Duda impuesto de circulación

Hola buenas a todos, mi duda es la siguiente:

Di de baja mi coche el 13 de Enero, en el desguace me dijeron que tenía que pagar la parte proporcional del impuesto de circulación, fui al ayuntamiento y me confirmaron que si, que tengo que pagar 1 trimestre, pero en realidad no me salen las cuentas.

Pagué en marzo de 2023, se supone que hasta marzo de 2024 está pagado, no? por qué tengo que pagar un trimestre más?

Imagen
si no me equivoco, hay dos cuestiones.

1.- que tu cuando pagas, lo que estas pagando es el año natural entero. ojo, no "desde la fecha en la que lo pagas". es decir. tu en xfecha de 2023 lo que pagas es el impuesto del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, no desde xfecha de 2023 hasta xfecha_1añodespues de 2024.

2.- creo que el minimo de percepcion del impuesto es 1 trimestre (esto lo tendria que confirmar el ayuntamiento o entidad gestora) es decir, que aunque tu entregues el coche a achatarrar el 13 de enero (o el 2 de enero, o el 30 de marzo) es indiferente. lo minimo que te va a reclamar el ayuntamiento es 1 trimestre de 2024.

yo en tu lugar solicitaria aclaraciones a la entidad gestora del impuesto de circulacion (con quienes ya estas tratando) para que te aclaren en concepto de exactamente qué te reclaman exactamente cuanto.

un saludo.
Una cosa es la fecha de devengo, cuando es exigible el tributo y otra cuando se liquide (cuando te lo cobran).

El IVTM es un impuesto local, que se paga anualmente. Depende del ayuntamiento, algunos lo cobran durante el primer trimestre, otros más tarde. Busca el calendario tributario de tu localidad o diputación.

Si lo pagas, por ejemplo el 25 de mayo de 2023, pagas todo el año 2023. Así, si das de baja el vehículo el 30 de junio de 2023, ya has pagado todo el año, tienes derecho a que te devuelvan la mitad del año 2023.

En este caso, te van a cobrar un trimestre de 2024, y no todo el año entero. Ya podían cobrarte sólo 13 días de 2024....habría que mirar la Ley de Haciendas Locales para confirmar.
vpc ni pajolera xD
@tomedu7 Se paga a 1 de enero, aunque emitan el recibo posteriormente. El pago parcial por baja debe solicitarse expresamente.
Manint escribió:@tomedu7 Se paga a 1 de enero, aunque emitan el recibo posteriormente. El pago parcial por baja debe solicitarse expresamente.


Añado: El recibo irá a quien en fecha 1 de Enero figure como titular. Aunque el recibo se pase en Agosto
Pues lo que te han dicho, que aunque el recibo se emita más tarde, el recibo se paga desde el 1 de enero
Lo paga el que tengo el vehículo a su nombre el día uno de enero
En mi zona es cuatrimestre.
Torres escribió:Lo paga el que tengo el vehículo a su nombre el día uno de enero

Depende del ayuntamiento. En el mío si vendo hoy mi coche o lo doy de baja en desguace, solo pagaría el primer trimestre del año. Y lo pagaría en julio.
Si esto mismo me ocurriera en agosto, podría solicitar devolución del último trimestre del año.
Ya me pasó con otro coche anterior que lo tuve que mandar a desguace...y sólo pagué medio año de IVTM, aunque yo en aquel momento pensaba que me cargarían el año completo.
Cada ayuntamiento es un mundo en este impuesto.
AMSWORLD escribió:
Torres escribió:Lo paga el que tengo el vehículo a su nombre el día uno de enero

Depende del ayuntamiento. En el mío si vendo hoy mi coche o lo doy de baja en desguace, solo pagaría el primer trimestre del año. Y lo pagaría en julio.
Si esto mismo me ocurriera en agosto, podría solicitar devolución del último trimestre del año.
Ya me pasó con otro coche anterior que lo tuve que mandar a desguace...y sólo pagué medio año de IVTM, aunque yo en aquel momento pensaba que me cargarían el año completo.
Cada ayuntamiento es un mundo en este impuesto.


Pues mira no tenía nidea.., daba por hecho que sería una cosa general... Gracias por puntualizar [beer]
Un coche con matrícula de 3 letras que comienzan por D ¿y ya achatarrado? :O

Ese coche ya se fabricó avanzada la primera década de este siglo ¿no?

¿Tan malo salió?
Escipión El Africano escribió:Un coche con matrícula de 3 letras que comienzan por D ¿y ya achatarrado? :O

Ese coche ya se fabricó avanzada la primera década de este siglo ¿no?

¿Tan malo salió?


DPJ es de 2005. Ni tan mal...

Para más señas, yo a un JFx le he tenido que poner un motor nuevo...

Y para el OP, en la respuesta de GXY tienes la respuesta perfecta. Nada que añadir
@Escipión El Africano
mi madre acaba de achatarrar un FWW.
era del 2007...

el tiempo pasa volando

en 2014 me compre mi anterior coche. era JCX. hace ya 10 años, de hecho fue ahora en febrero
Pues como la declaración de la renta no? La haces en primavera y cobras/pagas en verano pero el periodo de validez es el año natural anterior.
Pues esto igual, tu pagas en marzo pero cubre el año natural.
1Saludo
AMSWORLD escribió:
Torres escribió:Lo paga el que tengo el vehículo a su nombre el día uno de enero

Depende del ayuntamiento. En el mío si vendo hoy mi coche o lo doy de baja en desguace, solo pagaría el primer trimestre del año. Y lo pagaría en julio.
Si esto mismo me ocurriera en agosto, podría solicitar devolución del último trimestre del año.
Ya me pasó con otro coche anterior que lo tuve que mandar a desguace...y sólo pagué medio año de IVTM, aunque yo en aquel momento pensaba que me cargarían el año completo.
Cada ayuntamiento es un mundo en este impuesto.

