El Tribunal de la UE apoya el anonimato de las descargas de internet

El Tribunal de la UE apoya el anonimato de las descargas de internet

Las telefónicas que prestan servicios en Internet no están obligadas a delatar a los usuarios que descargan música o películas en Internet facilitando las direcciones IP de sus ordenadores. Un informe del Tribunal de Luxemburgo dice que prima la protección de los datos de los usuarios cuando no están inmersos en causas criminales.

Fuente: El País- portada del 7 de Septiembre de 2008



Finalmente se produce la noticia que ya "suponíamos" por estos foros que se iba a producir., pero que como todas las normas y decisiones judiciales ¿podrían ser interpretadas de distinta manera? ¿Acabará siendo considerado por los tribunales como causa criminal bajarse una canción con derechos de autor? El tiempo dirá...
Sólo añadir la frase de cierre de la noticia dicha por Pedro Martínez, teniente fiscal del Tribunal Superior de Madrid:

"La directiva 2000/31/CE aconseja pactar códigos de conducta entre usuarios, proveedores y titulares de derechos, pero también sería deseable bajar los precios de los productos, a la vista de que el salario mínimo en España es de 570 euros"


Ahí queda eso. Se puede decir más alto, pero no más claro.
Leyendo la noticia de El País veo que es lo mismo que ya publicamos hace un par de meses:
http://www.elotrolado.net/vernoticia.php?idnoticia=13663

El tribunal todavía no se ha pronunciado
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