Duda actualización IPC alquiler

Hola a todos , a ver si me podéis ayudar que creo que la inmobiliaria nos la quiere jugar...

Para poneros en situación yo vivo desde Junio de 2017 alquilado en este piso. En mi contrato, como en muchos otros, está puesto que el IPC se actualizará cada 12 meses.

Según tengo entendido la Ley 29/1994 obliga a notificar la actualización de este IPC.

Hoy he recogido una carta en mi casa que me notifica que me actualiza el IPC de Junio de 2018 y me pide los retrasos del incremento del IPC desde Junio de 2018 a Junio de 2019. 100 euracos!!

¿Esto es legal? Yo entiendo que si no me notifica en Junio de 2018 pierde el derecho a pedirme los retrasos hoy, no?

Gracias por adelantado..
¿Se actualizará o se podrá? Por que si se tiene que actualizar si o si, si te lo pueden pedir pero si solo es la posibilidad y no te avisaron antes no creo que puedan.
Yo consultaría con un abogado experto en el tema por sí las moscas


Edit: también hay que revisar si el año pasado el IPC también te salió a pagar o si es que te lo piden ahora para que lo pagues a como está este año
@Emigrante el contrato dice se actualizará bajo conforme los términos de la Ley 29/1994, la cual te obliga a notificar para actualizar...
Squallete escribió:@Emigrante el contrato dice se actualizará bajo conforme los términos de la Ley 29/1994, la cual te obliga a notificar para actualizar...


Sí, te obliga a notificar cuando cabe la posibilidad si ya esté pactado en el contrato que se actualiza sí o sí, creo que es diferente.
Sí redacto el contrato la inmobiliaria y es una de tres a cuarto igual no está no buen redactado.
Yo me iría a un abogado por las dudas, hay unos cuantos que te hacen la consulta gratuita o a precio rebajado.
Habrá un plazo para notificar. Sí está dentro de ese plazo entonces si te lo podrá subir y pedir atrasos. Mira en esa ley que seguro vendrá
Squallete escribió:@Emigrante el contrato dice se actualizará bajo conforme los términos de la Ley 29/1994, la cual te obliga a notificar para actualizar...


MUY IMPORTANTE. ¿Dice ESPECÍFICAMENTE que se actualizará por el IPC? ¿O solo dice según la ley, sin aclarar qué índice debe usarse?
LLioncurt escribió:
Squallete escribió:@Emigrante el contrato dice se actualizará bajo conforme los términos de la Ley 29/1994, la cual te obliga a notificar para actualizar...


MUY IMPORTANTE. ¿Dice ESPECÍFICAMENTE que se actualizará por el IPC? ¿O solo dice según la ley, sin aclarar qué índice debe usarse?


@LLioncurt primero cita la ley y luego la explica.

Concretamente el texto es este:

Imagen

Asi que entiendo que lo que manda es la 29/1994
Vale, sí que especifica lo del IPC. Lo digo porque a mí me lo intentaron subir pero en el contrato no se especificaba qué índice usar, y según la ley de entonces se aplicaría otro índice más favorable al inquilino. Pero no es tu caso.
LAU

Artículo 18. Actualización de la renta.

"1. Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos.

2. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística.

Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente".

Si te pueden exigir cantidades atrasadas, entiendo que no ya que el apartado 2 dice expresamente que será exigible a partir del mes siguiente en el que se notifique la subida por escrito; por tanto, te lo puede subir a partir de ahora, pero no exigir lo atrasado.
100 € de IPC no es ni de coña, a no ser que pagues 3000 pavos al mes xd

A mí me ha subido unos 15 euros en 2 años y pico
alextgd escribió:100 € de IPC no es ni de coña, a no ser que pagues 3000 pavos al mes xd

A mí me ha subido unos 15 euros en 2 años y pico


Yo entiendo que es el acumulado del periodo Junio 2018-Junio 2019.


