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Legislación Garantías y Demanda Gratuita (sin papeleo).

Cuestiones generales, nada de juegos, online ni scene

Moderadores: Namco69, manologod2, Astral

Capitán
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Legislación Garantías y Demanda Gratuita (sin papeleo).

Mensajepor Capitán 10 Feb 2009 10:19

CAPITÁN (Estudiante de Derecho)

Legislación Garantías y Demanda Gratuita (sin papeleo). Incluye denominación social y fax de las posibles empresas demandadas:

Con este hilo solamente pretendo es crear un espacio de información porque es evidente que a partir de los intentos de estafar por parte de muchas tiendas y por parte de $...y no podemos quedarnos de brazos cruzados.
Seguro que en cualquier OMIC (oficina de información al consumidor) nos informan perfectamente pero no todos los consumidores que son propietarios de una PS3 acuden, y junto con lo que nos informan, más lo que hemos oído, más lo que nos dicen en tiendas puede que nos desoriente.

Por ello, resumo en materia de garantías:

1.-La ley Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes
de Consumo (Vigente hasta el 1 de diciembre de 2007) está derogada.

2.-La normativa vigente es la siguiente: Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

3.-De todas formas, hay que tener en cuenta que generalmente cualquier relación jurídica se rige por las disposiciones vigentes al tiempo de su nacimiento, por tanto, sólamente las relaciones jurídicas nacidas a partir de la publicación de esta nueva legislación se rigen por ella.

Por tanto, las compraventas de bienes de consumo realizadas antes de la derogación se rigen por la ley 23/2003 y las compraventas celebradas después de su derogación, en diciembre de 2007, se rigen por el RDL 1/2007.
Todo depende de la publicación de la ley en el BOE o boletín correspondiente.

4.-En la práctica se dará que la mayoría de consolas han sido compradas durante la vigencia de la Ley 23/2003. Esta ley, como cualquiera en materia de consumidores, es derecho imperativo o de aplicación necesaria, por lo que no se puede renunciar, modificar... y la garantía de la PS3 son 2 años frente al vendedor, pudiendo el consumidor (porque lo establece el derecho comunitario, que goza de primacía y aplicabilidad directa) elegir dirigirse al vendedor o al fabricante.

Según esta Ley y el Reglamento 58/1988 los consumidores han de diponer de un servicio de repuestos con una lista de precios, es decir, que sus productos dispongan de piezas.

DEMANDA:

Animo a TODOS los que estén descontentos con el SAT, con establecimiento al que se dirijan o con $...y a que presenten una demanda sucinta de juicio verbal (hasta 900 € de cuantía de reclamación), cuyo coste es cero y no requiere la intervención de abogado ni de procurador. Solamente es necesario cumplimentar este formulario normalizado (enlace abajo) y presentarlo en el decanato del partido judicial del domicilio del demandante, pues los consumidores pueden elegir el foro de competencia o dónde presentarla.

MUY IMPORTANTE:

-En el petitum (lo que se solicita) hacer constar que se solicita una indemnización por el valor total del producto, valorado en X euros (menos de 900 siempre), por negarse ABCD a cambiarlo por otro nuevo y/o a repararlo.

-Las partes demandadas han de ser las mayores posibles, el establecimiento, sto...no, S...y.
En el hipotético caso de que una de las partes demandadas fuese Sony, esta es su denominación social completa:

SONY COMPUTER ENTERTAINMENT ESPAÑA, S. A.
Hernández de Tejada, 3
28027 MADRID
CIF: A81192627
FAX: 913777125

También dejo apuntada la denominación social de la sociedad Stock uno para el hipotético caso en que haya de constituirse como parte pasiva del proceso:

STOCK UNO GRUPO DE SERVICIOS. S.L.
C/ Mariano Benlliure, 1
Parque Logístico Wereldhave
Pol. Ind. Santa Ana
28521 Rivas-Vaciamadrid
Madrid (España)
CIF: B84735745
FAX: 913126292

-La demanda ha de dirigirse al Juzgado de Primera Instancia y ha de presentarse en el Decanato correspondiente según el domicilio del demandante, pues somos consumidores y podemos elegir el foro de competencia o dónde presentarla. Para que el consumidor sea considerado como tal (y pueda elegir dónde presenta la demanda) ha de existir un contrato entre una persona y una empresa, por lo que la factura de compraventa prueba que existe una relación jurídica y la correspondiente garantía.
http://www.mjusticia.es/Directorio/Part ... 7821035144

-Transcurridos 2 años de garantía el consumidor dispone de 3 años a contar desde la fecha de compra para interponer acciones judiciales ante los tribunales de justicia para exigir lo que dispone la garantía, como por ejemplo la acción citada.

-Aportar la documentación necesaria, albarán, facturas, hojas de reclamaciones... en que se base nuestra reclamación (esto es inevitable) y en la cuantía de la demanda poner una cifra que no supere los 900€ (recomiendo poner 900€). Numerar la documentación aportada en el impreso, número que deberemos poner a cada documento. EJ:

(1.- Factura del producto marca y modelo y por valor de x €
2.- Hoja de reclamaciones presentada ante A en fecha tal.

