Copia privada / Copia de seguridad

Vamos a ver... que me parece que hay un poco de lío con respecto a estos dos términos.

Leyendo varios hilos un tanto polémicos por su posible contenido "bucanero" he visto que se ha nombrado el término copia privada como algo con tratamiento lícito por parte del foro y EOL.

Bueno, dado que nos hallamos en él ámbito de los videojuegos, que pueden englobarse dentro de sistemas informáticos, deseo aclarar este término "copia privada" para que no se confunda con otro "copia de seguridad". Vamos allá...

Copia privada:
Es cualquier copia de cualquier material cultural, particulármente audiovisual, y exceptuando programas de ordenador, que se realiza para uso particular, sin afan de lucro y que no se dispone del original.

Copia de seguridad:
Es cualquier copia realizada en base a un original, legalmente poseído y que únicamente es aplicable a programas de ordenador.

Osea:
Si hablamos de copias de videojuegos no podemos referirnos con ellas a copias privadas, pues no puede aplicarse este término a programas de ordenador. Debemos pues referirnos a las copias de videojuegos como COPIAS DE SEGURIDAD. Éstas son legales únicamente si somos el legal propietario del original.

Si hablamos de copias de películas, música etc. deberemos calificar nuestra copia como COPIA PRIVADA. Tanto si disponemos del original como no, no es ilegal en tanto en cuanto su realización no se haya hecho con ÁNIMO DE LUCRO.

Espero que estas aclaraciones os sean de ayuda para identificar apropiadamente un término u otro.

Por cierto. De todo esto se desprende que bajar películas o mp3 de Internet es legal si se realiza sin ánimo de lucro, tanto si tenemos el original o no.

Ojo, esto no lo digo yo, lo dice la ley española. Si encuentro el artículo editaré este mensaje y lo colocaré.

Un saludo.
Interesante lo que comentas, y no es contra tuya ni mucho menos que esta pasando estos días que el tema de piratería/antipirateria pega tan fuerte en los foros? [fies]
Jorge Cortell ha escirto un documento que lo explica perfectamente y que más de uno debería leerse, ya que es de interés general.
Si Negora, ya lo leí en su día, pero le he perdido la pista.

Por favor, ¿sería posible que pusieses un link a dicho documento si aún lo tienes localizado?

Muchas gracias.
Sí, please, poned una copia de ese documento y/o del código penal donde hablen de las copias privadas.

Yo hasta ahora me he venido copiando varias pelis en DVD después de que las pusieran en la tele, porque si es legal grabarlas en el video cuando las echan tiene que serlo por narices en DVD.

Si se confirma eso de que la copia privada es legal hasta para las pelis recien sacadas en DVD (que por otro lado tenemos el canon para ello en los consumibles) estaré más tranquilo (no pirateo nada por principios).

Saludos
Holas otra vez.

Bueno he encontrado un link a una serie de post en el foro de la Campus Party (creo) en la que, en uno de ellos, Jorge Cortell nombra las diferencias entre copia privada y copia de seguridad y nombra algunas leyes...

Éste es el enlace

Si encuentro algo más editare este post en concreto y agregaré otros posibles enlaces.

Tambien he encontrado ésto

Un saludo.
Hola majetes:

Iba a daros el fichero directamente, pero como hay mucha gente interesada, os doy el enlace directo y así os será más cómodo descargarlo.

El documento está aquí .

Si se os hace demasiado espeso, también podéis haceros con el vídeo de la conferencia que ofreció en la Campus Party 2K4. Es muy interesante. También las preguntas que le hacen los asistentes tienen interés. Este vídeo, seguramente, estará también en ese sitio web. En la "casa del rebuznante" también está disponible ;) .

La verdad es que resulta sorprendente que la ley dé cabida a la copia privada (es decir, disponer de una copia sin poseer el original), pero teniendo en cuenta que llevamos pagando el canon desde hace muchos años (reproductores VHS, cintas vírgenes, etc.) sí que resulta un poco más comprensible. Eso sí, la forma en la que ese canon se distribuye luego a los compositores y cantantes, ejem, ejem...

En cualquier caso, aunque esta ley nos favorezca a los usuarios, la verdad es que hay que admitir que es ciertamente chocante, porque de ser yo un compositor, me molestaría un poco. SI recibiese la proporción del canon quizá estuviera de acuerdo, pero ya se sabe que el canon no va a manos de los autores. Es imposible discernir qué cantidad corresonde a cada uno. Ojo, que no estoy hablando en defensa de las sociedades de gestión, ¿Eh? Sino de un compositor que vaya por su cuenta o con una discográfica. No sé, supongo que la copia privada, en cierto modo, también favorece que la obra del autor se extienda más. La verdad es que es un tema que se sale de lo legal y ya entra dentro de la moralidad de cada uno.

Un saludete ;) .
En cualquier caso es normal confundir por analogia los terminos, pues una copia de seguridad no deja de ser para uso privado. Es más una cuestion terminologica y de pura comodidad lingüistica si en algun momento yo o algún otro eoliano hemos utilizado el termino "copia privada". Creo que se entiende de sobra que lo que se debatía en esos hilos era el asunto de las copias de seguridad.

PD: espero que no entren energumenos a ensalzar los valores de los otros hilos... que este por lo menos lleva buen camino desde su nacimiento.
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