Aclaraciones sobre los delitos contra la propiedad intelectual (Actualizado)

Por fin se aclara que NO somos piratas por usar la mula. Un saludo
¿Eso quiere decir que podría ser ilegal importar una consola japonesa o americana?

A ver, comprar ya sea On-Line o porque estás de viaje en Japón una consola o 20 videojuegos NO es importar, se refieren a importar para vender aquí como está pasando con los cds y dvds vírgenes...por contra siempre podremos comprar en la UE a precios mucho más baratos que aquí y tiene razón la Fiscalía en el tema importaciones, es excesivo penalizar algo que debe ser tratado en un tribunal mercantil salvo que exista delito fiscal.
Pero no alegraros mucho...
En esta página se pueden consultar las tarifas generales de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual que son aplicables a los usuarios que hacen uso de los derechos que estas entidades tienen encomendados para su gestión.
Solo están disponibles las tarifas de aquellas entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual que voluntariamente han aceptado la oferta de su difusión formulada por el Ministerio de Cultura. Se hace constar que el establecimiento de las tarifas generales es una potestad que el Texto refundido de la ley de propiedad intelectual confiere en exclusiva a las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, sin que, por tanto, el Ministerio de Cultura intervenga ni en su fijación, ni en una ulterior aprobación de las mismas.
El Ministerio de Cultura no se responsabiliza del contenido de las tarifas publicadas en esta página
cuya responsabilidad incumbe a las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual que las han suministrado.

http://www.mcu.es/jsp/plantilla_wai.jsp?id=381&area=propint
y si os bajáis las tarifas os dará la risa....una pelicula por tv a las 22H que tenga actores de DAMA tiene que pagar a ésta 197 Euros por minuto de película, si además tiene algun actor de SGAE y la BS es de AIE mejor que el productor se abra las venas directamente, ejemplo de tarifa SGAE, unos almacenes que pongan música ambiente pagan 2.500 Euros al mes...
Como siempre, la SGAE buscará la forma de sacar dinero para darselo a sus artistas, porque eso es lo que hace. La SGAE nunca se enriquece, ellos simplemente cobran impuestos a todos para darselos a los "artistas" más ricos.

De todas formas lo de la importación paralela es a causa de por ejemplo una tienda que trae a España productos (que ya están en venta aquí) procedentes de fuera de la Unión Europea (p.e. EEUU o Japón) para venderlos en cantidades altas a un precio generalmente inferior al que tienen aqui de forma normal.
Claro que esto es considerado una norma excesiva, porque realmente no sirve para controlar el libre comercio. Además de que se aplica una pena excesiva sin especificar realmente los límites de esta acción.

Yo por mi parte espero seguir importando mangas, y algún que otro juego, todo ello para mi uso personal.


Por lo menos lo de la copia privada ahora está bien esplicado, aunque la ley sigue con un grave error. Estoy deacuerdo con que se aplique un canon si se permite la copia privada en su totalidad, pero en este caso la SGAE deberá pedir disculpas por tratar a todos los copistas como delincuentes y el gobierno debería ser el encargado de controlar el importe aplicado al canon (por que dejar que sea la SGAE la que decida el canon es como dejar a un niño a cargo de un kiosko).
bpSz escribió:JiXo, ¿Para cuando el foro de e-Links? XD


creo que para que sea del todo legal tendrian que elimnar la publcidad ¿no?
O sea.. cuando saquen el FFXII en USA en Octubre, no me lo podre comprar legalmente al tratarse de una importacion.. pero bajarmelo pa viciarme, puesto que en Europa no saldra hasta el 2007, seguramente, es legal, no?

Me gustaria saber lo que fuma la gente que escribe las leyes, debe ser costo del bueno. xDD
[IMG=Una tienda Informática]http://img163.imageshack.us/img163/9453/firmaaqui7kd.jpg[/IMG]
No se a vosotros, pero a mi me ha molado esta noticia un huevo...
Haber que dice la SGAE ahora de esto...