No tiene nada que ver, Torres se refiere que el recibo se gira nombre del titular el día 1 de enero, que luego tu ayuntamiento lo cobre en tal o cual fecha no afecta a eso.
hal9000 escribió:
AMSWORLD escribió:
Torres escribió:Lo paga el que tengo el vehículo a su nombre el día uno de enero

Depende del ayuntamiento. En el mío si vendo hoy mi coche o lo doy de baja en desguace, solo pagaría el primer trimestre del año. Y lo pagaría en julio.
Si esto mismo me ocurriera en agosto, podría solicitar devolución del último trimestre del año.
Ya me pasó con otro coche anterior que lo tuve que mandar a desguace...y sólo pagué medio año de IVTM, aunque yo en aquel momento pensaba que me cargarían el año completo.
Cada ayuntamiento es un mundo en este impuesto.

No tiene nada que ver, Torres se refiere que el recibo se gira nombre del titular el día 1 de enero, que luego tu ayuntamiento lo cobre en tal o cual fecha no afecta a eso.

Sí tiene que ver porque depende de cada ayuntamiento cómo lo gestionen.
Ejemplo práctico de cómo lo gestionaría mi ayuntamiento. Mi ayuntamiento lo divide en trimestres. Obviamente el coche que tengo ahora mismo, lo tengo desde antes del 1 de enero de este año. Si yo ahora mismo tengo que darlo de baja como el op, a mi sólo me van a cobrar un trimestre (lo prorratean desde enero hasta marzo) y no el año completo.
Si esto mismo me pasa en agosto (que ahí ya habría pagado el año 2024 completo), puedo solicitar que me devuelvan el importe del último trimestre del año.

Literalmente de la web de mi ayuntamiento:
Prorrateo de cuotas: cuando se adquiera un vehículo por primera vez, se dé baja definitiva, o bien se dé baja por robo, se podrá prorratear por trimestres naturales el importe de la cuota anual. En el caso de bajas definitivas o por robo, si ya se hubiese abonado el impuesto por el año completo, se podrá solicitar la devolución por la parte proporcional a aquellos trimestres naturales en que el vehículo haya estado de baja.
@AMSWORLD
Lo que tu digas.. pero sigues con los trimestres, cuando de lo que se habla es de la titularidad del IVTM
Si me compro un coche de 2ª mano ahora, yo no voy a pagar el ITVM del 2024, ni un trimestre, ni dos ni 40, pagaré el del 2025, suponiendo que a 1/1/25 siga siendo yo el titular, si para antes lo he vendido / transferido, no pagaré nada. El ITVM del 2024 se lo va a comer quien fuera titular el 1/1/2024
Ya sabemos que en caso de robo / achatarramiento / venta para exportación, puedes reclamar partes no consumidas, pero en una venta nacional no
Buenas!

En mi cuidad es año completo, del 1 de enero al 31 de diciembre, y vienen cobrándolo a partir de abril-mayo. Si das baja puedes reclamar los trimestres no aprovechados, pero el recibo lo giran aunque hayas dado de baja el coche el día 1 de enero, pagando la parte correspondiente al trimestre en curso. Aunque el coche lleve 6 meses de baja.

Otra cosa es que lo vendas. Al venderlo, el sello tiene que estar al día, y normalmente lo paga el que lo vende, que suele ser el titular a día 1 de enero. Para no pagarlo, tendrias que venderlo el 31 de diciembre para no tener que pagar el año entrante

Por cierto, uno de mis dos coches es DGB, y tiene 48000km. ¿Lo tengo que mandar al desguace?
hal9000 escribió:@AMSWORLD
Lo que tu digas.. pero sigues con los trimestres, cuando de lo que se habla es de la titularidad del IVTM
Si me compro un coche de 2ª mano ahora, yo no voy a pagar el ITVM del 2024, ni un trimestre, ni dos ni 40, pagaré el del 2025, suponiendo que a 1/1/25 siga siendo yo el titular, si para antes lo he vendido / transferido, no pagaré nada. El ITVM del 2024 se lo va a comer quien fuera titular el 1/1/2024
Ya sabemos que en caso de robo / achatarramiento / venta para exportación, puedes reclamar partes no consumidas, pero en una venta nacional no


Pero según él en su ciudad si vende el coche ahora sólo pagaría el primer trimestre. Entonces si no lo paga ni el que vende ni el que compra esos 3 trimestres que quedan el coche circula gratis??

Otra cosa es que el compañero se refiera a que es un pago fraccionado y aunque él piense que sólo tendría que pagar el primer trimestre tendría que pagar en realidad todos ya que pagas la anualidad pero con pagos fraccionados
@Torres efectivamente, es el primer caso. Aplicado de forma práctica al caso de quién abrió el tema...
Imagina que el recibo total del año son 165€ como es mi caso particular por potencia fiscal. Al op le dieron de baja el coche por accidente o por lo que sea en enero. El op si viviera en mi ayuntamiento pagaría 55€ en mayo (si no tiene domiciliado el recibo) o en julio si lo tuviera domiciliado.
20 respuestas