Jur...
un hombre mata a una mujer y la pena son 10 años, vendes cartuchos que esta más que demostrado que son legales y 23 años... en fin...Partes de una premisa equivocada: un particular o una empresa pueden pedir lo que consideren oportuno dentro de lo permitido por la ley como "acusación particular"... pero no significa que sea una condena o que vayan a condenar a alguien por esos años.
Lo mismo ocurre cuando la fiscalía pide x años en delitos como los que comentas (matar a alguien); que pida x años no significa que sea culpable ni que aún condenando al acusado se sentencie a los años que han pedido.
El fiscal, por ejemplo, en este caso concreto y según el Mundo, pide tres años y medio.
En este caso, y según dice la información de El Mundo, Nintendo habla de tres delitos... pero no por vender cartuchos per se:
- defraudación de la propiedad industrial (artículos 273.3, 274.1 y 276 del Código Penal, ocho años de prisión en total)
- defraudación de la propiedad intelectual (artículos 270.1, 270.2, 270.3, y 271, 12 años de prisión en total)
- revelación de secreto  (197.3 y 271, tres años de prisión con la aplicación del atículo 53).
No sé hasta que punto pueden ser aplicable a una tienda la defraudación de propiedad industrial cuando la tienda no fabrica el cartucho (en Japón, Nintendo creo que ganó en los juzgados la prohibición de venta y distribución de estos cartuchos R4 y similares porque la forma de los cartuchos está patentada).
Lo de defraudación de propiedad intelectual tampoco lo tengo muy claro, a no ser que la tienda haya puesto a la venta esos cartuchos con roms incluídas.
Lo de revelación de secreto sí que no tengo ni idea que tiene que ver con la venta de cartuchos en una tienda  

, a no ser que esté relacionado con algo de correos electrónicos y protección de datos... pero ni así tiene que ver con la venta de cartuchos.  El artículo 53 tiene que ver con la responsabilidad penal subsidiaria.
Pero si vamos a lo que dice Nintendo (también según El Mundo), es lo siguiente:
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/06/2 ... 98619.htmlLos argumentos de Nintendo son rotundos. Los dispostivos 'pirata', con nombres como M3 DS Real, TTDS, DS One SUPERCARD, R4 Revolution for DS, NDS o DS Revolution, (y que el acusado importaba) sólo valen para ser insertados en una consola Nintendo DS, es decir, no son productos genéricos como los DVD o las tarjetas de memoria, sostiene la compañía. Por tanto, la compañía asegura que con su comercialización se daña su propiedad industrial e intelectual ya que "copia de forma no autorizada" su diseño, su código de arranque y su marca.
Además, suprime de forma no autorizada las medidas de seguridad destinadas a proteger el 'software' original de Nintendo. Estos dispositivos, alega la compañía nipona, han sido diseñados para copiar con detalle la forma, tamaño, grosor, conexiones, enchufes y clavijas de las tarjetas originales de juego, lo que permite hacer funcionar copias ilícitas de juegos para la portátil de Nintendo.
En cuanto a la revelación de secretos, Nintendo asegura que estos dispositivos no sólo violan el 'software' de seguridad anticopia, sino que al venderse esos dispositivos "se está revelando al público los códigos de autenticación, un valioso secreto para la compañía, de forma que la consola queda desprotegida y apta para la ejecución de juegos pirata".
Nintendo considera además que el establecimiento de Avilés Alechip Soluciones Informáticas ha vendido 1.400 dispositivos M3 DS REAL, y la propia compañía calcula que por cada tarjeta Nintendo deja de vender juegos por valor de 600 euros, por lo que alega un daño de 840.000 euros.Personalmente pienso que no tiene mucho sentido, ya que su argumentación se basa en que el cartucho vulnera derechos industriales, de propiedad intelectual y de secretos industriales a un nivel exageradamente alto.
Pero a día de hoy no hay ninguna sentencia en España (creo) que lo afirme hasta tal punto.
Vamos, que primero hay que decir/conseguir que algo vulnera derechos... para luego acusar a alguien de vender algo que vulnera derechos... y creo que es lo que Nintendo quiere conseguir de manera indirecta (es decir, acusar a la tienda para ver si indirectamente la sentencia o el juez afirma que esos cartuchos deben ser ilegales -por decirlo de una manera sencilla-... en vez de presentar una denuncia a los fabricantes de cartuchos).
En cuanto al fiscal, pide tres año y medio por delitos contra la propiedad intelectual e industrial:
El fiscal, por su parte, pide tres años y tres meses; un año y nueve meses por un delito contra la propiedad industrial y la misma pena por un delito contra la propiedad intelectual, así como las costas.Un saludo.