La copia privada de software no es delito

jiXo
A estas alturas todos sabemos que la copia privada de obras audiovisuales (películas y música principalmente) es legal, y no es necesario poseer una copia original de la obra. Sin embargo la copia privada de software (incluyendo videojuegos), entendiendo privada como uso privado del copista sin utilización comercial o lucrativa, no es legal según la Ley de Propiedad Intelectual, la cuál sólo admite la realización de copias de seguridad (teniendo en posesión la copia original). Pero una cosa es vulnerar la L.P.I. realizando un ilícito civil (como pueda ser vulnerar la Ley de Seguridad Vial), y otra muy distinta cometer un delito como falsamente se dice desde la Federación Antipiratería y otras organizaciones.

Varias sentencias absolutorias han confirmado que la copia privada de software no es delictiva, y la última (de fecha 7 de septiembre) la podemos leer en la web del Bufet Almeida. En ella se ha absuelto a la dueña de un videoclub a la que incautaron 172 copias de videojuegos y películas al no haberse demostrado que fueran destinadas a la venta, y por tanto carecer de ánimo de lucro y perjuicio a terceros.
Sobre el autor » jiXo

Apasionado de la informática y las nuevas tecnologías desde los 8 años, cuando un Amstrad PC1512 se convirtió en mi "juguete" preferido. Una década después descubrí la PSX y los PIC12C508, y de esa unión nació ElOtroLado.

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