A ver una cosa que me parece que os estais haciendo un lío con la famosa Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo.
La ley como comentais dice que el plazo de garantía se amplía a 2 años COMO MÍNIMO para los bienes nuevos y un periodo de garantía MÍNIMO de 1 año para los de segunda mano.
Pero hay otro punto que no lo habeis leido y es que esta famosa ley es un timo se mire por donde se mire:
"El periodo de garantía por el que debe responder el vendedor es de 2 años, con dos supuestos:
Si la falta de conformidad se manifiesta durante los 6 primeros meses de la entrega, se da por supuesto que el defecto ya existía cuando se entregó el producto. Es decir, en ese plazo, el consumidor para reclamar no deberá demostrar la causa del mal funcionamiento del bien.
PERO, a partir del sexto mes, es al consumidor al que le corresponde probar (mediante un informe de un técnico o perito, por ejemplo) que el defecto era de origen y ya existía en el momento de la entrega del producto."
En resumen, que en realidad esa garantía se amplía a dos años siempre que en los seis primeros meses encontreis algún problema o algún defecto en el producto. En caso de que ese defecto o problema lo encontreis posteriormente tendreis que demostrar que es un fallo en la fabricación de ese producto contratando a un perito (lo que sale muy caro de hacer).
Yo he tenido dos casos y en uno de ellos me salvé gracias a que la empresa no conocía esta ley y que hubo alguna ilegalidad grave de por medio.
Mi padre compró un portátil valorado en 300.000 pesetas de las de antes y murió al año y pocos días. Mandamos una carta al fabricante y después de varias movidas entre el vendedor, fabricante y nosotros (con movidas tan graves como falsificación de mi firma por parte del vendedor del portátil), el fabricante cedió porque lo podíamos llevar a juicio por la vía penal por estos motivos mas graves.
El segundo fué una impresora EPSON bastante buena de calidad y que murió al año y 4 meses. Llamé a EPSON y me comentaron que la Ley no era de dos años, que era de un año (para ellos) y que sólo era de dos años si demostraba que era un fallo de fábrica -ya que la avería se había producido después de los 6 meses-.
En fin, que como veis la Ley facilita a las empresas chanchullos bastante sorprendentes y a no ser que te encuentres con una empresa que ni se haya molestado en leerse esta Ley, dudo que os den esos dos años de garantía a no ser que lo especifíque claramente en el manual.
Un saludo a todos.