Salu2!! [oki]
La importación paralela sin autorización, tanto de obras (videojuegos, películas, etc.) como de bienes industriales (videoconsolas) está penada después de la última modificación del código penal (artículos 270.2 y 274.1). Sin embargo la Fiscalía muestra su disconformidad con este punto, afirmando que en este caso la represión penal es excesiva y contradice los principios de intervención mínima y de proporcionalidad. (Páginas 14-24, 72-74 y 94-96).


Este punto tendrian que aclararlo,pq en mi caso,me voy de viaje el mes que viene a Japon y no puedo ejercer mi derecho de uso privado??Me quiero traer varias consolas y juegos [jaja]
Guiru escribió:Otra historia es lo de los modchips, en teoría es legal tenerlos pero en cambio sería ilegal montarlos y/o venderlos al existir animo de lucro. No me queda muy claro si vender el chip suelto es ilegal o el simple hecho de instalarlo cobrando por ello. Siendo el segundo caso es muy sencillo simplemente vendiendo todos los chips a un precio alto se compensan las pérdidas y se regala la instalación. Para la venta suelta de chips se crearía otra empresa con precios "mayoristas" que no instalase bajo ningún concepto.


La ley no me parece muy clara. Entonces con esta nueva ley las tiendas que hacen venta de modchips estarían todas ilegales??

Disploited.
disploited escribió:
La ley no me parece muy clara. Entonces con esta nueva ley las tiendas que hacen venta de modchips estarían todas ilegales??

Disploited.


Como dije en la noticia, el artículo 270.3 es en el que se basan quienes defienden la ilegalidad de los modchips, pero hay argumentos de peso para defender lo contrario (que los modchips no cumplen las condiciones de ese artículo).
jiXo escribió:
Si el juez la aplica al pie de la letra, un modchip no es un medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras; primero porque no desprotege ningún programa de ordenador u obra y segundo porque algunos de sus habituales destinos como son el uso de juegos de importación o software casero no tienen nada que ver con lo anterior. En cualquier caso ante la ambigüedad de la ley el resultado de cualquier juicio dependerá de la buena fe del acusado, la interpretación del juez y la pericia del abogado.


Podemos darle las vueltas de queramos, pero la única finalidad del modchip es almacenar un programa BIOS, es decir, un programa de arranque de la consola que ELIMINA o NEUTRALIZA la protección que la BIOS original posee, para, de ese modo, poder cargar copias de videojuegos (incluídos dentro de la categoría de programas de ordenador) o software "casero".

Con esto no estoy defendiendo que los chips sean o deban ser ilegales, ya que yo mismo tengo mi consola chipeada, sino que, según el Código Penal (el nuevo y el anterior) un modchip (o dispositivo) con una BIOS instalada que potencialmente puede eliminar, suprimir o neutralizar la protección de una videoconsola, no es legal.

Eso sí, como bien dices, será el juez quien interprete la Ley, y como seguramente le abrá regalado a su hijo una consola chipeada para reyes, pues no condenará al acusado (a no ser que se demuestre que también vendía copias piratas o que el individuo en cuestión es millonario gracias a esta práctica).

Un saludo.
>pero la única finalidad del modchip es almacenar un programa BIOS,

No es cierto, algunos chips almacenan una BIOS alternativa (y vienen normalmente en blanco), otros parchean la BIOS de la consola (sin infringir ningún copyright), y otros emplean otros sistemas que no tienen nada que ver con la BIOS (los de PSX por ejemplo se limitaban a escribir continuamente "SCEx" en un bus)

>es decir, un programa de arranque de la consola que ELIMINA o NEUTRALIZA la protección que la BIOS original posee, para, de ese modo, poder cargar copias de videojuegos (incluídos dentro de la categoría de programas de ordenador) o software "casero".

