Camaras de seguridad en empresa y Disruptor de señal

Hola tengo una duda a ver si algún experto me puede sacar de ella

En mi empresa, en la oficina y almacenes han instalado un sistema de videovigilancia 24h con camaras , de grabacion de video y audio

La cuestión es que los que trabajamos allí , no nos hace ni puñetera gracia que nuestra jefa este todo el día como si estuviéramos en gran hermano
Porque yo no se si será por la novedad , pero esta todo el día mirando los monitores a ver que estamos haciendo.
El tema es que ya no hay ni un rato de intimidad , te sientes con los ojos encima todo el rato y por supuesto ni un comentario hagas , porque se va a enterar

Asi que mi pregunta es la siguiente , es legal usar un disruptor de señal , para bloquear las cámaras haciendo que no funcionen a mi paso? XD

No me importa que mi jefa sepa que lo uso , quiero saber si es legal y tengo derecho a cargarme la señal a mi paso , de la misma forma que ella puede tener derecho a intentar conseguirla.

El chisme seria una cosa parecida a esta
http://www.minidropship.com/es/disrupte ... -1166.html


Ya de paso , si alguno lo ha usado , saber si funciona bien

Gracias
Lo que igual no es legal es la instalación en la oficina. En el almacén si ha habido robos de material si. Pero en la oficina...

Y lo que es ilegal SEGURO es que graben el audio.

http://www.laboral-social.com/camaras-s ... dores.html

Si quieres tocar los cojones te va a salir mejor poner una queja por la LOPD que andar haciendo el cafre con un inhibidor.
En la oficina (y almacén) es legal siempre que esté debidamente señalizado y siempre que las cámaras NO graben ninguna pantalla o monitor de un puesto de trabajo.

Además las grabaciones tienen que guardarse de forma conveniente y demás. Vamos, que como haya sido una instalación en plan "viene mi colega y me pone 4 cámaras" la denuncias a LOPD y la crujen.
Buenas,

Es ilegal (*el que te esten grabando en tu lugar de trabajo)

Saludos
Buenas.

Sobre la legalidad, estando señalizado y dado de alta correctamente en la APD no creo que haya problemas. No puedo decir mucho mas.

Sobre el inhibidor/disruptor, si las camaras con wifi te puede servir, como vayan por cable, lo unico que te sirve es un pulso electromagnetico, pero vamos que te cargarias muchos otros equipos.

Un saludo.
Mistercho escribió:Sobre el inhibidor/disruptor, si las camaras con wifi te puede servir, como vayan por cable, lo unico que te sirve es un pulso electromagnetico, pero vamos que te cargarias muchos otros equipos.


Eso venía yo a decir, tendríais que ver si van por cable (si tienen algun cable más aparte del de la corriente, aunque puede que se alimenten y manden los datos por el mismo 'tubo')
mi empresa se dedica a la instalación de sistemas de videovigilancia.
lo primero es q es totalemente ilegal la grabación de audio salvo q un juez, en circunstancias especiales, lo permita.
y luego, si quieres joder a la empresa, puedes consultar en http://www.agpd.es si estan debidamente dados de alta en el epigrafe de videovigilancia en titularidad privada. Si no es asi puedes denunciar y le caería un multazo gordo a la empresa, además de tener q darse de alta alli o retirar el sistema.
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chinche2002 escribió:mi empresa se dedica a la instalación de sistemas de videovigilancia.
lo primero es q es totalemente ilegal la grabación de audio salvo q un juez, en circunstancias especiales, lo permita.
y luego, si quieres joder a la empresa, puedes consultar en http://www.agpd.es si estan debidamente dados de alta en el epigrafe de videovigilancia en titularidad privada. Si no es asi puedes denunciar y le caería un multazo gordo a la empresa, además de tener q darse de alta alli o retirar el sistema.


Creo que en 2012 dejo de ser necesario lo del epigrafe.
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