Retroakira escribió:Hilo cíclico oficial de EOL xD
http://www.elotrolado.net/hilo_problema-con-fecha-de-caducidad-de-itv-y-fecha-de-cita-previa_2022970
(aparte que no se debe hacer
) Darkian escribió:Retroakira escribió:Hilo cíclico oficial de EOL xD
http://www.elotrolado.net/hilo_problema-con-fecha-de-caducidad-de-itv-y-fecha-de-cita-previa_2022970
Ya ves, ya decia que lo habia visto antes ^^
Un amigo va unos 4 años sin ITV y no le han parado, asi muchas gente, pero yo soy de los que piensan que si lo hago yo, me paran la primera semana(aparte que no se debe hacer
)
BeRReKà escribió:Darkian escribió:Retroakira escribió:Hilo cíclico oficial de EOL xD
http://www.elotrolado.net/hilo_problema-con-fecha-de-caducidad-de-itv-y-fecha-de-cita-previa_2022970
Ya ves, ya decia que lo habia visto antes ^^
Un amigo va unos 4 años sin ITV y no le han parado, asi muchas gente, pero yo soy de los que piensan que si lo hago yo, me paran la primera semana(aparte que no se debe hacer
)
Lo malo de no llevar itv no es la multa, es que te la pegues mientras está caducada.
Zicoxy3 escribió:he leido parte del otro hilo y no me aclara nada. Unos dicen que sí, otros que con el justificante sirve... Puedo ir a otra estación, pero me queda lejos y curro todo agosto.
Miraré a ver qué fechas tienen, pero si no pueden pasarla por sus problemas (falta de personal-instalaciones-vacaciones) kos usuarios no debemos pagar por ello.
Creo que voy a ir a la estación a preguntar sobre éste tema.
METEROS EN LA PUTA CABEZA que no se puede circular con la ITV caducada.
Que eso de la bondad del agente me lo paso POR LOS HUEVOS.
Si no tienes fecha te presentas en la ITV hasta que te den hueco y la pasas.
Si tienes un accidente con la ITV caducada palmarás si o si, si es un raspón o similar no lo van a mirar las aseguradoras, pero como haya un solo herido, eso y la alcoholemia es lo primero que se miran.
Os aclaro otro legalidad, si el coche tiene la ITV caducada, ni siquiera puede estar aparcado en la vía publica, de hecho si la policía municipal hiciera bien su trabajo te denunciaría aun estando parado.
El vehículo tiene que ir a pasar ITV en grúa, recuerda sin ITV, no se puede circular.
Después cada cual se haga sus pajas mentales y haga las leyes a su antojo pero esto es lo que hay y lo demás son leyendas urbanas
Dado que circular con un vehículo con la ITV caducada puede ser motivo de sanción, siendo responsable el propietario del vehículo y con el objeto de facilitar que nuestros clientes cumplan lo establecido en la legislación, tenemos implantado desde hace tiempo un servicio adicional al de la cita previa para informar a nuestros clientes sobre la caducidad de su inspección (cartas preaviso de caducidad inspección) informando por correo (anticipándolo lo necesario en función de la demora de la agenda) a todos los clientes que han pasado alguna vez inspección con nosotros y corriendo con los gastos de las comunicaciones que realiza la Jefatura Provincial de Tráfico a los propietarios de vehículos que les toca pasar por primera vez inspección y están matriculados en nuestra comunidad, no pudiendo gestionar en este último caso el momento del envío.
Estas cartas están siendo enviadas con la antelación suficiente para cumplir lo indicado en la legislación.
Aparte, y en caso de sanción, siempre se entrega un informe de la cita concertada en la que consta la fecha de solicitud y fecha asignada, quedando constancia de la disponibilidad en ese momento de nuestra agenda por si la demora en la cita es solicitada por nuestros clientes, no siendo efecto de la saturación actual.
En ITVASA, nuestro compromiso se basa en tratar de ofrecer a nuestros clientes un servicio de alta calidad, estableciendo ya en el año 1989 un sistema de cita previa donde centramos todos nuestros esfuerzos, ya que además con estas personas si adquirimos un compromiso, pero no podemos evitar que en determinados momentos se produzcan aglomeraciones causados por diferentes motivos.
Sin tratar de desentendernos de la responsabilidad que nos pueda corresponder en esta demora de citas indicarle que como usted bien sabrá nos encontramos en una época de crisis, en la que en el sector publico tenemos que tratar de contribuir con una buena gestión y con mínimas (o mejor dicho nulas) inversiones para tratar de mejorar esta situación. Como comprenderá es muy difícil, con la legislación actual, el poder realizar nuevas incorporaciones de personal en una empresa pública con las restricciones impuestas por el Gobierno Central y debidas a la prohibición de contratación de nuevo personal, prohibición de aumentar la masa salarial y paralización de inversiones en el sector público impuestas por la Ley 2/2012 para el año 2012, la Ley 17/2012 para el año 2013, y que se amplia de nuevo para el año
2014 por la disposición adicional vigésima (Contratación de personal de las sociedades mercantiles públicas en 2014) de la Ley 22/2013, de
23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.