Si partimos de la base de que la protección que llevan las consolas no se limita a proteger los videojuegos, sino que es una limitación artificial (como ya han considerado algunos tribunales) que impide otros usos legítimos, la habilitación de esos otros usos no se correspondería a lo que castiga el 270.3.

Pero bueno, esto es sólo mi opinión, aunque supongo que será compartida por muchas de las tiendas que llevan años vendiendo o instalando modhips y por los jueces que han absuelto a algunas de ellas.
Sin entrar a valorar el resto de la ley q peude ser o no discutible me gusta el ultimo comentario acerca de la "proporcionalidad".
A ver si se aplican el cuento y un asesinato en primer grado deja de ser mas leve que ciertos "delitos" segun la $gae.
Las leyes son en todo caso muy subjetivas. Pero se es difícil defender la legalidad de los modchips, muy más difícil seria defender la legalidad de los discos de carga, pues estos tienen una función única de cargar juegos y la ley no permite siquiera cargar juegos originales importados… como havia escuchado en otro comentario, muchas tiendas están sentadas en bombas reloj…

Saludos, Disploited
jiXo escribió:[*]Respecto a los programas de ordenador (categoría en la que también suelen clasificarse los videojuegos), de cara al código penal no hay distinciones respecto al resto de obras por lo que se aplica igualmente la condición del ánimo de lucro estrictamente comercial. Precisamente la Audiencia Privincial de Murcia lo acaba de confirmar en la revocación de una sentencia condenatoria a un acusado que poseía más de 700 copias de videojuegos.
¿Y de qué van a vivir los programadores?
Yo entiendo que las leyes pueden pecar de ambiguedad para que precisamente sea el juez el que las reinterprete segun el 'tono' social del momento. De esta forma es el legislador el que crea una base, una especie de corriente general de pensamiento que luego sera el juez el que modifique en los casos concretos que se le presenten.

Personalmente creo que esta reforma deja las cosas practicamente como estaban; sobre el tema de los medios y dispositivos especificamente diseñadados para evitar protecciones no se centra en la manera de hacerlo entiendo yo (bien sea parcheando, escribiendo comandos en un bus o tener que agarrar el soldador y estaño) sino mas bien en el resultado. Sobre la artificialidad de las restricciones tampoco se pronuncian porque es claro que por un lado el legislador entiende que utilizar un determinado dispostivo de una forma 'creativa' puede afectar economicamente a la empresa que lo desarrolla (un ejemplo claro y simple seria el de las impresoras y los cartuchos de tinta) y por otro lado el usuario tiene el derecho de hacer con el equipo adquirido lo que le plazca ni mas ni menos. Mediar entre estos dos intereses a priori es muy complicado y creo q es mejor delegar la decision en el caso practico. Aun asi el legislador en este caso concreto se pone mas del lado de la empresa. Para el tema de las importaciones la palabra paralela es determinante como bien se ha indicado aqui.

Yo creo que en esta reforma ha imperado el sentido comun, cosa que brilla por su ausencia cuando gente como ramoncin o el teddy abren la bocaza. Esto no quiere decir que la fiesta se haya acabado claro: quedan muchos temas pendientes como por ejemplo el tema del canon: obviando la cuestion de base (es la manera idonea de retribuir al artista? es un parche para un modelo de negocio obsoleto?) queda mucho por limar en cuestion de maneras y formas: desde los casos tipo traxtore y la famosa cadena solidaria, el pago del canon por parte del usuario en varios tramos del camino hasta las practicas mafiosas de estas entidades a la hora del cobro, su reparticion, su gestion etc. A dia de hoy no puedo entender ocmo el sector privado sea el que esgrima este tipo de poder y de responsabilidad.
Chipear una consola NO PUEDE SER ILEgaL pues la consola la e comprado y pagado io por lo que es mia y tengo pleno poder sobre ella.
Si la existencia de los chips no es ilegal, ponerlos en la consola tampoco puede serlo. Si la pintura rosa no es ilegal no me pueden acusar por pintar mi consola de rosa.