Numerar cada documento haciendo coincidir el número con la relación anterior.)

-QUEDARSE copia sellada (con nº de registro) de la demanda sucinta de juicio verbal presentada. (tener en cuenta que se han de presentar tantas copias de todo lo anterior como partes demandadas hayan. Ejemplo: si existen 3 partes demandadas se tendrán que presentar 4 copias de TODO, 1 copia por cada parte damandada y otra copia para el demandante.

Documento único(nada de papeleo):

http://www.mjusticia.es/cs/Satellite?bl ... inary=true

PROCEDIMIENTO DE ESTA DEMANDA:

1- Presentada y admitida la demanda por el Juzgado, se citará al demandante para la vista.

2- Se tendrá que acudir a la vista aportando toda la documentación, y en dicha vista el demandante expondrá las razones en las que basa su reclamación y propondrá las pruebas de que disponga.

(ESTADÍSTICAMENTE ESTÁ COMPROBADO QUE L@S DEMANDAD@S NO SUELEN ACUDIR A LA VISTA EN ESTOS TIPOS DE DEMANDAS, por lo que existe una gran probabilidad de éxito, sin perjuicio de las pruebas que el demandante aporte.)

RECORDEMOS QUE EL CONSUMIDOR PUEDE PRESENTAR LA DEMANDA DONDE LE CONVENGA Y DIRIGIRSE CONTRA QUIEN LE SEA MÁS CÓMODO (la mejor opción es, sin duda, dirigirse contra todos).

EJ: Puedo haber comprado la máquina en A Coruña, y vivir y presentar la demanda en Barcelona, por ejemplo. O es posible que la tienda en Bilbao haya cerrado y el consumidor no pueda reclamar pero s..y, con sede social en Madrid, ha de hacerse cargo de las obligaciones derivadas de la garantía de 2 años, pudiendo presentar la demanda en Bilbao, en Madrid o en el lugar del domicilio del demandante.

PD: agradecería cualquier aporte.

PD2: En relación a los establecimientos que han cerrado y no es posible reclamar creo que la mejor opción es presentar igualmente este tipo de demanda. La parte demandada será la tienda (que el establecimiento cierre no quiere decir que el negocio o empresa matriz lo hagan), sto..o si se niega a hacerse cargo, y S...Y conjuntamente. Mirar en g...e la denominación social de la tienda para encontrar datos (CIF, domicilio social...a ser posible en la misma provincia que nuestra residencia habitual, sino, no importa).

PD3: Puede ser una buena opción enviar previamente a la/s empresas o el sat un burofax, pero recordemos que cuesta unos 11-20 euros.

PD4: Personalmente he presentado este tipo de demanda por otro asunto distinto y he recibido la indemnización solicitada, aunque se me han impuesto las costas de la parte que venía a juicio desde otra Comunidad autónoma y se ha fallado que na ha existido culpa o negligencia suya.

Para esto estamos.
Ultima edición por Capitán el 31 Ene 2010 20:05, editado 27 veces

efegarcia
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Mensajepor efegarcia 10 Feb 2009 10:24

¡¡gracias..¡¡..a ver si asi las compañias..TODAS ,dejan de tomar el pelo a los usuarios..se te olvida decir que segun la OCU ,POR LEY ,te tienen que devolver TU MISMA consola u otra NUEVA..igualmente, durante el periodo de garantia, no pueden cobrarte NADA por la reparacion, ni en concepto de transporte, seguro..etc..¿ os acordais de los famosos 10 euros..?

Capitán
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Re:

Mensajepor Capitán 10 Feb 2009 10:28

Correcto! No quería explicar lo que la mayoría sabemos para no hacer pesado el post.

Gracias de todas formas!

PD: Si los 10€ que cobran es en concepto de contratación de un seguro, nos proporcionan la póliza del seguro? O la factura? Como dice el compañero, NO se puede cobrar por ningún concepto durante el periodo de garantía, por lo que tendremos que guardar la factura para adjuntarla a la demanda sucinta!

PD': Según la legislación, el SAT tendría que devolver la pieza o piezas sustituidas previa petición nuestra y para el caso en que el producto NO esté en garantía.

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Ultima edición por Capitán el 12 Feb 2009 10:21, editado 1 vez

Ferdopa
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Mensajepor Ferdopa 10 Feb 2009 10:51

Jur...

Movido por error a Multiplataforma; por favor, que el moderador lo mueva a PS3.

Un saludo.
Referencia BD Video :Transformers Dark Side of the Moon, Star Wars Episode III, Tron Legacy, Avatar, Transformers Revenge of the Fallen (IMAX), Legend Of The Guardians, Cars, Evangelion 1.11, Grand Canyon Adventure: River At Risk

Referencia BD Audio : Transformers Dark Side of The Moon, Akira, Cloverfield, Iron Man 2, Rambo, Terminator Salvation, Transformers, Superman Returns

Referencia BD 3D :Megamind, Tron Legacy, How to Train your Dragon, Avatar, Legend od The Guardians, Grand Canyon Adventure: River At Risk, Alice in Wonderland

Ferdopa : Blu-ray official certified by BDA

No se contestan dudas por privado que puedan solucionarse en los foros, gracias

Ernestorrija
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Re: Re:

Mensajepor Ernestorrija 10 Feb 2009 13:00

Capitán escribió:Correcto! No quería explicar lo que la mayoría sabemos para no hacer pesado el post.

