Empresa subcontratada y ERE

Hola compañeros:

Trabajo en una empresa que está subcontratada por otra, y desarrollamos nuestro trabajo directamente en las oficinas del cliente.

El caso es que la empresa que nos contrata va a hacer un ERE, y a mis responsables les han dicho que debe de haber alguna forma de que las empresas subcontratadas se puedan adherir al ERE de la empresa contratante.

No encuentro información sobre el tema, y viendo como se presenta el año que viene en este país de pandereta, temo que con todo este asunto podamos acabar todos en el paro.

¿Sabéis algo o tenéis alguna experiencia sobre este tema del ERE aplicado a subcontratas?

Gracias.
A ver, te comento porque yo trabajaba en una empresa de limpieza, es decir todo el mundo nos subcontrataba la limpieza de sus instalaciones.

Dejando de lado las Comunidades de Propietarios, trabajábamos con muchas empresas privadas.

En alguna ocasión, con la crisis, más de una quebró o se fue a hacer puñetas. Recuerda una del metal que cerró de un día para otro. Pues no nos afectó, salvo que perdimos al cliente y un mes que nos dejó a deber. A la trabajadora que prestaba servicios, se le disminuyó proporcionalmente su jornada de trabajo, previo acuerdo con ella y listo.

La relación entre tú empresa y a la que le presta el servicio, se fija por un contrato mercantil de prestación de servicios. La relación entre tú y tu empresa (la que te da la nómina y te cotiza) es mediante un contrato de trabajo. La relación entre tú y el cliente, no hay nada. (Mañana te pones enfermo y tu empresa manda a un compañero)

Empresa donde tú trabajas (la que te cotiza) = Empresa A.
Empresa donde te envían a prestarle servicios = Empresa B.

Si la empresa B va a realizar un ERE, afectará a los trabajadores asalariados que ésta tenga (sus propios empleados). La empresa B no puede decidir sobre trabajadores que no son suyos, es más, si lo hiciese se estaría produciendo una cesión ilegal de trabajadores. Pero volvamos al caso.

La empresa B si podrá solicitar que disminuyan los servicios que la empresa A le presta, siempre por escrito. En ese caso, la empresa A si podría comunicarte la nueva situación, es decir, que te bajan las horas semanales, por ejemplo. Siempre por escrito y tú puedes aceptarlo o romper la relación de trabajo, porque es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. (Art. 41 ET)

Por lo tanto, la adhesion a un ERE del resto de empresas que le prestan servicios no existe, salvo mejor opinión, lo que si puede conllevar es a una disminución de las horas de trabajo o incluso que la empresa A pierda como cliente a la empresa B, pero tú eres trabajador asalariado de la empresa A, no de la B.

Y ojo, un ERE no es decir, venga, vamos a echar a la calle a 30 trabajadores, hay que cumplir una serie de requisitos ante la autoridad laboral, numero de empleados afectados, razones de la misma, posibles recolocaciones, etcétera.

Un saludo.
Gracias por la respuesta.

En este caso la empresa que nos subcontrata cerrará algunos días, sin despidos. El problema es que esos mismos días no será necesaria nuestra presencia, y por lo tanto a mi empresa no se lo pagarán y por consiguiente tampoco cobraremos nosotros.

A ver si nos aclaran algo porque encima nadie concreta nada.
Cuidado que mezclamos cosas.

La empresa B cerrará unos días y presumes que la empresa A no cobrará esos días y por consiguiente, no pagará ésta a sus trabajadores afectados.

Al ser trabajador asalariado, tu no debes asumir los riesgos de la empresa A. Si B no le paga a A, que A la demande judicialmente, pero a tí te tienen que seguir pagando tu nómina sin tocarla. No es tu problema que mercantilmente uno incumpla el contrato (el pago de los servicios)

Sólo si A te comunica por escrito que va a disminuirte la jornada y lo aceptas, es entonces cuando A podría bajarte la jornada, cotizándote y pagándote menos salario. En cualquier otro caso, la empresa A se está extralimitando, pudiendo denunciar dichos hechos ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Una de las obligaciones del empresario es la de dar trabajo efectivo y no es quien, así a pelo, de no pagarte parte de la nómina porque su cliente ha decidido (porque le sale de los huevos), cerrar unos días. A ti eso ni te va ni te viene, dado que tu no tomas decisiones de ese tipo, no te debe afectar.
El empresario no puede unilateralmente hacer lo que le de la gana porque hoy le va mejor y mañana peor, menos aún sin que sea por escrito, comunicado en tiempo y forma e incluso comunicado a los representantes de los trabajadores (dependiendo de cuantos seáis en la empresa)

Yo en tu caso, si veo la nómina del mes y es inferior a la del anterior, lo denunciaría ante la ITSS por impago de salarios. Y si encima tienen la cara de tocarte la cotización de la Seguridad Social, denunciaría por infracotizacion conforme al contrato de trabajo y convenio colectivo aplicable, sin mi consentimiento ni comunicación.
@akiestoy Muchas gracias por tus respuestas. A ver si nos dan noticias nuevas, que seguimos en ascuas.
DevilKeeper escribió:Gracias por la respuesta.

En este caso la empresa que nos subcontrata cerrará algunos días, sin despidos. El problema es que esos mismos días no será necesaria nuestra presencia, y por lo tanto a mi empresa no se lo pagarán y por consiguiente tampoco cobraremos nosotros.

A ver si nos aclaran algo porque encima nadie concreta nada.



El mundo de las subcontratas... que asco me dan, encima en la mayoria de casos son ilegales puesto que a ti te contratan para destinarte a X cliente, tienes que negociar vacaciones con dicho cliente, te riges por los horarios del cliente...

Despues de mi pataleta, a ti no te pueden echar ni descontar ese dia, eso es ilegal. Te podran mandar a trabajar a otra oficina pero no descontarte el dia porque tu tendras un contrato donde diga las horas a trabajar (media jornada, completo...).

Otra cosa es que no os necesiten y los muy espabilados (los de la empresa que te paga) os hagan alguna jugada usando la reforma laboral para despediros (prevision de perdidas y despido con 20 dias por año). Luego ahi ya entraria supongo si quereis ir a juicio, si se puede demostrar que era una cesion ilegal de trabajadores (las subcontratas suelen serlo, cuando tu relacion con la empresa que te paga se limita a cobrar el sueldo y todo lo demas te lo impone el cliente, horarios, que trabajo tienes que hacer, donde... aunque yo hablo del mundo de la informatica) y que te indemnicen mas o cosas asi, supongo.

Esto hasta donde se.

Suerte.
Exacto, lo que dice el compañero es verdad. Las subcontratas no deberían existir. ¿Qué necesitas limpieza del local?, pues contratas a un trabajador a jornada parcial de tantas horas por limpiar, pero tú le cotizas, tú le haces la nómina y tú lo indemnizas.

La subcontrata sólo busca evitar la indemnización del que trabaja allí. Por ejemplo, en el mundo de los hoteles, hay mucha cesión ilegal de trabajadores. Nosotros rechazábamos todas las ofertas de hoteles que nos pedían presupuesto, porque luego es la gobernanta la que mandaba sobre el trabajador. Si quieres hacer eso, contrata tú al trabajador, pero si está subcontratado no eres quien para decidir horarios, ni quejas, ni nada, eso a la empresa principal.

Pero que viva la externalización de servicios para abaratar costes.
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