Y lo de la importacion si que ma dejao flipando.. supngo que abran prohibido que una tienda española venda algun producto que aun no ha salido en españa y lo ha importado, pero si io qiero comprar algo de una web de rusia no me lo pueden prohibir.....

O QE?
triskø, es claro q la consola es tuya y puedes hacer lo que quieras con ella, pero con este tipo de medidas lo que se pretende es posibilitar un tipo de negocio basado no en la venta de la consola sino de los juegos; es el ejemplo que ponia de las impresoras: vendes la impresora a precio de coste o incluso perdiendo con la esperanza de ganar en los consumibles. Si resulta que luego no ganas en los consumibles porque hay gente te los piratea entonces sencillamente bajas la persiana y te dedicas a recoger setas o vendes las impresoras pegando un palo de preocupar.

Al final hay 2 intereses que proteger y la ley no es clara precisamente por esta misma razon. Es normal del todo que este prohibido modificar consolas y venderlas modificadas porque eso puede perjudicar a los ensambladores de pcs, a los programadores de juegos y a la propia microsoft que a dia de hoy pierde dinero con cada x360 q coloca. Sin embargo, a titulo personal puede ser un ilicito civil modificarla, aun con la excusa de haber valer tus derechos en lo tocante a la copia de seguridad. Lo q esta claro es q nadie te va a dar la murga porque tu desmontes tu consola y la chipees.
Es normal del todo que este prohibido modificar consolas y venderlas modificadas porque eso puede perjudicar a los ensambladores de pcs


¿Me he perdido algo? ¿Y no perjudica por ejemplo a los cultivadores de champiñones?
Todo muy bien, sólo espero que no cambien la legislación próximamente porque si no... nuestro gozo en un pozo. ein?
triskø escribió:Chipear una consola NO PUEDE SER ILEgaL pues la consola la e comprado y pagado io por lo que es mia y tengo pleno poder sobre ella.
Si la existencia de los chips no es ilegal, ponerlos en la consola tampoco puede serlo. Si la pintura rosa no es ilegal no me pueden acusar por pintar mi consola de rosa.


Tu casa es tuya. La tenencia de una pistola no tiene por qué ser ilegal forzosamente. Sin embargo, sí es ilegal que amenaces a alguien con una pistola en tu casa.
Por cierto, lo de la importación y tal les va a venir muy mal a las tiendas que han ido comprando CD´s y DVD´s en el extranjero para venderlo sin Canon (que algunas hay), y para los que lo compran fuera normalmente para lo mismo, igual. Quizás esa medida haya surgido para contentar a la $GA€ en ese sentido.

Y respecto a la actualización en el post principal,

ctualización: Europa Press se hace eco de la misma noticia con un llamativo titular, "Conde-Pumpido ordena a los fiscales actuar contra quienes cuelgan en Internet una obra protegida sin autorización". ¿Habrán leído la misma circular? Más sobre esta tergiversación en Mangas Verdes.


En verdad no es del todo una tergiversación, ¿no?. Sería ilegal colgarlo en internet, pero no descargarlo, que es lo que han olvidado decir, xD. Que me corrija alguien si me equivoco.
¿Entonces como queda lo de los chips? ¿Las tiendas que se dedican a venderlos tendran que dejar de hacerlo?

Saludos.
SacamantecaS escribió:¿Entonces como queda lo de los chips? ¿Las tiendas que se dedican a venderlos tendran que dejar de hacerlo?

Saludos.


Pues, también lo quería saber. Y cuando estas nuevas leyes serian aprobadas y colocadas en acción?
Hola,a ver que si me podeis ayudar que no que me queda claro dos cosas.
-¿ Puedo tener una web de elink,torrents teniendo publicidad en la web? esta publicidad seria la tipica de banner que no tienen nada que ver con las descargas.
-¿Puedo intalar modchips cobrando?
-¿Serian los modchips en blanco los que se podrian instalar cobrando?
-¿Puedo instalar modchips facturandolo? o en cambio ya no se puede ni facturando.