En teoría, no deberías pagarlo porque se tiene que avisar cuando vence el año de contrato con lo cual el periodo que reclama lo ha perdido; ahora que si se pone tonto con el tema te va a buscar las cosquillas.
Hay que mirar el IPC anual del último mes publicado a fecha en la que vence el contrato. A día de hoy sería el de abril pero si llevas desde junio, igual cuando llegue el día está disponible ya el de mayo. Vamos, que aún no se puede saber el IPC que te tocará pero nunca puede ser el de junio.

https://www.ine.es/prensa/ipc_tabla.htm

Con respecto a la pregunta, si no te avisaron en su día no te pueden actualizar el año pasado, ni pedir atrasos ni, que yo sepa, incrementarte este año los de los dos últimos.

Salu2
@Dreamcast2004 Vale, a mí me lo suben cada año justo. Pero esa guarrada de cobrarlo de golpe...
No pueden cobrarte retroactivamente, diles que no y que a partir de ahora pagarás el alquiler con el ipc correspondiente
Os actualizo la situación. Efectivamente la inmobiliaria me ha dado la razón y no me puede reclamar el IPC acumulado.

Sin embargo me dicen que, ya que el año que viene finalizan mis 3 años, si no pago ahora esos 100 euros, en lugar de subir 40-50 euros mi alquiler como estan haciendo a otros inquilinos me subirían 70-80.

¿Como lo veis, es legal? Seguramente no pagare los 100€ y que les jodan, el año que viene cambiare de piso.

Gracias por las respuestas
Squallete escribió:Os actualizo la situación. Efectivamente la inmobiliaria me ha dado la razón y no me puede reclamar el IPC acumulado.

Sin embargo me dicen que, ya que el año que viene finalizan mis 3 años, si no pago ahora esos 100 euros, en lugar de subir 40-50 euros mi alquiler como estan haciendo a otros inquilinos me subirían 70-80.

¿Como lo veis, es legal? Seguramente no pagare los 100€ y que les jodan, el año que viene cambiare de piso.

Gracias por las respuestas

Acepta a condicion que te firmen las condiciones del nuevo contrato ahora (si te interesa)
Squallete escribió:Os actualizo la situación. Efectivamente la inmobiliaria me ha dado la razón y no me puede reclamar el IPC acumulado.

Sin embargo me dicen que, ya que el año que viene finalizan mis 3 años, si no pago ahora esos 100 euros, en lugar de subir 40-50 euros mi alquiler como estan haciendo a otros inquilinos me subirían 70-80.

¿Como lo veis, es legal? Seguramente no pagare los 100€ y que les jodan, el año que viene cambiare de piso.

Gracias por las respuestas


Ya eso tienes que valorarlo, si te interesa el piso, el barrio etc etc. Es un poco mafioso lo que te han dicho, sino lo haces el próximo año subidon en lo que pagas; pero te en cuenta que al terminar el contrato y el dueño no querer seguir con lo que pagas hasta ahora, te mandara la carta que no te renueva el contrato y si quieres seguir se hace uno nuevo con las condiciones x.

Si al final decides pagar, como te han dicho que te firmen ahora las condiciones del futuro contrato y sino quieren hasta luego.

Que pagas los 100 € y luego en la renovación del contrato te sube 100 € al mes.
Squallete escribió:Os actualizo la situación. Efectivamente la inmobiliaria me ha dado la razón y no me puede reclamar el IPC acumulado.

Sin embargo me dicen que, ya que el año que viene finalizan mis 3 años, si no pago ahora esos 100 euros, en lugar de subir 40-50 euros mi alquiler como estan haciendo a otros inquilinos me subirían 70-80.

¿Como lo veis, es legal? Seguramente no pagare los 100€ y que les jodan, el año que viene cambiare de piso.

Gracias por las respuestas

En primer lugar, sí, es legal. Termina el contrato y pueden decidir no renovártelo si no aceptas la subida que ellos quieran.
Pero si pagas ahora, que no estás obligado, nadie te asegura que no te vayan a hacer esa subida igualmente.
Es más, al haber cumplido los tres años obligatorios, a partir de ese momento te vas encontrar los mismos chantajes anualmente.
Mi consejo es que, como dices, no pagues nada que no te corresponda y cambies de piso cuando termines, que con la nueva ley en un contrato nuevo tendrás 5 años garantizados en los que solo te podrán subir el IPC.

Salu2
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