Contrato Formación y Aprendizaje: Sueldo

Buenas a todos, quería plantearos unas dudas por si hay alguien que tenga conocimiento de cómo funcionan este tipo de contratos.

Trabajo para el ayuntamiento de mi ciudad, mediante un plan de empleo, en esta modalidad de contratación. Ya he terminado los 3 meses de formación y llevo un mes en mi puesto de trabajo.
La cuestión es que estoy sola en mi puesto de trabajo de administrativa o auxiliar administrativo o no sé exactamente qué será xD. Quiero decir que no hay nadie haciendo el trabajo y yo aprendiendo. Simplemente me soltaron en ese sitio y soy la única persona que se encarga de ese trabajo. Digamos que soy la administrativa de dos escuelas infantiles. Solo estamos las educadoras, conserjes, directora y yo.

Mi sueldo es del 75% del SMI dado que mi jornada efectiva de trabajo es del 75% (el otro 25% fue la formación)

Ahora bien mi duda es.. El sueldo no debería ser el 75% del sueldo de la categoría profesional a la que estoy sustituyendo? Es que no me queda nada claro y sería un gran pellizco más todos los meses.

Por otro lado, si quisiera llevar a cabo una reclamación formal tendría que hablar con los sindicatos presentes en la empresa no? Tendría que afiliarme o algo así? O al ser representantes de los trabajadores de la empresa no tendría que pagar nada?

Gracias por leer y toda ayuda será bien recibida
Habrá que ver las condiciones del plan de empleo ... si entrarás de interina en el puesto de un prejubilado si se tiene el derecho a cobrar lo que sea de su categoría, pero me da a mi que tu contrato será muy cerrado y estas de machaca hasta que acabes tu contrato ...que te iras sin posibilidad de vuelta.
maponk escribió:Habrá que ver las condiciones del plan de empleo ... si entrarás de interina en el puesto de un prejubilado si se tiene el derecho a cobrar lo que sea de su categoría, pero me da a mi que tu contrato será muy cerrado y estas de machaca hasta que acabes tu contrato ...que te iras sin posibilidad de vuelta.

Me refería más a lo que dice la ley. Por ejemplo los contratos en prácticas vienen recogidos con un sueldo del 60% respecto a la categoría profesional del puesto ocupado.
Por ello pregunto si mi 75% no tendría que ser sobre esa categoría también y no sobre el SMI.
¿Es un contrato relevista? ¿Es una interinidad o contrato laboral temporal por jubilación anticipada?

Mírate si tienes las tablas salariales y comprueba si el 75% corresponde al salario bruto (sueldo+complemento destino+complemento específico). Si hay alguna irregularidad, si se deriva en denuncia, pasaría a contrato laboral indefinido si es en fraude de ley, con todo lo que implicaría...

Saludos.
Kurace escribió:¿Es un contrato relevista? ¿Es una interinidad o contrato laboral temporal por jubilación anticipada?

Mírate si tienes las tablas salariales y comprueba si el 75% corresponde al salario bruto (sueldo+complemento destino+complemento específico). Si hay alguna irregularidad, si se deriva en denuncia, pasaría a contrato laboral indefinido si es en fraude de ley, con todo lo que implicaría...

Saludos.

No no, nada de eso. Es un contrato de formación y aprendizaje. Ni interinidad, ni por jubilación anticipada ni nada. De hecho el contrato comenzó el 1 de Marzo (empezamos con los 3 meses de formación) y hasta finales de Mayo no sabíamos dónde íbamos a trabajar (ni el ayuntamiento a dónde nos iba a mandar)
En nuestro contrato solo viene recogido que cobraremos el 75% del SMI, ni complementos de destino ni específicos ni nada de nada.
Kurace escribió:¿Es un contrato relevista? ¿Es una interinidad o contrato laboral temporal por jubilación anticipada?

Mírate si tienes las tablas salariales y comprueba si el 75% corresponde al salario bruto (sueldo+complemento destino+complemento específico). Si hay alguna irregularidad, si se deriva en denuncia, pasaría a contrato laboral indefinido si es en fraude de ley, con todo lo que implicaría...