Esas son las dudas que tengo con la reforma.

Gracias
Sioux escribió:Hola,a ver que si me podeis ayudar que no que me queda claro dos cosas.
-¿ Puedo tener una web de elink,torrents teniendo publicidad en la web? esta publicidad seria la tipica de banner que no tienen nada que ver con las descargas.
-¿Puedo intalar modchips cobrando?
-¿Serian los modchips en blanco los que se podrian instalar cobrando?
-¿Puedo instalar modchips facturandolo? o en cambio ya no se puede ni facturando.

Esas son las dudas que tengo con la reforma.

Gracias


También las tengo… algún abogado para una consulta on-line?

[comor?] [comor?] [comor?]
aki cada uno lee lo que mas le interesa... es como en todo, la gente es poco imparcial
Salu2
Pues a mí no me gusta nada el último párrafo... vamos, que hay que tragarse forzosamente las cutre-traducciones que sacan a veces de algunos juegos no te lo puedes pillar por cualquier tienda on-line (supongo q también entraran aquí lugares de subastas que no hace falta nombrar...) ? Y lo de la proporcionalidad yo lo entiendo como un 'no queremos que vayas a la cárcel: queremos tu dinero y necesitamos que trabajes para que nos puedas dar más' ...
En fin, [lapota]

PD: lástima el cartel ese no estuviera en todas las tiendas que tengan que vender cds...
yo no entiendo nada de nada:

"La importación paralela sin autorización, tanto de obras (videojuegos, películas, etc.) como de bienes industriales (videoconsolas) está penada después de la última modificación del código penal (artículos 270.2 y 274.1). Sin embargo la Fiscalía muestra su disconformidad con este punto, afirmando que en este caso la represión penal es excesiva y contradice los principios de intervención mínima y de proporcionalidad. (Páginas 14-24, 72-74 y 94-96)."

Importación se refiere desde fuera de la UE o desde algun pais de la UE hacia España???

Porque yo de vez en cuando importo desde china y desde UK, juegos para mi coleccion y uso propio, sin animo de lucro, y que pasa que voy a ir a la carcel y la gente que se los baja de internet "copias de seguridad" no les va a pasar nada???

A mi que me lo aclaren porque no me entra en la cabeza.
Dentro de la UE no hay importaciones pq es un mercado único. Sobre las importaciones individuales, si no hay ánimo de lucro comercial no debería haber ningún problema (aunque en teoría los envíos podrían ser retenidos en aduanas).
jiXo escribió:Dentro de la UE no hay importaciones pq es un mercado único. Sobre las importaciones individuales, si no hay ánimo de lucro comercial no debería haber ningún problema (aunque en teoría los envíos podrían ser retenidos en aduanas).


dios te oiga, pero ya sabes que alguna vez la ley se ceba con los debiles y a los grandes no les hace nada .... :(
Pues yo no veo la nota tan buena como todos. Según yo entiendo, aunque no puedan meterte a la carcel, podrían ponerte multas (y seguro que muy altas) por compartir por p2p. Ponen al p2p como "comunicación pública", ya que aunque bajarte algo no es punible, sí lo es el compartirlo. Vamos, que sin poder compartir nadie bajaría nada. Y con la decarga directa igual, el que sube algo podría ser multado. ¿Y si ahora le da a la SGAE por denunciar a todos los que usamos p2p porque compartimos archivos? ¿Y a cuánto podrían ascender esa clase de multas?
A mi lo de la "Comunicación pública"... bueno mejor me callo.

Leer esto para entender que es una importación paralela:

http://www.wipo.int/sme/es/ip_business/export/international_exhaustion.htm

Salu2 EOLian@s
Nova6K0 escribió:A mi lo de la "Comunicación pública"... bueno mejor me callo.

