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GXY escribió:parrafos enteros para saber de que se esta hablando no vendrian mal, porque lo que especificas del primer y segundo parrafo yo lo puedo entender como que se dirige a grupos/sectores diferentes (no tiene logica especificar primero que no van a trabajar findes y en el segundo especificar que los findes se les van a recompensar)
lo que preguntas en negrita yo interpreto "el 75% de TODAS las aperturas" sean el dia que sean. entiendo que es una manera de decir que los trabajadores libraran 1 dia de cada 4. escrito de esa manera no va contra el convenio contratar a alguien solo para los fines de semana y que los trabaje todos y descanse entre semana, por ejemplo, cosa que si fuera el 75% de los fines de semana, tendria que librar a su vez 1/4 de ellos.
ah. un detalle: horas extraordinarias son las que se encasquetan a alguien fuera de su horario habitual de trabajo (indicado en contrato). si el horario habitual especificado en contrato es viernes, sabados y domingos de 10 a 22h, todas las horas que se realicen dentro de ese horario son ordinarias, aunque correspondan en todo o parte a un horario extraordinario de la empresa.
y al respecto de estos. hay horarios, sobre todo de los de "a turnos" en grandes superficies... que no especifican nada. solo el limite de horas semanales (40 o las que sean) y mientras no pase de 40 no computa nada como extraordinaria, aunque te tengan un domingo hasta las 3 de la mañana.
de todos modos esta clase de cosas es mejor consultarlas con especialistas porque casi seguro que hay cosas reclamables.
Delian escribió:Una misma persona no puede trabajar mas del 75% de los festivos que se permita abrir.
Ejemplo, si hubieran 15 Festivos al año y permitieran abrir 4 de ellos, no podrias trabajar mas de 3