Yo poco te puedo decir, pero estudio en zaragoza y unos apuntes que nos han dado pone este parrafo:
"El nombramiento del auditor para la revisión de las Cuentas Anuales, que deberá ser acordado por la Junta General antes de que finalice el ejercicio social a auditar, se inscribirá en el Registro Mercantil, previa aceptación del nombramiento, tal como sucede con los administradores. El plazo por el que deben ser nombrados oscila entre un mínimo de tres y un máximo de nueve años. Una vez transcurrido el plazo inicial de nombramiento, éste podrá ser reelegido anualmente de manera indefinida."
Y los apuntes estan a fecha del 2003...