Leer esto para entender que es una importación paralela:

http://www.wipo.int/sme/es/ip_business/export/international_exhaustion.htm

Salu2 EOLian@s


Leído pero no me queda claro del todo que no lo puedan interpretar a su conveniencia en el caso de juegos, consolas y demás... :-?
¡Que crus! las leyes siempre tan ambiguas y con resquicios.Yo no se quien la elabora pero me temo que muy lucidos no andan [jaja]
Dios los da,ellos se juntan y la policia los amontona [poraki]
El uso de sistemas P2P para intercambiar obras protegidas sin autorización, o la colocación de dichas obras en Internet, no es delito si no existe ánimo de lucro estrictamente comercial, no debiendo interpretarse el ánimo de lucro como la obtención de cualquier tipo de ventaja o beneficio como afirman en la SGAE. Sin embargo, la Fiscalía sí considera que se trata de una comunicación pública no autorizada y por tanto podría denunciarse por vía civil con los correspondientes daños y perjuicios. (Páginas 31-37 y 97-99)


Esto me parece muy grave ¿no puedo compartir ahora, porque se considera una falta? ¿y que me podria pasar si me denuncian por la via civil, como aqui se dice? me parece que deberemos usar proxys y programas como peer guardian...
Buscando hilos viejos?
Last Nightmare escribió:

Esto me parece muy grave ¿no puedo compartir ahora, porque se considera una falta? ¿y que me podria pasar si me denuncian por la via civil, como aqui se dice? me parece que deberemos usar proxys y programas como peer guardian...


Pues hala, no me había dado cuenta de lo viejo que es este hilo, pero yo lo retomo, más que nada porque la gente se confunde con algunas cosas.

Lo primero, que como dice Last Nightmare, el problema del ilícito civil es que las indemnizaciones pueden ser millonarias. Pese a que los procesos son más lentos, en mi opinión los juzgados penales son más justos (por el deber que tienen ellos mismos de investigar en el proceso) que los juzgados civiles, en los que domina el principio dispositivo (lo que hace que los jueces no puedan realizar una investigación activa, basándose sólo en lo que aportan y piden las partes). Cierto es que no hay cárcel, pero aún así...

Y no se llama falta por cierto, las faltas también son penales (se las podría definir, malamente, como una clase de delitos menores).

En cualquier caso no aclaran nada. En España, desde el principio de los tiempos (exagerando claro), para que la "piratería" sea delito se exige un ánimo de lucro económico. Los tribunales han recalcado lo de económico choporrotrecientas veces, por eso lo que pretende la SGAE de que te lucras porque no gastas... me parece una aberración. Además, en la propia definición de piratería entra el lucro económico; si no cobras por las copias (cobrar en dinero, no intercambiar) pues no es piratería. Será copia ilegal, atentarás contra derechos de autor y demás, pero nunca será delito. Al menos hoy por hoy.

No he aportado nada nuevo ni nada que no se sepa ya, pero al menos doy mi opinión.

¡Ah! y en cuanto a lo de la importación paralela... si queréis mi opinión, penarlo me parece otro insulto. Más que nada porque indica un proteccionismo quizás exagerado sobre nuestro mercado, orientado yo creo sobre todo al cobro del IVA (que no olvidemos que es un 16%). Aunque en teoría por eso retienen las importaciones en aduanas, para que pagues el IVA, de manera que si no lo pagas pues no te dan la compra.

En fin, que yo siempre flipo con estas cosas, sobre todo en nuestro país. Si la SGAE quiere que sea delito incluso la copia privada, que deje de cobrar el maldito canon por todo joder; que bien que se meten con el sistema de la copia privada lucrándose por otro lado de la misma.

Saludos.

PD: Por cierto, estoy en contra de criminalizar cualquier tipo de delito económico (sobre todo las copias), más que nada porque no me parecen objetivamente dolosos ni punibles en algunos casos, como sí que son siempre los homicidos, o el robo directo, o cosas así. Quiero decir que no se puede decir que sean intrínsecamente malvados (concepto utilizado por algunos juristas a todo esto).

PD2: Ladrillazo, pero me aburría.
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