Duda con el SEPE, el paro, vacaciones no disfrutadas, cambio de comunidad autónoma y hasta su tía

Muy buenas compañeros!

Vengo a plantearos una situación en la que me voy a ver envuelto en los próximos 1-2 meses y que no sé exactamente como actuar.

Por motivos que no vienen al caso en breves me despiden de mi empresa, previo acuerdo.

En el finiquito me tendrán que abonar las vacaciones no disfrutadas, en este caso unos 2 meses y poco.

Y me acabo de enterar de que aunque no disfrute esos días de vacaciones y me los paguen, hasta que no pasen dichos días (por mucho que ya esté despedido) cuenta como que estoy trabajando y por lo tanto no puedo ni solicitar el paro ni la demanda de empleo.

Primero de todo: ¿esto es así o lo he entendido yo mal?

Siguiendo con el caso:

La cuestión es que una vez desempleado y con paro me quería mudar a otra comunidad en la otra punta de España respecto a donde resido actualmente y desde allí, subsistir con el paro hasta dar con un nuevo empleo.

Se me tuerce un poco el asunto en caso de lo que he dicho de las vacaciones no disfrutadas pero retribuidas sea tal y como lo he contado. Pero igualmente marcharé, ya que entre el finiquito y el colchón que tengo puedo aguantar hasta solicitar el paro o hasta que salga un trabajo, lo primero que ocurra.

Así que: si tengo que esperar esos 2 meses para solicitar el paro pero yo ya estoy viviendo en otro domicilio y en otra comunidad, puedo solicitarlo en la oficina más cercana de mi nueva residencia comunicando el cambio de domicilio o tengo que solicitarlo en la oficina de mi antiguo domicilio?

Es una situación que se han juntado varios factores y no sé exactamente como enfocarla.

Espero que me podáis echar un cable, gracias!
@Lagos123
https://loentiendo.com/vacaciones-plazo-pedir-paro/

la tramitacion la debes de hacer en tu lugar de residencia, en este caso cuando te mudes a la otra comunidad.
Cuantos años llevas sin disfrutar vacaciones? Porque para acumular dos meses y pico... 😅

Cada mes de curro son (por lo general) dos días y medio de vacaciones, por eso, un año entero de curro suelen unos 23 días... Ese sería el máximo que tendrías que esperar para tramitar el paro, no?

Saludos!
¿Si te pagan las vacaciones como vas a disfrutarlas?
@obmultimedia perfecto, gracias!

@bascu pues desde 2020 [carcajad]

@seaman quién ha dicho que vaya a disfrutarlas?
seaman escribió:¿Si te pagan las vacaciones como vas a disfrutarlas?


Que te las paguen no significa que luego no estás dado de alta.
De hecho yo tengo contratos de trabajo en los que no disfrute de las vacaciones y en la vida laboral me aparece que he trabajado en dos trabajos en un mismo día, uno como si estuviese de vacaciones y otro en el nuevo contrato.
Vamos, tendré en total unos 18-19 días, y a mi si me pagaron las vacaciones.
ajbeas escribió:
seaman escribió:¿Si te pagan las vacaciones como vas a disfrutarlas?


Que te las paguen no significa que luego no estás dado de alta.
De hecho yo tengo contratos de trabajo en los que no disfrute de las vacaciones y en la vida laboral me aparece que he trabajado en dos trabajos en un mismo día, uno como si estuviese de vacaciones y otro en el nuevo contrato.
Vamos, tendré en total unos 18-19 días, y a mi si me pagaron las vacaciones.


Supongo que será porque te dejan dado de alta y te pagan el día.
Por eso lo de pagar vacaciones.
Yo juraría que en trabajos donde me iba con vacaciones, me pagaban más en el finiquito pero no estaba dado de alta.
Lagos123 escribió:Muy buenas compañeros!

Vengo a plantearos una situación en la que me voy a ver envuelto en los próximos 1-2 meses y que no sé exactamente como actuar.

Por motivos que no vienen al caso en breves me despiden de mi empresa, previo acuerdo.

En el finiquito me tendrán que abonar las vacaciones no disfrutadas, en este caso unos 2 meses y poco.

Y me acabo de enterar de que aunque no disfrute esos días de vacaciones y me los paguen, hasta que no pasen dichos días (por mucho que ya esté despedido) cuenta como que estoy trabajando y por lo tanto no puedo ni solicitar el paro ni la demanda de empleo.

Primero de todo: ¿esto es así o lo he entendido yo mal?

Siguiendo con el caso:

La cuestión es que una vez desempleado y con paro me quería mudar a otra comunidad en la otra punta de España respecto a donde resido actualmente y desde allí, subsistir con el paro hasta dar con un nuevo empleo.

Se me tuerce un poco el asunto en caso de lo que he dicho de las vacaciones no disfrutadas pero retribuidas sea tal y como lo he contado. Pero igualmente marcharé, ya que entre el finiquito y el colchón que tengo puedo aguantar hasta solicitar el paro o hasta que salga un trabajo, lo primero que ocurra.

Así que: si tengo que esperar esos 2 meses para solicitar el paro pero yo ya estoy viviendo en otro domicilio y en otra comunidad, puedo solicitarlo en la oficina más cercana de mi nueva residencia comunicando el cambio de domicilio o tengo que solicitarlo en la oficina de mi antiguo domicilio?

Es una situación que se han juntado varios factores y no sé exactamente como enfocarla.

Espero que me podáis echar un cable, gracias!