Gracias de todas formas!

PD: Si los 10€ que cobran es en concepto de contratación de un seguro, nos proporcionan la póliza del seguro? O la factura? Como dice el compañero, NO se puede cobrar por ningún concepto durante el periodo de garantía, por lo que tendremos que guardar la factura para adjuntarla a la demanda sucinta!

PD': Según la legislación, el SAT tendría que devolver la pieza o piezas sustituidas.

Para esto estamos



¿La compañia esta obligada a devolver la pieza?
Según tengo entendido, las compañias como sony que no dejan de ser hasta cierto punto montadores tienen garantia con el fabricante.
Es decir, HP monta un ordenador con un disco duro seagate, al año y medio se te rompe y le mandas el ordenador al servicio técnico, en el servicio técnico sacan el roto ponen uno nuevo y tirando. Pero el roto lo envian a Seagate por que HP tambien tiene una garantia de un determinado tiempo con Seagate, no se si me explico.

Capitán
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Mensajepor Capitán 10 Feb 2009 13:31

En cierto modo es lo que sucede. Claro, aquí ya comenzaríamos un amplio debate sobre prácticas monopolísticas!
Esto está claro por lo siguiente: Porqué vamos a tener que estar nosotros vinculados con los contratos que el sat o s...y realice con otras empresas para devolverles un disco duro o lector?

Se ha de distinguir si el producto está CUBIERTO por la garantía o no.

Real Decreto 58/1988, de 29 de enero, sobre protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico.

Artículo 4. Piezas de repuesto.

4.1 Todas las piezas de respuesto que se utilicen en las reparaciones deberán ser nuevas, excepto si el usuario da su consentimiento por escrito para que se utilicen piezas de repuesto usadas o recuperadas o no originales, estas estén en perfectas condiciones de uso para el que van destinadas y a precio mas bajo de las nuevas si existieran en el mercado.

4.2 El servicio de asistencia técnica que efectúe la reparación, esta obligado a ofrecer al usuario y a entregarle, al termino de la misma, si así lo desea, las piezas de repuesto que hayan sido sustituidas, siempre que la reparación no este amparada por la garantía del aparato.

4.3 Todos los servicios de asistencia técnica están obligados a tener a disposición del público justificación documental que acredite el origen, naturaleza y precio de las piezas de repuesto utilizadas en las reparaciones.

4.4 Queda prohibida toda sustitución innecesaria de piezas, cuando ello suponga un incremento de costo para el usuario o una posible degradación del aparato.

4.5 Todos los servicios de asistencia técnica están obligados a dar servicio de piezas de repuesto durante el menos siete años para las funcionales, salvo en el caso de aparatos cuyo precio de venta no supere las 10.000 pesetas, que será de cinco años, y dos para las estéticas, contados todos ellos a partir del cese de la fabricación de ese modelo.

Todas las piezas de repuesto, deberán servirse al cliente en un plazo no superior a un mes desde la fecha de solicitud para los aparatos de importación y no superior a quince días para las piezas correspondientes a aparatos nacionales.

4.6 Los fabricantes, importadores y representantes oficiales de las marcas, estarán obligados a facilitar los repuestos de la marca o marcas representadas a los usuarios o servicios de asistencia técnica, oficiales o no, que lo solicitaren, siempre que tengan existencias de los mismos, y en todo caso en el plazo señalado en el apartado anterior.

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ea5cgv
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Mensajepor ea5cgv 10 Feb 2009 13:50

Chinchetazo ya!!!!!!!!

Gracias por la aportacion.

skiper
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Mensajepor skiper 10 Feb 2009 14:21

PS3, ID: DIOXNET :) 12AÑOS-EOL :)

Capitán
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Mensajepor Capitán 10 Feb 2009 14:40

Gracias spiker por el aporte pero he de decir que en los enlaces que has puesto no se muestra una regulación extensa de lo que he dicho sinó que simplemente hace referencia a la aprobación y publicación de la Directiva europea a partir de la que el estado realiza la transposición de ésta aprobando la ley 23/2003, de Garantías. No creo que nos interese la Directiva europea, pero gracias.

Creo que para buscar legislación lo mejor es hacerlo en una página que indique si está vigente la disposición concreta. De todas formas, la legislación esencial para estos casos es la que he apuntado anteriormente.

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Jax0
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Mensajepor Jax0 10 Feb 2009 15:21

Joder Capitán, podias haberte pasado este hilo, lo posteo en Sat > PS3, si no te importa que no creo...y yo que llamé...pidiendo una puta carcasa y se negaron...jos de puta.

Yo tengo mails, al SAT de Sony diciendome, que no me venden la carcasa, que si quiero que por 210 € me dan una nueva, que ellos no dan piezas.
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