El canon digital en España es un abuso y no cumple la directiva comunitaria de los derechos de autor. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acaba de dictaminar que "la aplicación del «canon por copia privada» a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión". Es decir, el canon digital sólo puede aplicarse a las personas físicas, pero no a las jurídicas. Empresas y administraciones están, pues, exentas.
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