Tenien que abonar la partes de vacaciones no disfrutadas, la parte proporcional de paga extra y el sueldo del mes en curso mas lo que te corresponda de finiquito.
Por otro lado las vaciones o se disfrutan o se puede llegar a perder yo me tenido que coger 14 dias de vacaciones y tres AP por que si nos los perdia y no se pagaban al estar trabajando.
Lagos123 escribió:Y me acabo de enterar de que aunque no disfrute esos días de vacaciones y me los paguen, hasta que no pasen dichos días (por mucho que ya esté despedido) cuenta como que estoy trabajando y por lo tanto no puedo ni solicitar el paro ni la demanda de empleo.

¿esto es así o lo he entendido yo mal?


es asi, pero hay un detalle y es que en principio, legislacion en la mano, no puedes tener mas de 30 dias de vacaciones naturales al año salvo que el convenio establezca otra cosa (por ejemplo los de hosteleria tienen 42 o 45 pero porque trabajan los festivos y asi se lo compensan) y (de nuevo, en principio) las vacaciones no se acumulan de un año para el siguiente. puede ser que tu tuvieras el acuerdo con la empresa de que te guardaran los dias de vacaciones de años anteriores pero creo que el SEPE solo tomara los dias de vacaciones "no disfrutados" de 2023.

de todos modos lo mejor es que lo aclares en la oficina de desempleo.

Lagos123 escribió:La cuestión es que una vez desempleado y con paro me quería mudar a otra comunidad en la otra punta de España respecto a donde resido actualmente y desde allí, subsistir con el paro hasta dar con un nuevo empleo.

si tengo que esperar esos 2 meses para solicitar el paro pero yo ya estoy viviendo en otro domicilio y en otra comunidad, puedo solicitarlo en la oficina más cercana de mi nueva residencia comunicando el cambio de domicilio o tengo que solicitarlo en la oficina de mi antiguo domicilio?


1.- lo solicitas en la que residas en el momento de solicitarla. las prestaciones son nacionales con lo cual no vas a tener inconveniente en eso por el cambio de localidad.

pero de todos modos si te diria que:

2.- pidas cita ahora para que te aclaren tu situacion exacta porque es un tanto irregular tal como la describes. (yo creo que simplemente tomaran como que en 2023 no disfrutaste ningun dia de vacaciones y entonces te determinaran en que fecha debes acudir para formalizar, y con eso ya decides si lo haces antes de mudarte o despues).
seaman escribió:
ajbeas escribió:
seaman escribió:¿Si te pagan las vacaciones como vas a disfrutarlas?


Que te las paguen no significa que luego no estás dado de alta.
De hecho yo tengo contratos de trabajo en los que no disfrute de las vacaciones y en la vida laboral me aparece que he trabajado en dos trabajos en un mismo día, uno como si estuviese de vacaciones y otro en el nuevo contrato.
Vamos, tendré en total unos 18-19 días, y a mi si me pagaron las vacaciones.


Supongo que será porque te dejan dado de alta y te pagan el día.
Por eso lo de pagar vacaciones.
Yo juraría que en trabajos donde me iba con vacaciones, me pagaban más en el finiquito pero no estaba dado de alta.


En el finiquito te tienen que pagar más, claro, por todos los días de vacaciones proporcionales que te correspondiesen y no gastaras. Pero las vacaciones cotizan igual, así que tendrá que salirte en la vida laboral algo del palo vacaciones retribuidas. Si no te sale, o te dejaron dado de alta hasta el el último día que "correspondería" con tus días de vacaciones (en plan acabar el 9, y como te pagaron 5 días de vacaciones, poner fin el 14, cosa que veo bastante improbable pero prefiero pensarlo) o te hicieron una guarrada curiosa.
@Lagos123 Las vacaciones retribuidas y no disfrutadas suponen una situación asimilada al alta.
Esto quiere decir que aunque tú ya no trabajes en la empresa, al estar "disfrutando" de dichos días de vacaciones, la empresa debe mantener la cotización durante el periodo de dichas vacaciones.

Una vez finalizado el periodo de vacaciones, podrás solicitar el desempleo ya que será cuando comiences tu situación laboral como desempleado, hasta entonces no entras en el registro de trabajadores sin alta laboral.

En cuanto a lo del domicilio, lo mejor es que intentes llamar por teléfono a tu antigua oficina del SEPE y les consultes. Si tienes suerte de que te atiendan y de que des con un funcionario agradable, no debería serles complicado poder resolverte la duda. Eso sí, ten paciencia y sigue probando hasta conseguirlo.

Saludos,
Todo correcto lo que dice el compañero, pero el SEPE no atiende sin cita previa. Puedes pedir cita en www.sepe.es
A ver, entiendo que te refieres a las vacaciones generadas de 2 meses y algo, Eso son que, un par de dias o 3?

la trampa suele ser que quieren que te las cojas para no pagartelas ya que el preaviso son 2 semanas:
-Mira, tienes 2 semanas de vacaciones, te vas a la calle, te avisamos ya y mañana coges vacaciones.

No estas obligado a esto, deberian de pagartelas y si tienes que estar 2 semanas rascandote el higo, estas.

Lo de ir a otra comunidad pues vete y pides el paro alli. Tienes 2 semanas desde la baja efectiva para pedir el paro, si no me equivoco. O tambien lo puedes pedir y luego notificar entiendo.
en teoria aunque te las paguen no emperzaras a cobrar la prestacion hasta que esos dias de vacaciones finalicen
nirvana17 escribió:en teoria aunque te las paguen no emperzaras a cobrar la prestacion hasta que esos dias de vacaciones finalicen


Entonces las estás disfrutando. Puesto que simplemente te mantienen el alta en el puesto hasta que finalice tu periodo de vacaciones.
en mi caso hace años tras un despido no cobre el paro hasta pasados esos dias . hara como 10 años no se si seguira la norma
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