Saludos.



Se ha hecho, el departamento de personal del ayuntamiento X contrata de forma irregular (a sabiendas) a varias personas que después acuden a Magistratura y ganan la plaza, pero eso es cosa del pasado, no suele pasar, los servicios jurídicos, y más de una empresa pública, están muy atentos a todo tipo de contrataciones, y más con la tasa 0 de reposición de empleados.
maponk escribió:
Kurace escribió:¿Es un contrato relevista? ¿Es una interinidad o contrato laboral temporal por jubilación anticipada?

Mírate si tienes las tablas salariales y comprueba si el 75% corresponde al salario bruto (sueldo+complemento destino+complemento específico). Si hay alguna irregularidad, si se deriva en denuncia, pasaría a contrato laboral indefinido si es en fraude de ley, con todo lo que implicaría...

Saludos.



Se ha hecho, el departamento de personal del ayuntamiento X contrata de forma irregular (a sabiendas) a varias personas que después acuden a Magistratura y ganan la plaza, pero eso es cosa del pasado, no suele pasar, los servicios jurídicos, y más de una empresa pública, están muy atentos a todo tipo de contrataciones, y más con la tasa 0 de reposición de empleados.

Bueno de hecho está habiendo casos en mi ayuntamiento de otros planes de empleo anteriores. Por eso no me fío un pelo de que me estés pagando como deben y de que el porcentaje deba ser sobre el SMI y no sobre lo que cobre la persona que debería estar haciendo mi trabajo.

Pero vamos que yo no quiero que me hagan indefinida, lo que quiero es que me paguen más xD
De todos modos, mírate el tema de las tablas salariales (ve a un sindicato o si puedes, Googlea un poco, pones "tablas salariales del ayuntamiento de X") y así te puedes hacer una idea.

Quizás es cierto como dice @maponk que la cosa se mira con lupa, pero...se cometen bastantes errores y aun en la historia reciente (en el Gobierno de Aragón se hacen a patadas)...por tanto, yo lo consultaría con alguien o con personal...

Saludos y suerte.
Consulta con alguien de algun sindicato, aunque seguramente sera legal, si hoy en día lo de los inspectores de trabajo es una leyenda urbana. En mi trabajo no tenemos ni la mitad de espacio que deberia haber por persona, y no ha venido ni va a venir nadie a decir así no podeis trabajar. Para lo unico que sirve es para que quien nos ve diga, estais achuchados eh! jaja
Suerte con el tema ;)
lilloo escribió:Consulta con alguien de algun sindicato, aunque seguramente sera legal, si hoy en día lo de los inspectores de trabajo es una leyenda urbana. En mi trabajo no tenemos ni la mitad de espacio que deberia haber por persona, y no ha venido ni va a venir nadie a decir así no podeis trabajar. Para lo unico que sirve es para que quien nos ve diga, estais achuchados eh! jaja
Suerte con el tema ;)



Gracias a todos por las respuestas.

Lo de las tablas salariales... Las miro y no entiendo nada. Además, no sé que categoría profesional tiene la persona que normalmente hace mi trabajo así que es como si no mirara nada.

Sabéis si tengo que afiliarme al sindicato o al ser representantes de los trabajadores de la empresa no hace falta?
martuka_pzm escribió:
lilloo escribió:Consulta con alguien de algun sindicato, aunque seguramente sera legal, si hoy en día lo de los inspectores de trabajo es una leyenda urbana. En mi trabajo no tenemos ni la mitad de espacio que deberia haber por persona, y no ha venido ni va a venir nadie a decir así no podeis trabajar. Para lo unico que sirve es para que quien nos ve diga, estais achuchados eh! jaja
Suerte con el tema ;)



Gracias a todos por las respuestas.

Lo de las tablas salariales... Las miro y no entiendo nada. Además, no sé que categoría profesional tiene la persona que normalmente hace mi trabajo así que es como si no mirara nada.

Sabéis si tengo que afiliarme al sindicato o al ser representantes de los trabajadores de la empresa no hace falta?


No estoy afiliado a ninguno. He hecho preguntas y nunca me han puesto pegas.

Saludos.
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