capzo escribió:
Y si tiene el limite evidente de la constitucion española, está claro que no puede ser anticonstitucional, como dicen algunos, entonces, para eso arman tanto jaleo?? Supongo que lo quieren es salir en la tele, porque sinó no me lo explico.
A ver si consigo explicarme:
Toda norma jurídica española (ley, reglamento...) tiene que respetar la Constitución, pues la Constitución es la norma jurídica suprema en el ordenamiento jurídico español (en el Derecho español, traduciendo).
Si sobrepasa lo establecido en la Constitución es inconstitucional (puede ser por muchas razones: que no se apruebe como se debe, que su contenido sea contrario a la Constitución o a otra norma jerárquicamente superior -un reglamento no puede decir lo contrario de una ley-, que lo que regule no pueda ser regulado por ese tipo de norma -hay cosas que sólo pueden regularse en un tipo concreto de norma, como los estatutos de Autonomía, que tienen que serlo en Leyes Orgánicas, no vale en una ley normal o en un Real Decreto, por ejemplo-).
Explicado esto, sí se pueden aprobar leyes inconstitucionales. Por poner un ejemplo extremo: se aprueba en el Congreso una ley que instaure la pena de muerte por asesinato. Como la Constitución la ha abolido salvo en tiempos de guerra, pues dicha ley sería inconstitucional. Pero, tras ser aprobada, está en vigor hasta que el Tribunal Constitucional declare su inconstitucionalidad, pues es el único órgano que puede "echar" una Ley del Derecho español.
Ahora vamos al Estatuto: el engendro que llegó al Congreso de los Diputados es evidentemente inconstitucional. Y, a pesar de eso, podía haberse aprobado tal cual llegó, aplicándose lo que ya expliqué antes: es posible aprobar una ley inconstitucional y el Tribunal Constitucional es el único que podría expulsarla del ordenamiento jurídico. Bueno, podría expulsarla o, cuando sea posible, puede cargarse sólo partes si es posible que la Ley siga cumpliendo su cometido (que en este caso yo entiendo que no se podría). Esto fue lo que dijo Rubalcaba que podían hacer: si era inconstitucional, ya lo diría el Tribunal Constitucional (lo que, si se sabe que es inconstitucional, como el propio Gobierno afirmaba, es una barbaridad, es quitarse el marrón de encima).
Yo me leí el Estatuto (es que hay gente para todo

) y, poniendo aparte mis ideas, sólo las partes del Poder Judicial y las de fiscalidad se pasaban la Constitución por el forro. Pero mucho. Porque luego había partes que se podían recortar o rehacer o... Pero, vamos, esas dos en concreto, no había por donde cogerlas.
Resumiendo el tostón: el límite de la Constitución existe, pero no quiere decir que el legislador, el que aprueba la Ley, lo cumpla pues no hay un control de constitucionalidad previo a la aprobación de la ley por parte del Tribunal Constitucional (antes sí lo había). Muchas leyes se han declarado inconstitucionales en todo o en parte. Y, poniendo un último ejemplo: tú tienes un límite a lo que pudes hacer en el Código Penal. Ese límite te lo puedes saltar y hacer algo que te prohíbe. Pero después, si te denuncian, te llevarás el palo. Pues aquí lo mismo.
Edito: Keu, el Estatuto es sólo eso, sí: es una sola Ley que no tiene por qué ser excesivamente larga (el nuevo tiene 227 artículos, cuatro veces lo del "viejo", así que saca las oposiciones antes de que lo aprueben y te lo tengas que chapar
![Que me parto! [qmparto]](/images/smilies/net_quemeparto.gif)
)