gracias a ambos de nuevo!
El Mariachi Samurai escribió:@cañadulce @GXY Muchas gracias a ambos. He anotado el proceso y llevaré yo mismo al centro de salud para hablar con la trabajadora social. Acabo de ver su nombre y el fono de pedir cita. Llamaré mañana mismo.No sabía que era con ella con quien habría que hablar.

Tendremos que acudir dos familiares a la revisión con cardio y endo dentro de un mes, así que ya me encargo yo mismo de llevar anotaciones y petición para los especialistas.

Muchas gracias a ambos de nuevo!

Tienes dos opciones trabajadora social asuntos sociales. (para este caso no te lo recomiendo)
Trabajadora social del centro de salud creo que estan mas puestos a la hora de enviar etc esta clase de informes..
Un saludo
@GXY se puede cobrar una pension no contributiva si la discapacidad es igual o superior al 65% y en base a las rentas familiares ( nucleo familiar), si se supera un barero minimo anual, no cobras nada.

Luego estan las incapacidades por salud y/o laborales, tienes que pedirlo a la seguridad social y un tribunal medico valorara el estado de la persona , en grado a su estado le pueden dar una incapacidad permanente, parcial, absoluta o gran invalidez.
Con lo del corazón podrían darle la incapacidad, pero tocará pelearlo en el tribunal médico. Con un buen abogado se puede conseguir.
golon80 escribió:Con lo del corazón podrían darle la incapacidad, pero tocará pelearlo en el tribunal médico. Con un buen abogado se puede conseguir.


La seguridad social por regla general suele rechazar las solicitudes de incapacidades por lo que tienes que recurrir con un abogado y gastarte los cuartos, mi padre hizo eso para su incapacidad absoluta y poder cobrar la pension maxima, esta operado de las caderas con protesis y no puede trabajar.
golon80 escribió:Con lo del corazón podrían darle la incapacidad, pero tocará pelearlo en el tribunal médico. Con un buen abogado se puede conseguir.

No tiene porque.
Toda discapacidad entra en un baremo o puntuación no es necesario un abogado cuando la discapacidad es evidente.
Un saludo
cañadulce escribió:
golon80 escribió:Con lo del corazón podrían darle la incapacidad, pero tocará pelearlo en el tribunal médico. Con un buen abogado se puede conseguir.

No tiene porque.
Toda discapacidad entra en un baremo o puntuación no es necesario un abogado cuando la discapacidad es evidente.
Un saludo


Por muy evidente que sea una discapacidad, ante la seguridad social tienes el NO asegurado para cobrar una pension, mi padre tuvo que luchar judicialmente y pagando un abogado para que le declarasen la incapacidad absoluta y poder cobrar la pension maxima, no le querian dar nada.
obmultimedia escribió:
cañadulce escribió:
golon80 escribió:Con lo del corazón podrían darle la incapacidad, pero tocará pelearlo en el tribunal médico. Con un buen abogado se puede conseguir.

No tiene porque.
Toda discapacidad entra en un baremo o puntuación no es necesario un abogado cuando la discapacidad es evidente.
Un saludo


Por muy evidente que sea una discapacidad, ante la seguridad social tienes el NO asegurado para cobrar una pension, mi padre tuvo que luchar judicialmente y pagando un abogado para que le declarasen la incapacidad absoluta y poder cobrar la pension maxima, no le querian dar nada.

Como digo entras en un baremo y logicamenente un abogado ayuda .Pero no hace milagros.
Precisamente cada dos años puedes aportar nuevamente informes medicos por empeoramiento obteniendo mas rango de puntuacion en la discapacidad.
Un saludo
Yo tengo la incapacidad permanente por haber perdido mis riñones, lo importante es saber que le impide trabajar, por ejemplo, cansancio extremo o ahogo.

Saludos
La diabetes antiguamente si que daba para minusvalía. Ahora no dea nada de nada. Ni prioridad para vacunas ni baja por riesgo laboral con el COVID.
yo hoy he recibido una "mala" noticia, pedi la revision de mi discapacidad por empeoramiento dado que tengo una enfermedad cronica y me han subido del 45% al 54% solo, me dijeron que minimo seria del 65% o superior y ahora me encuentro con esta gracieta para no pagar una pension no contributiva ( lo hacen a proposito), aun sabiendo que por dicha enfermedad cronica me impide mantener un trabajo dado que voy regularmente al medico para analiticas y visitas de control y esto lo ven como absentismo y bajo rendimiento en el trabajo.
obmultimedia escribió:yo hoy he recibido una "mala" noticia, pedi la revision de mi discapacidad por empeoramiento dado que tengo una enfermedad cronica y me han subido del 45% al 54% solo, me dijeron que minimo seria del 65% o superior y ahora me encuentro con esta gracieta para no pagar una pension no contributiva ( lo hacen a proposito), aun sabiendo que por dicha enfermedad cronica me impide mantener un trabajo dado que voy regularmente al medico para analiticas y visitas de control y esto lo ven como absentismo y bajo rendimiento en el trabajo.

Tienes un mes para recurrir.
Pregunta a un abogado especializado. Un saludo
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